 MURCIA.- El Ayuntamiento va a facilitar que la bicicleta vuelva a las calles de Murcia como antaño aunque bajo una estricta normativa. Ya hay un borrador de la Ordenanza Reguladora del Uso de la Bicicleta por los  Espacios Públicos de Murcia en poder de los grupos de trabajo del Plan Director de la  Bicicleta.  La  nueva ordenanza tendrá que ser aprobada a lo sumo en el Pleno Municipal ordinario del próximo mes de abril.
MURCIA.- El Ayuntamiento va a facilitar que la bicicleta vuelva a las calles de Murcia como antaño aunque bajo una estricta normativa. Ya hay un borrador de la Ordenanza Reguladora del Uso de la Bicicleta por los  Espacios Públicos de Murcia en poder de los grupos de trabajo del Plan Director de la  Bicicleta.  La  nueva ordenanza tendrá que ser aprobada a lo sumo en el Pleno Municipal ordinario del próximo mes de abril.  
   Esa Ordenanza busca armonizar y regularizar la  compatibilidad de su utilización en los espacios urbanos usados por los  diversos modos de desplazamiento, estableciendo normas y  condiciones para que dicho uso común resulte  compatible y racional, tras estimular y potenciar  su uso como alternativa al vehículo a motor.
 
   El texto establece que circularán preferentemente  por las vías habilitadas al efecto y si no, necesariamente por la calzada y el centro del carril más próximo a  la acera.
 
   Las zonas  habilitadas al efecto solo podrán ser utilizadas por bicicletas,  patines y monopatines, con exclusión de peatones salvo vías  compartidas. La velocidad no podrá ser superior en  ningún caso a los 20 kilómetros por hora.
 
    En aceras con anchura superior a los 4'5 metros y  paseos o zonas peatonales, se podrá autorizar su circulación siempre que se realice por el espacio expresamente habilitado  al efecto mediante señalización vertical y horizontal. La velocidad no  debe superar en ningún caso los 10 kilómetros por hora.
 
   Por su intensidad de tráfico peatonal y sus características quedan  expresamente excluidas de dicha circulación las calles Trapería y  Platería. Por  las aceras de anchura inferior tampoco se podrá circular bajo  ningún concepto, excepto a pie.
 
    Todas las  bicicletas tendrán que disponer de timbre, los elementos  reflectantes y luminosos previstos en la legislación vigente, y en horario nocturno, llevar el correspondiente chaleco  reflectante debidamente homologado.
Sobre el aparcamiento, deberá ser en los lugares habilitados al efecto y  exclusivos para dicho uso.
  
   No podrán transportar a menores de siete años sin el  correspondiente asiento adaptado y homologado. Ambos viajeros deberán circular debidamente sentados, quedando  prohibido ponerse en pie sobre la bicicleta, circular sin manos, sobre  una rueda o haciendo maniobras extremas.
 
   Además queda prohibido circular en bicicleta haciendo uso de  auriculares o de teléfono móvil, con tasas superiores a las establecidas  legalmente respecto de bebidas alcohólicas o bajo los efectos de  estupefacientes, psicotrópicos y otras sustancias análogas.
 
   Aunque no es obligatorio disponer de un seguro de responsabilidad  civil frente a terceros, el todavía borrador de ordenanza establece la posibilidad de  registrarse en un censo municipal de bicicletas donde se les asignará un  distintivo que facilitará su identificación en supuestos de accidente,  robo o cualquier otra circunstancia.
 
   Por último la ordenanza recoge un cuadro con las posibles infracciones y su  sanción: se clasificaran en  leves, graves o muy graves. Las leves, con  sanción de hasta 100 euros, serán por no disponer de los elementos  mínimos de señalización, tanto acústica como visual y dejar atadas las  bicicletas a árboles u otros elementos de mobiliario urbano, cuando  existan aparcabicis a menos de 75 metros o no se deje el espacio mínimo  de dos metros para el peatón.
  
    La infracción grave (con sanción de hasta 200 euros)  los será si se circula por aceras no autorizadas, con bicicletas o similares  por espacios autorizados superando la velocidad máxima permitida y por no  respetar la prioridad de paso y circulación de los peatones.
 
   También por circular conduciendo sin manos o en posturas  de riesgo potencial tanto para el conductor como para el resto de  usuarios; haciendo uso de auriculares o teléfono móvil; negarse  a realizar pruebas de alcoholemia, a petición de la autoridad  competente, y la reincidencia de una o más infracciones leves en el plazo  de un año, con resolución administrativa firme.
    Serán infracciones muy graves (con sanción de hasta 500 euros)  circular por la calzada agarrado a otro  vehículo para auto-transportarse; de noche en bicicleta sin  foco, ni elementos reflectantes; circular con tasa de  alcoholemia superior a la máxima permitida para la conducción de  vehículos o bajo los efectos de sustancias estupefacientes o análogas. Y  la reincidencia de una o más infracciones graves en el plazo de un año  con resolución administrativa firme.