VALENCIA.- El expresidente de la 
Generalitat Valenciana y exministro de Trabajo con el PP Eduardo Zaplana
 ocupó un "plano de jerarquía superior" en la trama de las ITV y del 
Plan Eólico, que obtuvo 11.209.028 euros en comisiones ilegales,
 y fue uno de los "beneficiarios económicos de los activos". Tuvo una 
participación "velada" en el fraude y "a través de terceros".
Así se desprende del informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de 
la Guardia Civil que obra en el Juzgado de Instrucción nº 8 de 
València, órgano que investiga presuntos sobornos a cambio de adjudicaciones de las ITV y el Plan Eólico Valenciano y por el que el expresidente de la Generalitat está imputado por los delitos de blanqueo de capitales, malversación y prevaricación. Junto a él, también figuran como investigados, el exconseller y expresidente de Les Corts Juan Cotino; y sus sobrinos, los empresarios Vicente y José Cotino, entre otros.
    
        
    
    
En la causa, sobre la que acaba de levantarse el secreto parcial del 
sumario, se investigan una serie de comisiones aparentemente 
desembolsadas en atención a las adjudicaciones del servicio de ITV —realizadas en 1997 durante la gestión de Zaplana en la Generalitat— y del Plan Eólico de la Comunitat, puesto en marcha en 2003, "todas ellas adjudicadas y pagadas por parte de sociedades del grupo empresarial Sedesa",
 de la familia Cotino. El dinero se enviaba a una sociedad en el 
extranjero, se ocultaba en cuentas y posteriormente regresaba a España.
En concreto, este nuevo informe de la UCO se centra en la sociedad Imision International, radicada en Luxemburgo, y constituida en 2001 como una sociedad pantalla sin
 aparente actividad mercantil. También describe el papel que desempeñó 
Zaplana en el entramado: "La investigación lo sitúa en un plano de 
jerarquía superior, tanto en la relación a las adjudicaciones cuando 
ostentaba el cargo de president, como en relación a la gestión del 
patrimonio ilícito aparentemente obtenido fruto de las mismas".
    
El informe expone que los indicios "evidencian" que Zaplana tenía conocimiento y participación en
 las operativas fraudulentas —según sus encuentros y reuniones con otros
 implicados que constan en su agenda— y, además, "habría sido uno de los beneficiarios económicos de los activos". Y lo hizo de manera "velada y a través de terceros".
Los investigadores vinculan a Zaplana "con determinadas personas en 
momentos concretos y trascendentales en la operativa general". 
Así, 
considerando un marco temporal que abarca más de 20 años —desde 1997—, 
el análisis sitúa al expresidente del Consell "en una gran cantidad de reuniones"
 que se producen con las personas que, de manera directa y coetánea, 
"estarían participando en la operativa": Juan Cotino, Joaquín Miguel 
Barceló —considerado su presunto testaferro—, Francisco Grau —asesor— o 
Washington Fernando Belhot —fiduciario en Uruguay—.
    
Los indicios, así mismo, —continúa la 
UCO— sitúan a Zaplana como uno 
de los beneficios económicos de los activos. Expone que tres 
mercantiles —Medlevante, Gesdesarrollos Integrales y Costera del Glorio—
 fueron destinatarias de los fondos que Sedesa hizo llegar a Imision 
International, y Zaplana era titular —o uno de ellos— de los bienes 
titulados por estas empresas.
La trama con Imision
La sociedad Imision International, utilizada como "vehículo corporativo", habría desempeñado un papel esencial en la trama como "elemento nuclear"
 por dos motivos: habría sido instrumentalizada para materializar el 
pago de presuntas comisiones pactadas en atención a adjudicaciones 
públicas —abonos que provenían de Sedesa—; y sirvió para canalizar 
fondos de origen opacos —transferencias recibidas desde Andorra—.
A juicio de la Policía, también se pretendía con esta sociedad ocultar la identidad de los verdaderos "titulares" utilizando fórmulas de compraventa de participaciones de sociedades, así como la figura fiduciaria.
La persona que administraba la mercantil
 era Beatriz García Paesa, abogada de origen español y sobrina del espía
 Francisco Paesa.
 Se constituyó con un capital de 607.000 euros que fue abonado en 
metálico por parte de Juan Cotino a García, según ella declaró, y se 
liquidó en 2011. 
Se conformó "de forma velada" dentro 
de la estructura de Sedesa, "otorgándole participación indirecta en las 
sociedades que gestionaban los servicios relacionados con la ITV y 
Proyectos Eólicos Valencianos SA". Así, adquirió participaciones de 
Inversiones Imision.
La suma de fondos que se abonaron en productos bancarios radicados en
 Luxemburgo y titulados por Imision International asciende a 11.209.028 
euros, "los cuales se abonan mediante transacciones ordenadas desde España y el Principado de Andorra durante los años 2005-2009".
