MADRID.- Una quincena de Obispados y Arzobispados de toda España - entre ellos el de Cartagena- serán denunciados mañana, martes, ante los juzgados de instrucción por consentir el mantenimiento de símbolos de la Guerra Civil y la dictadura franquista en contra de lo estipulado por la Ley de Memoria Histórica y mantener enterrados los restos de Francisco Franco, José Antonio Primo de Rivera o el general Queipo de Llano pese a que el derecho canónico solo permite enterrar en sus territorios cadáveres de pontífices, cardenales u obispos.
Así lo expone el abogado 
especializado en Derechos Humanos, Eduardo Ranz, en los escritos que 
presentará este martes 14 de abril --coincidiendo con el aniversario de 
la proclamación de la Segunda República-- ante los tribunales por un 
posible delito contra la independencia del Estado del artículo 589 del 
Código Penal, al entender que los obispos dependen de las instrucciones 
de la ciudad del Vaticano, la cual está constituida como un Estado 
Independiente y no cumplen con la legislación española.
Por su 
parte, los escritos de alegaciones canónicas, a los que ha tenido acceso
 Europa Press, se presentarán ante los Obispados y Arzobispados de 
Madrid, Córdoba, Segovia, Cuenca, Mérida-Badajoz, Coria-Cáceres, 
Badajoz, Almería, Cartagena, Valencia, Orihuela-Alicante, Sevilla, 
Sigüenza-Guadalajara, Zaragoza y Oviedo.
En el caso de Madrid, el
 abogado interpondrá este martes a las 11.00 horas ante el Arzobispado, 
situado en la calle Bailén, un escrito solicitando la retirada de la 
simbología de franquista y la salida de los restos de Franco y Primo de 
Rivera que descansan en la Basílica del Valle de los Caídos. En este 
sentido, cita también la placa conmemorativa del fundador de la Falange 
Española en la basílica de la Concepción de Nuestra Señora, situada en 
el barrio de Salamanca, en Goya, 26.
"Todo ello en manifiesto 
incumplimiento de la comúnmente denominada Ley de Memoria Histórica, y 
del canon 1242 del Código de Derecho Canónico, que establece 
textualmente 'No deben enterrarse cadáveres en las iglesias, a no ser 
que se trate del Romano Pontífice o de sepultar en su propia iglesia a 
los Cardenales o a los Obispos diocesanos, incluso eméritos", explica el
 abogado, para añadir que el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica 
obliga a retirar estos símbolos.
Por lo tanto, añade, el 
Arzobispado de Madrid, "con su permisividad o inacción, está vulnerando 
manifiestamente los cánones, puesto que ni Francisco Franco Bahamonde ni
 José Antonio Primo de Rivera son, o han sido, al menos de forma pública
 y notoria, Romano Pontífice, Obispo o Cardenal".
Ranz, que pide 
al Arzobispado de Sevilla retirar la tumba del teniente general Gonzalo 
Queipo de Llano y Sierra de la basílica de La Macarena, cita como 
precedente un caso de Alicante, donde la basílica de Nuestra Señora del 
Socorro eliminó una placa que contenía las palabras 'José Antonio', en 
conmemoración al fundador de la Falange.
Por su parte, se ampliarán a 42 consistorios las denuncias penales por 
mantener estos vestigios. Entre ellos, varias denuncias se presentarán 
ante el Tribunal Supremo por la condición de aforados de sus regidores, 
como el de Zaragoza Juan Alberto Belloch; el presidente de la ciudad 
autónoma de Melilla, Juan José Imbroda; el de Toledo, Emiliano 
García-Page; el de Teruel, Manuel Blasco; la alcaldesa de Cáceres, María
 Elena Nevado del Campo o el de Guadalajara, Antonio Román.
"Si 
en un tiempo prudencial no obtuviera respuesta, acudiré al romano 
Pontífice y a la Curia Romana, como órgano colegiado", advierte el 
abogado respecto a los obispos, para añadir que la Conferencia Episcopal
 no tiene competencia sobre este asunto en aplicación de los cánones del
 Código de Derecho Canónico.
Ranz denunció inicialmente en los 
tribunales el pasado 11 de febrero, coincidiendo con el aniversario de 
la proclamación de la Primera República, a 38 alcaldes por un supuesto 
delito de desobediencia del artículo 410 del Código Penal. Este delito 
lleva aparejado una multa de tres a doce meses y una pena de 
inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis 
meses a dos años. De forma subsidiaria, calificaba los hechos como una 
falta contra el orden público del precepto 634, que prevé el pago de una
 multa.
El letrado recordaba que el artículo 15 de Ley de Memoria
 Histórica obliga a las Administraciones Públicas a tomar las medidas 
oportunas para retirar los escudos, las insignias, las placas y otros 
objetos o menciones conmemorativas de la "exaltación, personal o 
colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la 
represión de la dictadura".

 
 




