MURCIA.- El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) publica este lunes 
la ley 3/2016, de 21 de marzo, para el funcionamiento pleno del Hospital
 Santa María del Rosell como Hospital General.
Según recuerda el Boletín, la Asamblea Regional de Murcia, en el 
marco del debate sobre el estado de la Región de 2010, aprobó por 
unanimidad mantener el Rosell como hospital general autónomo del Área II
 de Salud a la entrada en servicio del nuevo de Santa Lucía.
Así, el hospital Santa María del Rosell tendrá consideración de 
hospital general en el Área II de Salud, con todas las prestaciones 
habituales de un hospital, incluyendo servicio de urgencias, UCI, 
plantas de hospitalización, laboratorio, pruebas diagnósticas, servicios
 generales y aquellos especializados que garanticen una oferta 
compatible con un servicio sanitario de calidad.
Durante el año 2016 se pondrá en marcha el servicio de urgencias, con
 asistencia de alta resolución, servicios de área de rehabilitación 
funcional ambulatoria, área quirúrgica, con pleno rendimiento de todos 
los quirófanos existentes a través de la cirugía mayor ambulatoria.
Además de potenciación del área de consultas de especialidades 
mediante la creación de un gran centro de especialidades médicas de alta
 resolución, contar con unos potentes servicios para pruebas 
diagnósticas y complementarias, y laboratorio y dar un gran impulso al 
área social, es decir, la asistencia sanitaria que afecta a las personas
 mayores, poniendo a su disposición una serie de recursos sanitarios 
pensados para ellas: servicios de media estancia sanitaria, 
neurológicos, rehabilitadores.
A lo que se une la hospitalización de media estancia sanitaria, dotar
 de forma prioritaria de recursos y servicios al área de salud mental, 
una actuación singular en el ámbito de los cuidados paliativos, 
potenciar el área de nefrología con servicios de diálisis ambulatoria y 
la hospitalización a domicilio.
La dotación de recursos y la formalización de las medidas necesarias 
para el establecimiento de la estructura y órganos de dirección como 
hospital general estará finalizada a 1 de enero de 2018, según añade el 
BORM.
Atendiendo al Real Decreto 521/1987, Reglamento de estructura, 
organización y funcionamiento de los hospitales, se instrumentarán las 
fórmulas administrativas precisas tendentes a proporcionar al hospital 
del Rosell la mayor autonomía en la gestión y utilización de sus 
recursos hasta tanto no se constituya en hospital general.
Disposición adicional y transitoria
En el plazo de tres meses desde la aprobación de esta ley, la 
Consejería de Sanidad presentará, previo acuerdo en el Consejo de Salud,
 la organización de servicios de los hospitales de Santa Lucía y Santa 
María del Rosell.
En este mismo plazo de tres meses se creará la comisión de 
seguimiento, que formará parte del Consejo de Salud del Área II, de la 
apertura del hospital Santa María del Rosell y de la organización de los
 servicios del Área II, en la que se dará participación a los 
ayuntamientos del Área II y a la plataforma en defensa de la sanidad 
pública 'Salvemos el Rosell'.
Esta comisión planificará y realizará el seguimiento como garante del
 cumplimiento de los distintos hilos en la puesta en marcha de los 
servicios marcados en el artículo único de esta ley. Durante todo este 
proceso de restitución de servicios del hospital del Rosell y de puesta 
en marcha de las líneas estratégicas establecidas en esta ley, se 
detendrá cualquier otra modificación en el mismo y en el Área II de 
Salud en su conjunto que provoque una pérdida de servicios y/o reducción
 de medios materiales y humanos.
La Consejería de Sanidad valorará el coste total de la puesta en 
marcha de las líneas estratégicas fijadas en esta ley de acuerdo con la 
previsión presupuestaria establecida en la Ley de Presupuestos Generales
 de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2016,
 y evaluará el resto de servicios a poner en marcha para la consecución 
del hospital del Rosell como hospital general y hacer la provisión 
correspondiente en el presupuesto del siguiente ejercicio 2017. La 
presente ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación.