No cabía esperar otro fin que no fuera el naufragio para una singladura 
instructora tan errática, anómala y voluntarista como la llevada a cabo 
por Llarena. Ya tenemos el primer pecio: la euroorden belga. No es lo 
mismo creer que el fin último de preservar la unidad de España soportará
 todos los medios, incluso los irregulares, en un país cuyos altos 
tribunales tienen un nivel de sumisión a la llamada Razón de Estado 
inaceptable, que intentar que ese trágala funcione también en el resto 
de Europa. 
No se trata de ningún manejo extraño ni de estados hostiles 
ni de nada de lo que nos van a argumentar ahora, sino de que las 
anomalías en esas euroórdenes con freno, marcha atrás y regreso no son 
digeribles por nadie que no esté dispuesto a supeditar la ley a los 
deseos, por muy patrióticos que estos sean.
 La fiscalía belga ha acabado por presentar los mismos 
argumentos que las defensas de los ex consellers porque el cenagal 
procesal en el que Llarena ha sumido el procedimiento no admite mirar 
para otro lado. En su informe, los fiscales belgas desgranan con 
indisimulado estupor las incongruencias y renuncios, por no decir 
falsedades y contradicciones, que los reclamantes españoles han ido 
poniendo sobre la mesa de la Justicia belga. Dejan claro que no se trata
 de cuestiones formales de la euroorden, como que esta sea incompleta o 
que contenga alguna inexactitud o falta de claridad, puesto que la 
jurisprudencia belga ya establece que eso no sería un motivo para 
denegar la ejecución de una orden europea de detención y entrega. 
No, la
 cuestión va más allá. La Fiscalía deja claro que es preciso que la 
autoridad judicial belga verifique si la orden de detención ha sido 
emitida por una autoridad judicial, si procede efectivamente de esa 
instancia judicial y si, atención, la orden está precedida de una orden 
de detención nacional. “Si no se cumplen estas condiciones, la orden de 
detención europea no es regular y, por lo tanto, no se puede ejecutar”. 
Lo que está claro es que un auto de procesamiento no tiene en ningún 
lugar ni de dios ni del diablo el valor de una orden de detención “y por
 lo tanto no puede constituir una base válida para ejecutar la 
euroorden”.
 Así que ahí que se pone la Fiscalía belga a determinar 
si existe esa orden de detención nacional previa o no, de la que cuelgue
 su euroorden. Y hasta le piden ampliación a España sobre tal 
circunstancia. El caso, por abreviar, es que Llarena les respondió a 
través de Eurojust que en su auto de procesamiento prorrogó las medidas 
cautelares de Lamela y eso incluía la orden de detención. Quiere decir 
pues que la orden de detención nacional válida es la dictada el 3 de 
noviembre de 2017. 
Claro que, dicen los belgas, si el título de 
detención válido es ese -dado que la euroorden no es autónoma, sino que 
cuelga de esa orden nacional- es de esperar que “su contenido responda 
con los hechos y calificaciones penales conexas”. Lo que sucede es que, 
en sus explicaciones, Llarena evidencia que eso no es así, sino que se 
remite al auto de procesamiento, y además queda que se ha ampliado y 
alterado el contenido de las misma. 
Hay un párrafo de los fiscales 
belgas que es demoledor para el Tribunal Supremo español y que se 
refiere a las contradicciones de las diversas explicaciones y 
ampliaciones de Llarena: “Las órdenes subyacentes, repentinamente, ya no
 son las de noviembre de 2017 -contrariamente a lo dicho a Eurojust-, 
tampoco el auto de procesamiento en sí -como se menciona en la carta de 
Llarena- sino las órdenes emitidas el mismo día que la euroorden y que 
son esencialmente una mera repetición del auto de procesamiento”. 
Así 
que, tras este fárrago, los fiscales, al igual que las defensas, han 
determinado que “en realidad no existe una orden de detención nacional 
subyacente que se corresponda en esencia con la orden de detención 
europea”. Se acabó. Es irregular y el procedimiento queda sin objeto. El
 tribunal no ha podido sino admitir la alegación coincidente de ambas 
partes.
 ¿Cómo ha hecho este ridículo un magistrado del Tribunal Supremo?
Queriendo jugar con el procedimiento como si fuera una parte procesal 
habilitada para intentar buscar los resquicios del sistema. Lo que le 
podría estarle permitido a un defensor no puede hacerlo un instructor. 
Retirar la euroorden cuando se constata que no se va a obtener lo que se
 pretende, por causas legales, y hacer una prestidigitación para 
conseguir por otras vías lo pretendido junto a otros fines, que no 
pueden ser considerados sino políticos, como obtener la inhabilitación 
en un plazo determinado, no casa con la tarea del juez.
 La decisión belga de denegar de plano la entrega y terminar el 
procedimiento ha coincidido casi en el tiempo con el planteamiento 
público de Pedro Sánchez de una posible reforma legislativa del delito 
de rebelión. No es una propuesta baladí ni a humo de pajas, que el líder
 de los socialistas plantee esta posibilidad implica el reconocimiento 
de que los hechos sucedidos en Catalunya no encajan ni a martillazos en 
el tipo penal existente y, por lo tanto, como venimos diciendo el 
procedimiento de Llarena se desmorona, a pesar de haber sido utilizado 
para restringir derechos y libertades. 
Hace casi un año que lo escribí: 
los independentistas catalanes estaban surfeando el Código Penal y 
evitando incumplirlo. No vale pues ahora intentar encajar a martillazos 
su insurrección pacífica 2.0 en un tipo de rebelión que es el que es. Si
 se pretende cubrir lo sucedido, habrá que estudiar las posibilidades de
 legislación, que tampoco están claras, pero nunca de forma retroactiva 
sino pensando en el futuro.
 Todo esto sólo me hace 
volverme a situar en el grupo de los que creen que no todo vale y que el
 Estado sólo puede defenderse de forma legítima y sin trampas ni atajos.
 Prefiero que España no se rompa, pero exijo que no quiebren el Estado 
de Derecho precisamente los llamados a defenderlo. Me da pena que haya 
sido preciso ir a buscar la Justicia en el exterior, pero cada vez queda
 más claro que esa estrategia era la única posible. 
En España todo 
esguince jurídico iba a ser aceptado. Los belgas no han tragado y los 
alemanes tampoco lo harán. Nadie socava su propio Estado de Derecho por 
amparar a otro país. Es demasiado lo que hay en juego, aunque Llarena y 
otros no quieran verlo. 
(*) Periodista