MURCIA.- «Estamos en presencia de un delito de prevaricación continuada»,
en referencia al 'caso Novo Carthago', según sostiene el magistrado instructor de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Manuel Abadía, quien ha aceptado la tesis de la Fiscalía en el sentido de «que se producen una serie de actos sucesivos, todos
ellos concatenados, no pudiendo entenderse la última resolución del ex consejero
Bascuñana sin las anteriores», según el resumen del auto publicado hoy por 'La Verdad'.
Ninguno de estos pasos, remarca, «es
intrascendente para conseguir el fin pretendido». El juez habla,
incluso, en su escrito de una «trama en la Comunidad Autónoma».
De esta forma, el magistrado Abadía acepta la tesis de la Fiscalía,
que sostiene que «se parte de una puesta de acuerdo entre el
Ayuntamiento, que preside la señora Barreiro, con Hansa Urbana, la
promotora del 'resort', y la Consejería de Medio Ambiente, y
necesariamente, con la Consejería de Obras Públicas, que es la que
aprobaría el proyecto».
El magistrado de la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJ entiende que
todos los funcionarios y autoridades intervinientes en el reinicio del
PORN y la modificación puntual del PGOU de Cartagena podrían ser
responsables de un delito de prevaricación como autores por
participación necesaria. «El suelo es y era un suelo no urbanizable de
protección especial y, a través de la intervención de todos ellos,
lograron por medio de resoluciones e informes notoria y manifiestamente
ilegales reclasificarlo a urbanizable», asegura el instructor en este
escrito.
Éste subraya, asimismo, que lo hicieron «con absoluto desprecio
y preterición del todo el ordenamiento jurídico medioambiental y de las
leyes de protección de la naturaleza, que son de obligado
cumplimiento».
Por este motivo, el instructor del 'caso Novo Carthago' cita también a
declarar como imputados a otros exaltos cargos de la consejería que
dirigía Bascuñana. Se trata el exdirector general de Calidad Ambiental,
Antonio Alvarado -que también está imputado en el 'caso Zerrichera'-; el
exdirector general de Vivienda, Manuel Alfonso Guerrero Zamora; el
exdirector general de Ordenación del Territorio, José María Bernabé; y
el asesor jurídico Luis R.A. La Fiscalía considera que «todos ellos son
verdaderos cooperadores de la reclasificación» del proyecto de Novo
Carthago. Declararán los días 4 y 8 de julio. El auto los apercibe a
todos de que, en el caso de no comparecer en las fechas señaladas, se
podrá decretar su detención. En el texto, el instructor reclama,
asimismo, a los técnicos de la Agencia Tributaria «la pronta
terminación» de los informes patrimoniales de los imputados, incluidos
Bascuñana y los cuatro integrantes del que fue su equipo.
El juez alude a la búsqueda por parte del máximo responsable de Hansa,
Rafael Galea, del «plácet político» para un aspecto esencial: reunir la
financiación necesaria para las obras. Abadía ve indicios de un
«acuerdo» entre el promotor y «autoridades políticas de primer nivel»,
sin el que la antigua CAM no habría dado un préstamo. Abadía señala que
la inversión prevista era de mil millones de euros, y que la CAM era la
«principal financiadora» y estaba «fuertemente controlada en aquellos
tiempos por los partidos políticos».
En los setenta folios del nuevo auto, el instructor realiza un amplio
recorrido por la presunta trama de corrupción urbanística y el papel
que habría jugado cada imputados. Destaca, por ejemplo, la actuación del
exconsejero de Medio Ambiente, Francisco Marqués, que cinco días
después de firmar una de las órdenes sobre el proyecto acudió a la caja
fuerte que tenía contratada en una entidad bancaria y compró un bungalow
en Campoamor y un garaje. El juez destaca, asimismo, que en 2004,
cuando tomó posesión como consejero, solo tenía de renta disponible
47.278 euros, «subiendo exponencialmente sus ingresos» a partir de la
fecha en que, con su firma, abrió información pública sobre el PORN del
Mar Menor.
Respecto al consejero Cerdá, el magistrado destaca que con su firma
de 12 de junio de 2003, que reiniciaba el PORN, perpetró «un atentado
frontal a la ley y al Derecho» y remarca que se trató de una resolución
evidente, patente, flagrante, clamorosa y manifiestamente injusta». El
instructor recuerda que este PORN es el único por el que se convoca a
una reunión en el Palacio de San Esteban a técnicos de la Consejería.
Sostiene que acudió Ángel Luna, diputado valenciano del PSOE y
abogado de Hansa.
Todo este relato de hechos, asegura, pone de
manifiesto «de un modo diáfano, patente y evidente cómo la actuación se
llevó a cabo de un modo frontal y contrario al Derecho, al respeto a los
espacios naturales y paisajes protegidos y a evitar la revisión del
Plan General a sabiendas y de modo deliberado porque no convenía los
intereses espurios en juego».
El magistrado instructor también solicita en este auto información
diversa al secretario del Ayuntamiento de Cartagena. Reclama la
certificación de si expidió una licencia de movimiento de tierras.
Recuerda, asimismo, que en su anterior auto -de abril- ya se solicitó
información al Ayuntamiento sobre la contaminación por materiales
pesados de los terrenos obtenidos gratis en Novo Carthago y la
existencia de un aval que garantice el coste total de la
descontaminación. Cuestiona al secretario del Consistorio sobre si se ha
asegurado jurídicamente de que la adquisición se realizó libre de
cargas y gravámentes.
El fiscal ya manifestó hace unos meses sus
sospechas de que el Ayuntamiento pudo perdonar a la promotora la
descontaminación de terrenos, causando un perjuicio económico millonario
a las arcas municipales de Cartagena.
El magistrado Abadía,
da credibilidad, en su escrito, a la versión mantenida por la Fiscalía
sobre la existencia de «una puesta de acuerdo» entre el Ayuntamiento de
Cartagena, la promotora Hansa Urbana y las consejerías de Medio Ambiente
y Obras Públicas. El juez llega a destacar, en su auto, la existencia
de un encuentro «entre Rafael Galea -gerente de la promotora- y
autoridades políticas de primer nivel, como Pilar Barreiro y otros que
no han podido aún ser traídos al proceso».
El juez da por hecho, en el texto, que esa reunión se debió producir
en un yate, un gran hotel o un edificio oficial y recuerda que, en los
alrededores de esos escenarios, la ley obliga a bloquear las imágenes
captadas por cámaras de videovigilancia en un plazo máximo de un mes y a
proceder a su destrucción en tres años.
Abadía explica que, dado el tiempo transcurrido, cuando asumió la
causa esas grabaciones ya habían sido destruidas. Eso imposibilitó el
hecho de llevar ante el juez a todos los que participaron en ese
encuentro «tomando el acuerdo de aprobar la urbanización por encima y en
contra de las leyes de protección de la naturaleza».