VALENCIA.-  El Consell de la Generalitat Valenciana ha recalcado este miércoles que el Instituto Valenciano  de Finanzas (IVF) --órgano supervisor de las cajas-- autoriza las  operaciones de crédito que Caja Mediterráneo (CAM) "le propone, siempre  que cuenten con el informe técnico favorable y el acuerdo del consejo de  administración", pero "no propone, ni analiza el riesgo de la  operación, así como tampoco concede la operación".
   Según han informado hoy fuentes de la Generalitat, la  responsabilidad de la concesión de esas operaciones "es plena y  exclusiva" del consejo de administración de la caja, tal y como se le  advierte en la correspondiente resolución.
   Desde la administración autonómica se ha pronunciado en estos  términos en alusión a las informaciones publicadas acerca de que la  Generalitat autorizó créditos al 0% al consejo de la CAM.
   Al respecto, han remarcado que la autorización del IVF "no implica  pronunciamiento alguno sobre la solvencia de la firma acreditada, así  como sobre su capacidad de generación de recursos para atender  puntualmente las obligaciones de pago contraídas con la caja", sino que  "se limita a verificar la regularidad de la operación".
   Por lo tanto, el IVF "no propone, ni analiza el riesgo, ni  concede" esas operaciones, dado que esas funciones competen a los  órganos internos de la caja.
   Desde la Generalitat han destacado asimismo que, con la  autorización del IVF y la aprobación del consejo de administración, "se  da transparencia a estas operaciones y se previene del posible conflicto  de interés que pudiera darse".
   Entre las distintas operaciones de este tipo existentes, figuran  algunas a consejeros que son miembros de la plantilla, y pueden acogerse  por tanto a convenios laborales específicos de la entidad, que "no  requieren autorización administrativa por parte del IVF".
   También figura una línea de avales que "no llevan tipo de interés,  pero sí comisiones por riesgo (0,80%) y apertura (0,20%)", han  recalcado las mismas fuentes.
   Desde la Generalitat se han referido asimismo a otras dos  operaciones autorizadas que, según los informes del IVF, una presenta un  tipo de interés del euríbor más 0,85%, mientras que la otra es una  operación --de modalidad Cuaderno 19-- que "tiene asignadas comisiones  por presentación de recibos y por devolución, y que no es propiamente  riesgo por no existir financiación".
   De acuerdo con la normativa vigente, las cajas de ahorro están  obligadas a obtener autorización administrativa del IVF cuando efectúen  operaciones de riesgo dinerario o de firma, así como transmisiones de  cualquier bien o valor, con los miembros del consejo de administración,  de la comisión de control y el director general, o con personas físicas o  jurídicas vinculadas a ellos. 
   No obstante, esa limitación no es de aplicación a los créditos,  avales o garantías cuya finalidad sea la adquisición de viviendas con  aportación por el titular de garantía real suficiente, ni para la  concesión a los representantes de los empleados de créditos acogidos a  convenios laborales, aunque en este caso se debe contar con el informe  previo de la comisión de control de la entidad.
   Así, se establece una autorización de forma genérica siempre que  se cumplan tres condiciones: que el volumen global de riesgos alcanzado  por el conjunto de los altos cargos y personas vinculadas sea inferior  al 15% de los recursos propios de la caja, que el volumen de riesgos  imputables al alto cargo afectado no exceda el 5% de ese límite global  del 15% y que el importe de la operación propuesta sea inferior a  150.253,03 euros.
   Según las mismas fuentes, también se concede una autorización  genérica a las operaciones que realicen las cajas con sociedades en las  que el cargo de consejero o director lo desempeñen altos cargos de la  entidad, en representación de la misma.
   Cuando la operación de riesgo está sujeta a autorización y ésta no  se haya concedido de forma genérica, la caja debe solicitar la  autorización previa del IVF mediante una propuesta que incluya las  características y condiciones de la operación de riesgo, finalidad,  concepto en que interviene el alto cargo afectado, clase de operación,  importe, tipo de interés, plazo y régimen de amortización.
   Además, deben adjuntar el informe técnico que haya servido de base  al consejo de administración para la aprobación de la operación, así  como el certificado del acuerdo del consejo de administración por el que  se aprueba la operación que se propone al IVF.