Pero eso podría cambiar muy pronto, ya que el Supremo acaba de derogar el reglamento actual, abriendo de nuevo la puerta al ladrillo en el litoral español.
El contexto. Este Real Decreto fue aprobado en agosto de 2022. Se trata de una modificación de la Ley de Costas que, entre otras cosas, elimina la distinción de los distintos tipos de dunas y las incluía en la delimitación de la playa, prohíbe las ocupaciones de los establecimientos expendedores de comidas y bebidas en playas (como los chiringuitos) o se modifican los procedimientos de deslinde marítimo-terrestres.
Con este cambio, la norma para calcular los plazos de las concesiones y sus posibles prórrogas, por ejemplo, obligaban a tener en cuenta el impacto de la actividad sobre los ecosistemas y los efectos del cambio climático.
¿Qué ha pasado? Sin embargo, el Gobierno, cuando realizó dicha modificación, se saltó un paso importante para realizar tal reforma: consultar a los ciudadanos. Y ha sido el hecho de no haber realizado suficientes trámites de consulta pública, lo que el Tribunal Supremo ha llevado a anular el real decreto entero.
En su sentencia, el tribunal señala que para poder prescindir del trámite de consulta pública en un reglamento “han de concurrir las circunstancias acumuladas de que se trate de normas presupuestarias u organizativas y, además de esas específicas normas reglamentarias, que concurran razones graves de interés público que lo justifiquen, no impongan obligaciones relevantes a los destinatarios o regulen aspectos esenciales de una materia”.
¿Qué significa? A grandes rasgos: que vuelve a estar en vigor el reglamento elaborado por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2014. El mismo que el Gobierno de Sánchez cambió para aclarar que las concesiones de dominio público marítimo-terrestre tenían un plazo máximo de 75 años, a contar desde la ley de Costas del 88, así como para facilitar los deslindes y restringir las infraestructuras de los chiringuitos. De esta manera, los nuevos chiringuitos y negocios podrán optar a licencias de hasta 75 años, en vez de solo 30.
Daniel Olabarría, experto en derecho inmobiliario, explicaba en este artículo de ABC que, entre las consecuencias más directas, está que las condiciones para levantar chiringuitos o permitir que estos dispongan de sótanos en las playas, volverán a relajarse: “El reglamento les limitaba mucho los espacios”. La nueva reforma establecía que estos sólo podían ser de una planta y sin sótano. También que las edificaciones no podían “limitar el campo visual ni romper la armonía del paisaje costero o desfigurar su perspectiva”. Aquello enfadó mucho a la hostelería.
Una victoria para los empresarios. Y es precisamente para los empresarios que la decisión del Supremo es un triunfo que vuelve a abrir las puertas al ladrillo en las playas, sobre todo a los bares, chiringuitos y almacenes en el subsuelo. Aquellos locales que la norma derogada prohibía por su efecto erosivo sobre los arenales, que son dominio público, y tenía en cuenta el impacto del cambio climático sobre la ribera y su consecuente subida del nivel del mar.
“Un chiringuito no erosiona absolutamente nada. No vamos a pedirlos en playas de 30 metros; sólo donde sean de 50 o 70, y el agua no llegue o no haga daño. Los sótanos dan calidad a las playas: así no se ven cajas de Coca Cola, cubos de basura…”, explicaba un empresario en eldiario.es.
Los activistas, en contra. Mientras tanto, las asociaciones ecologistas, que llevan años en pie de guerra contra la apertura de chiringuitos y la edificación de estas estructuras de hormigón insertas en la arena, ven como sus reclamos quedan en saco roto una vez más: “Si el Gobierno central no vuelve a sacar el Reglamento con la debida forma y en tiempo, los chiringuitos tienen vía libre”, lamentaba Rafael Yus, de Ecologistas en Acción.
Un ejemplo reciente muy sonado fue la denuncia presentada por esta asociación contra las obras del chiringuito Bikini Beach, situado en la playa del Castillo, de Málaga, que pretendía construir un sótano de hormigón en la playa. Argumentaban que estas instalaciones “deben ser de temporada y desmontables en todos sus elementos”, algo que este tipo de construcción incumplía, pero ya no.