Las ordenadas desde España las realizó el grupo Sedesa, ascendiendo a
 un importe de 6,4 millones; y las de Andorra se hicieron por parte de 
dos sociedades panameñas: Puncak Services (1,5 millones) y Merceron 
Investments (3,3), ambas vinculadas a Joaquín Miguel Barceló.
En fechas próximas a la constitución de Imision International, se 
produjo una reunión entre Zaplana y alguna persona perteneciente a la 
familia Cotino, "posiblemente Juan Cotino". Concretamente se localizó la
 anotación manuscrita "22 h. Cotino" en una de las agendas personales de Zaplana.
Zaplana, "titular real de activos"
La UCO incorpora en su informe un documento localizado en el registro efectuado en el domicilio particular de Zaplana, relato de MEDLEVANTE, que describe parte del proceso de retorno de los fondos de Imision
 —ampliaciones de capital en Medlevante— y las inversiones que se 
acometieron o se proyectaron. Según la Policía, el hecho de que este 
documento se hallara en el interior del maletín personal de Zaplana
 "da cuenta y permite entender el conjunto integral de evidencias que 
señalan a Zaplana como titular real de los activos de Imision y, por 
extensión, de Medlevante".
También a Zaplana se le relaciona con una serie de transacciones económicas e inversiones inmobiliarias
 en un documento que, "si bien no le nombra, las pesquisas efectuadas 
han permitido determinar la existencia de indicios de los que se 
evidencia que su identidad estaría velada a través del papel jugado por 
Joaquín Barceló y Fernando Belhot, este último como agente fiduciario".
Es Belhot en su manifestación judicial quien atribuyó la titularidad 
de parte de las inversiones —una serie de parcelas en Villajoyosa, dos 
apartamentos en el puerto de Altea o la inversión en el puerto 
deportivo— a Zaplana.
"Quien tenía un rol protagónico en la toma de decisiones era el señor Zaplana. Con el tiempo le consulté si él tenía algo que ver con esos activos y él me reconoce que sí,
 que tenía, que mayoritariamente o en forma contundente le pertenecían. 
Por su exactividad política, su función pública, Zaplana me manifiesta 
que no quería comparecer o aparecer como titular de 
esos activos financieros y de los inmuebles porque él había sido una 
persona que había tenido en el paso una actividad pública muy importante
 como presidente de la Comunidad entre el año 95 y el 2000".
Belhot también manifestó sobre entregas de dinero: 
"A Zaplana en estos 7-8 años se entregaron 770.000 euros de una cuenta, 
615.000 euros de la otra y 1.040.000 dólares de una cuenta. En total, 
sería alrededor de 2,3 millones de euros que se le entregaron a lo largo de estos siete años".
Antifraude cuestiona la legalidad del Plan Eólico y las ITV 
La Agencia Valenciana Antifraude ha realizado dos informes, a 
petición del Juzgado de Instrucción nº 8 de Valencia, que investiga 
el Caso Erial, en el que está imputado Zaplana,
 en relación con las licitaciones de la Inspección Técnica de Vehículos 
en 1997 y el Plan Eólico en 2003, adjudicaciones que la entidad 
cuestiona al considerar acreditado que se realizó con "inusual rapidez" en el primer caso y que era de "dudoso encaje" con la legalidad en el segundo.
Según la UCO, las adjudicaciones recayeron en el grupo Sedesa y las comisiones superaron los 11,2 millones de euros.
 La petición del juzgado se dirigió a la Agencia para auxiliar a la UCO y
 poder establecer si se cumplieron los requisitos establecidos en las 
leyes para ambas licitaciones.
En el caso del Plan Eólico, la Agencia dirigida por Joan Antoni Llinares,
 concluye que la fórmula jurídica empleada para la licitación —la 
convocatoria pública para la adjudicación de unas zonas que han sido 
delimitadas y predeterminadas para la construcción de parques eólicos—, 
es "de dudoso encaje legal en la normativa vigente" y alude tanto a una 
reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat 
Valenciana como al hecho de que el Consell ya ha tomado la iniciativa 
para ajustar a la legalidad ese régimen que fue establecido en 2001 por 
el gobierno de Zaplana.
La Agencia constata que los trámites para la ejecución del Plan Eólico se iniciaron por acuerdo del Consell de julio de 2001,
 en el que se aprobó tanto el Plan como las Normas de desarrollo y 
Planos. 
Según la Oficina, no existen
 indicios de que el criterio de la 
experiencia en el sector, ni los pactos de estabilidad accionarial 
suscritos, ni el volumen y calidad de las instalaciones ya instaladas, 
ni criterios de carácter ambiental se haya valorado entre los criterios 
que determinaron la selección de las propuestas idóneas, según un 
documento consultado. 
Además, señala que las bases de la convocatoria "alteran" los 
trámites del procedimiento establecidos en las normas puesto que, por 
ejemplo, no hacen referencia alguna a los criterios de selección de proyectos,
 lo que vulnera la legalidad e impide que esté regido, como cualquier 
otro de concurrencia competitiva, por los principios de igualdad, 
objetividad e imparcialidad. 
