MURCIA.- El presidente del Gobierno murciano, Fernando López Miras, ha informado 
que el servicio eléctrico en la Región de Murcia ha comenzado a 
restablecerse sobre las 20.00 horas de este lunes.
   "La 
prioridad son centros hospitalarios, residencias de mayores y de 
personas con discapacidad", tal y como ha señalado el jefe del Ejecutivo
 regional en sus redes sociales.
   Posteriormente, sobre las 
22.00 horas, López Miras ha destacado que la asistencia sanitaria "ha 
estado garantizada en todo momento en los hospitales de la Región de 
Murcia".
 "Gracias a que todos los hospitales de la Región cuentan con 
grupos electrógenos, se ha garantizado la asistencia sanitaria y la 
seguridad de los pacientes", ha señalado.
   "Agradezco de 
corazón a los profesionales que lo han hecho posible así como a las 
empresas del Valle de Escombreras que han colaborado en el suministro de
 combustible", ha remarcado López Miras.
   Ha dicho desconocer 
las causas del apagón y ha lamentado que la información y el contacto 
con el Gobierno de España "ha sido nula hasta prácticamente las 18.00 
horas, es decir, casi seis horas desde que se desatara este gran 
incidente".
    "Solo he mantenido una conversación telefónica 
con el ministro del Interior al que le he pedido refuerzo de los 
efectivos de seguridad en las calles para evitar incidentes", tal y como
 ha señalado López Miras. Ha mantenido esta petición para aquellos 
lugares de la Región en los que, una vez que se haga de noche, "no 
llegue el suministro eléctrico si se diera el caso".
   Ha 
remarcado que la protección y la seguridad en las calles "es una 
prioridad que debe garantizar el Gobierno de España". 
"Esperamos que el 
Gobierno central nos informe de qué ha pasado, lo que ha motivado este 
gran apagón y que se tomen las medidas necesarias para que una situación
 así no pueda repetirse", ha zanjado.
    A su juicio, "España no
 puede enfrentarse a vulnerabilidades como las que hemos sufrido hoy" y 
ha considerado que "esto no puede volver a repetirse".
 "El Gobierno 
central debe dar una respuesta que esté a la altura de las 
circunstancias", ha apostillado.
   En este sentido, ha avanzado 
que, una vez que se recupere la normalidad, "será momento de evaluar el 
impacto económico que ha tenido este incidente".
 "Pero, ante todo, en 
estos momentos quiero agradecer a la población su calma y su ejemplo de 
responsabilidad ante esta situación", ha concluido.
												
				 
Cómo reclamar los perjuicios ocasionados por el gran apagón eléctrico
Las reclamaciones podrán cursarse frente a las 
compañías comercializadoras o suministradoras del servicio. En el caso 
de los seguros, comprobad las coberturas y, muy importante, guardar 
tickets y pruebas de los daños sufridos.
Los 
trabajadores que no hayan podido realizar su actividad no podrán ser 
sancionados ni obligados a recuperar las horas no trabajadas, ya sea en 
trabajo presencial o en teletrabajo.
El gran 
apagón vivido en nuestro país deja a millones de personas afectadas que 
se preguntan si podrán reclamar o no los inconvenientes o las pérdidas 
que éste les ha provocado, ya sea por motivos de transporte, 
mantenimiento de infraestructuras o pérdida de alimentos.
Reclamación ante las compañías comercializadoras o suministradoras de servicios
Aunque
 el Gobierno pudiera tomar medidas al respecto, la normativa actual 
permite que los usuarios puedan interponer una reclamación a la 
comercializadora o distribuidora del servicio contratado, ya sea de 
energía y/o telecomunicaciones.
A juicio de 
Legálitas, los afectados pueden reclamar indistintamente frente a 
cualquiera de los intervinientes del sector eléctrico y, en caso de 
dirigirse frente a la distribuidora, para el éxito de la reclamación 
bastará con probar la alteración en el suministro y su relación de 
causalidad con los daños, mientras que la distribuidora solo se 
exoneraría si fuera capaz de acreditar que dicha alteración es 
consecuencia de la acción de un tercero ajeno o extraño al suministro o 
de fuerza mayor.
El Real Decreto 1955/2000, por el
 que se regulan las actividades de transporte, distribución, 
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de 
instalaciones de energía eléctrica, establece que "No se considerarán 
incumplimientos de calidad los provocados por causa de fuerza mayor o 
las acciones de terceros".
Reclamaciones frente a las compañías de seguros
Otra
 posibilidad de interés para los afectados será prestar atención a lo 
que digan sus pólizas de seguros, puesto que muchas de ellas cubren los 
daños por cortes de electricidad. Legálitas aconseja que, si el seguro 
contratado tiene esta cobertura, lo primero que tendrá que hacer es 
contactar con la aseguradora y comprobar que los daños cubiertos, siendo
 los más frecuentes: las averías en electrodomésticos, la pérdida de 
alimentos o la interrupción de actividades dependientes de electricidad.
La importancia de guardar las pruebas
En
 todos los casos, para asegurar la viabilidad de la reclamación, 
Legálitas recomienda revisar las pólizas de seguro de hogar en cuanto a 
coberturas, conservar las facturas y tickets tanto de electrodomésticos 
dañados como de compra de alimentos; y, muy importante, documentar los 
daños con fotografías y vídeos que justifiquen la reclamación.
No haber podido trabajar
Al
 ser una causa ajena al trabajador, aquel que no haya podido prestar 
servicio por culpa del apagón, no tendrá ninguna responsabilidad ni 
obligación de recuperar las horas no trabajadas, ya sea en trabajo 
presencial o en teletrabajo. 
El art 30 del 
Estatuto de los Trabajadores, establece que "si el trabajador no pudiera
 prestar sus servicios una vez vigente el contrato porque el empresario 
se retrasase en darle trabajo por impedimentos imputables al mismo y no 
al trabajador, este conservará el derecho a su salario, sin que pueda 
hacérsele compensar el que perdió con otro trabajo realizado en otro 
tiempo".
Este derecho es aplicable tanto al 
trabajador presencial como al que presta sus servicios mediante 
teletrabajo, según establece el Tribunal Supremo de 26 de junio de 2024 
“el tiempo en el que un teletrabajador sufre una avería o incidencia, 
como la caída de la red de internet o un corte de luz, cuenta como 
tiempo efectivo de trabajo”.
Con anterioridad, el 
alto tribunal se había pronunciado en sentencia del 19 de septiembre de 
2023. rechazando que las compañías resten del sueldo de los trabajadores
 u obliguen a devolverle la parte correspondiente en que el empleado no 
pudo ejercer su trabajo por cortes en el suministro de la luz o 
internet.
 Por tanto, indicó que si cuando los cortes de luz o internet 
se producen en el espacio físico de la empresa no conlleva que sus 
trabajadores presenciales deban recuperar el tiempo de trabajo o no se 
les reduce el salario, "tampoco ello puede afectar a quienes prestan 
servicios mediante el teletrabajo".
Medidas extraordinarias
Todo
 lo reseñado anteriormente podría complementarse con la aprobación de 
medidas orientadas a paliar las consecuencias del apagón.