MURCIA.- El Tribunal de Cuentas ha detectado irregularidades en la adjudicación del aeropuerto internacional de la Región que se construye en Corvera. En el anteproyecto de su informe, que está todavía en fase de alegaciones, el Tribunal destaca que el proyecto fue adjudicado con «un alza del 43,62% sobre el presupuesto de licitación» y recuerda que esta circunstancia «implica una infracción» del Reglamento de la Ley de Contratos del Estado, en el que se recoge que, «si alguna proposición económica excede el precio de licitación, debe ser desechada de la mesa», según 'La Opinión'.
El contrato fue adjudicado a la sociedad promotora del proyecto, Aeromur, que desde 2001 había tramitado los permisos y las autorizaciones previas. El Tribunal recuerda que las obras debían estar acabadas el 24 de julio de 2010, pero en marzo del pasado año sólo se habían ejecutado 17,4 de los 148,2 millones que debían haberse gastado hasta entonces, aunque «no consta la concesión al contratista de prórrogas ni de expedientes de suspensión de las obras que pudieran ampliar esta significativa demora».
El Tribunal no ve claro el criterio seguido para adjudicar el contrato a Aeromur, que dio lugar a un recurso contencioso por parte del grupo constituido por Acciona y la firma murciana Hispa Group. En su informe precisa que el presupuesto de licitación incluido en el contrato ascendía a 185 millones de euros, pero fue adjudicado en 265,9 millones.
Esta diferencia se debió a las previsiones de Aeromur, «realizadas sobre unas estimaciones de demanda potencial de 5,2 millones de pasajeros para la fase inicial y de 14 millones para la ampliación, ambas muy superiores a las que se habían tenido en cuenta en las actuaciones preparatorias del contrato», que eran de 1,5 millones de usuarios anuales en la primera fase y de tres millones en la segunda.
El Tribunal critica este procedimiento y señala que «la adjudicación del contrato para la construcción del aeropuerto con una capacidad muy superior a las necesidades previstas es contraria, además, a los principios de eficiencia, de economía y de racionalidad del gasto público». Concluye que «la adjudicación del contrato con un importe superior al presupuesto de adjudicación es una infracción del artículo 84» del Reglamento de la Ley de Contratos del Estado. Esta decisión tampoco se considera ajustada a los principios de «transparencia, publicidad y objetividad».
Añade que en la adjudicación, obtuvo mejor valoración técnica el otro grupo, mientras que en la valoración económica logró una puntuación más alta Aeromur. El informe considera esto «incongruente» con el retraso del plan de financiación recogido en el contrato, que no pudo llegar a cumplirse debido a los problemas de la concesionaria para conseguir los 200 millones destinados a costear las obras.
El Tribunal critica este procedimiento y señala que «la adjudicación del contrato para la construcción del aeropuerto con una capacidad muy superior a las necesidades previstas es contraria, además, a los principios de eficiencia, de economía y de racionalidad del gasto público». Concluye que «la adjudicación del contrato con un importe superior al presupuesto de adjudicación es una infracción del artículo 84» del Reglamento de la Ley de Contratos del Estado. Esta decisión tampoco se considera ajustada a los principios de «transparencia, publicidad y objetividad».
Añade que en la adjudicación, obtuvo mejor valoración técnica el otro grupo, mientras que en la valoración económica logró una puntuación más alta Aeromur. El informe considera esto «incongruente» con el retraso del plan de financiación recogido en el contrato, que no pudo llegar a cumplirse debido a los problemas de la concesionaria para conseguir los 200 millones destinados a costear las obras.
Estas dificultades obligaron a la Comunidad Autónoma a avalar un crédito por este importe en 2010, después de que la obra sufriera un parón de casi un año, «a pesar de que el acuerdo entre el adjudicatario y las entidades financieras fue calificado como «excelente». Aunque el contrato se firmó en julio de 2007, «por diversas circunstancias, entre las que se invoca la crisis internacional, el compromiso de financiación no llegó a materializarse en el plazo máximo de 18 meses», lo que dio lugar a una sanción de 120.000 euros.