MURCIA.- El Gobierno regional extrema las medidas específicas de protección
frente a la gripe aviar, tras el incremento de casos detectados en aves
silvestres y domésticas tanto en la Unión Europea como en distintas
comunidades autónomas españolas durante las últimas semanas. En la
Región de Murcia no se ha detectado ningún caso de la enfermedad hasta
ahora.
El aumento de los casos notificados, en otros puntos
del país, junto con los mapas de riesgo comarcal elaborados por el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, hace recomendable
incrementar el nivel de bioseguridad a nivel nacional y aplicar medidas
de mitigación del riesgo frente a esta enfermedad, en aplicación del
principio de precaución, objetivo de la activación de la Orden
APA/2442/2006, por la que se establecen medidas específicas de
protección en relación con la gripe aviar.
Por este motivo, y
a partir del próximo 10 de noviembre, se aplicarán en la Región de
Murcia las medidas contempladas en dicha orden, en las zonas de especial
riesgo. En concreto, los municipios de Fortuna, Lorquí, Molina de
Segura, Santomera, Cartagena, Mazarrón, San Pedro del Pinatar, San
Javier, Los Alcázares y Torre Pacheco han sido designados como zonas de
especial riesgo, mientras que Cañada Hermosa, en el término municipal de
Murcia, ha sido catalogada como zona de especial vigilancia.
Entre las medidas que entrarán en vigor se encuentra la prohibición de
criar patos y gansos junto con otras especies de aves de corral.
Asimismo, no se permitirá la cría de aves de corral al aire libre.
Solo en aquellos casos en los que no sea posible mantenerlas en
interiores, la autoridad competente podrá autorizarlo, siempre que se
instalen telas pajareras u otros dispositivos que impidan la entrada de
aves silvestres y que la alimentación y el agua se suministren en zonas
cubiertas o protegidas que eviten el contacto con ellas.
Igualmente, queda prohibido suministrar agua procedente de depósitos
accesibles a aves silvestres, salvo que esta haya sido tratada para
garantizar la inactivación del virus. Los depósitos de agua situados en
el exterior y necesarios por motivos de bienestar animal deberán estar
protegidos adecuadamente frente a aves acuáticas silvestres.
También se prohíbe la presencia de aves de corral u otras aves cautivas
en ferias, certámenes ganaderos, exposiciones, exhibiciones,
celebraciones culturales o cualquier otra concentración al aire libre.
Estas actividades solo podrán autorizarse si el Servicio de Sanidad
Animal realiza una evaluación de riesgo con resultado favorable.
Las medidas establecidas en los municipios incluidos en las zonas de especial riesgo y vigilancia permanecerán en vigor hasta que se determine expresamente su finalización.
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