MURCIA.- La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia del
Juzgado de lo Mercantil que condenó a las empresas Acciona y Enrique
Ortiz e Hijos Contratista de Obras a indemnizar a otra con 5.000 euros
por haber utilizado un diseño de esta, al poner en marcha el tranvía de
la ciudad a través de una unión temporal de empresas (UTE).
La sentencia desestima los recursos que todas las partes
intervinientes en este pleito formularon contra la resolución del
Juzgado, que declaró que las sociedades demandadas habían vulnerado la
propiedad intelectual de la demandante, Carlos Sendín y Asociados.
Además, añade que esa vulneración se produjo «al utilizar el diseño
gráfico del metro ligero de su autoría», por lo que acordaba, además,
«prohibir la reanudación de la explotación ilícita de la obra de la
parte demandante sin su preceptiva autorización».
En su recurso, la demandante reiteró su solicitud de indemnización,
que se elevó a 20.000 euros, mientras que las demandadas aseguraron que
aquella carecía de legitimidad para plantear el pleito. En concreto,
señalaron que el diseño del tranvía ya no le pertenecía porque, según su
criterio, lo había cedido a la Comunidad Autónoma de Madrid.
Ahora, la
Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado todos los recursos y ha
ratificado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil.
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