Asimismo, subraya que esas bases se 
publicaron en el Diari Oficial el 2 de agosto de 2001, una fecha que 
"dificulta" a los interesados por el periodo vacacional y la práctica 
administrativa aconseja no hacerlo en ese mes.
Otro de los puntos cuestionados es que determinadas condiciones límite se
 establecieron con posterioridad a la presentación de la documentación 
por los promotores, sin ponerlo en su conocimiento y siendo conocido el 
contenido únicamente por los redactores del informe, lo que vulnera los principios de publicidad e igualdad de
 trato u objetividad. 
Esas condiciones se aplican "directamente a 
determinadas empresas promotoras", la mayoría se formulan con 
"justificación escasa" y otros favorecen directamente a Proyectos 
Eólicos Valencianos, en la que participaba la familia Cotino.
En una comparación con otras autonomías, el informe 
concluye que los regímenes jurídicos analizados difieren del contenido 
del Plan Eólico Valenciano en el hecho de que no existe una convocatoria pública que
 inicie "en bloque y de manera conjunta el procedimiento de libre 
concurrencia" para las diferentes zonas con aprovechamiento eólico y, 
además, se elimina el trámite de información pública, con pérdida de 
garantía del derecho a la defensa.
Sobre el procedimiento de las ITV, señala que se 
aprobó por decreto en julio de 1996 la creación de una Comisión 
Interdepartamental para la racionalización del Sector público, que 
supuso un punto de partida en el cambio en el régimen de prestación del 
servicio, y que no consta, atendiendo a las propias exigencias que 
figuran en esa norma, que se realizan estudios en esa comisión sobre las
 diferentes alternativas en la prestación del servicio aportando costes de oportunidad.
"Asombrosa inmediatez"
Asimismo, constata que en el procedimiento de contratación se contravino la legislación al no elevar la propuesta al Consell y tampoco hubo acuerdo de la comisión creada, incumpliendo sus funciones. Del mismo modo, Antifraude hace nota de la "inmediatez y celeridad" en el procedimiento de adjudicación porque en un periodo de cuatro meses y 22 días se resolvió todo íntegro, desde el inicio y hasta la adjudicación.
De hecho, este órgano califica de "asombrosa" esa inmediatez ante la necesidad de realizar unos trámites que exigen un análisis "pormenorizado" de
 cada actuación, en especial, teniendo en cuenta el volumen de 
documentación, detalle y datos de las ofertas de cada uno de los 
licitadores.
En esta línea, califica de "peculiar" que en un 
mismo día se realizaran simultáneamente varios trámites administrativos 
"complejos" como el análisis por la Comisión de Estudio de las 
propuestas, la ponderación por los miembros de la Mesa de Contratación, 
la emisión de la propuesta de adjudicación y la resolución final.
"Todo ello en un arduo expediente que implicaba la ponderación razonada de un gran número de ofertas presentadas
 para cada uno de los cinco lotes (o zonas) y de criterios de 
valoración, siendo ello una muestra inusual de celeridad difícilmente compatible con los lógicos tempos que una prolija tarea administrativa y técnica de esa magnitud, lógicamente, debía suponer", añade.
Otro de los puntos cuestionados es que no hay constancia de que el Gobierno valenciano, con carácter previo, realizara un estudio de costes que justificara la elección del procedimiento seguido ni figura un previo análisis que,
 en base a las posibles rentabilidades o beneficios a obtener, 
justificara la decisión adoptada ni se detalla con claridad la obtención
 del montante del canon a exigir en cada lote.
Asimismo, cuestiona la figura de un 
"vicepresidente" en la mesa de contratación, que cree que sirve para 
aumentar el control político de
 este órgano, y apunta vulneración de la ley al no estar en el acta la 
firma del presidente. 
La Agencia hace notar que en el criterio 
económico, se limitaba el incremento al precio base de la licitación del
 canon a abonar a la administración en un 30%, de forma que la mejora de
 ese aumento no podría ser valorada en más de 15 puntos, y constata que 
tres de las empresas licitadoras presentaron valores superiores aunque ninguna fue adjudicataria de ningún lote.
Así, añade que no encuentra justificación para asignar menor 
puntuación a una oferta "considerada correcta, adecuada y de calidad" 
que a otras que presentan "incorrecciones, poca calidad o deficiencias".
La Oficina realiza una comparativa con el servicio de Aragón,
 con extrapolación de datos, que revela que los importes abonados a ese 
gobierno por la concesionarias fueron superiores a los pagados a la 
Generalitat y considera que el ejecutivo valenciano habría percibido por
 la actividad de las ITV en 1999 y 2000 un importe superior en todas sus
 zonas, siendo además que el parque automovilístico valenciano era 
cuatro veces superior al aragonés.