MURCIA.- El magistrado-juez del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia 
(TSJRM), instructor del 'caso Auditorio', Julián Pérez-Templado, 
ratificó en un auto notificado este martes su decisión de pedir la 
documentación sobre la liquidación de obra de esta infraestructura al 
Ayuntamiento de Puerto Lumbreras y de solicitar al Juzgado nº 1 de Lorca la 
pieza separada del procedimiento.
De esta forma, Pérez-Templado corroboró ambas diligencias 
que ya acordó en su auto del 21 de febrero, y desestimó los recursos 
presentados por dos de las acusaciones populares, las ejercidas por 
Podemos y por Antonio López, que se oponían a ellas.
En su auto, Pérez-Templado afirma que las dos diligencias 
acordadas "son convenientes para el esclarecimiento de los hechos". 
Así,
 aclara que "la única fundamentación" de esas dos diligencias, "de una 
profundidad que a nuestro entender agota el tema", es "la necesidad a la
 que se ve compelido este instructor de tener un cabal conocimiento de 
todas las circunstancias que atañen al caso".
En opinión de Pérez-Templado, si la documentación sobre la 
liquidación de obra se encuentra dispersa por el sumario, "no se 
entiende el empeño en que no se incorpore en su conjunto unitario, pues,
 de resultar repetitivo, su efecto sería inocuo, sin perjuicio para 
nadie, o si por el contrario puede arrojar alguna luz sobre este 
complicado sumario, bienvenida sea".
Pérez-Templado también se refirió a su solicitud de la pieza
 separada a la jueza titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de 
Lorca que instruyó el caso y lo elevó al TSJ por estar aforado el 
presidente de la Comunidad.
A este respecto, Pérez-Templado señaló que de la simple 
lectura del auto redactado por él mismo en su anterior posición de 
ponente, "se puede observar que en absoluto se prohíbe al actual 
instructor que solicite la documentación para tener un cabal 
conocimiento de lo que suceda en dicha investigación".
En ambas diligencias, aclara Pérez-Templado, "lo único que 
pretende este Instructor, como es su inalienable e ineludible deber, es 
enterarse de lo que ha sucedido, caiga quien caiga y guste o disguste". 
A
 su juicio, "resulta extraño, en términos procesales, que se exija un 
razonamiento para incluir pruebas, cosa que más debe quedar para la 
desestimación de las mismas en lo que pueda afectar al derecho de 
defensa".
Por último, Pérez-Templado se refiere al recurso de Antonio 
López, en el que, a su parecer, "no se pueden pasar por alto 
determinados asertos fuera de lugar".
Por ejemplo, reconoce que se equivocó en el auto del 21 de 
febrero de 2017, al no consignar en la parte dispositiva todos los 
delitos de los que se acusaba a Pedro Antonio Sánchez, pero aclara que 
fue un "error corregido de oficio inmediatamente y pedidas disculpas 
públicas".
"No cabe extraer otras conclusiones", añade Pérez-Templado, 
quien también admite que "es cierto que el 'papel lo aguanta todo'". 
De 
hecho, se remite al ordinal 2º del recurso, en el que aprecia un error 
ortográfico cuando se dice textualmente que "esta parte 'Hecha' de menos
 en el auto recurrido". 
Se trata, según el instructor, de "error o 
ignorancia, cualquiera sabe".

 
 





