MURCIA.- El expresidente de la Comunidad Autónoma Pedro Antonio Sánchez vuelve a estar imputado en el caso Púnica.
La Audiencia Nacional considera que el archivo acordado por el Juzgado
Central de Instrucción nº 6 del pasado mes de abril no está
suficientemente explicado y ha decidido anular el sobreseimiento.
La
Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha admitido un recurso de la
Fiscalía y pide que se establezcan "con claridad y precisión los hechos
objeto de imputación y las personas que indiciarimente participaron en
los mismos».
También
pide que se especifiquen «las razones claras y precisas» por las que se
considera que «no hay datos de incriminación suficientes para continuar
las actuaciones» contra los imputados.
Pedro Antonio Sánchez había sido acusado de mantener conversaciones con los promotores de la trama Púnica, que ofrecía a los políticos servicios para mejorar su imagen en Internet, aunque no llegó a firmar ningún contrato.
El
Juzgado de Instrucción nº 6 decidió dar por cerrada la
investigación contra el expresidente después de que el Tribunal Supremo
archivara las imputaciones contra la exalcaldesa de Cartagena Pilar
Barreiro, al entender que sus diligencias habían entrado en vía muerta,
dada la vinculación que existía entre ambos.
Pedro
Antonio Sánchez presentó su dimisión como presidente de la Comunidad a
principios de abril de 2017, tras la presentación de una moción de
censura contra él a raíz de su imputación en el caso púnica, en el que
están implicados otros ex altos cargos del Gobierno regional.
El
expresidente está imputado también en el caso Auditorio, que dio lugar a
una querella de la Fiscalía por la contratación y posterior liquidación
del contrato para la construcción del inmueble de Puerto Lumbreras -que
quedó sin acabar- cuando era alcalde del municipio.
A
finales de 2018 fue sobreseída otra causa contra Pedro Antonio Sánchez
por la contratación de varios puentes sobre la rambla de Nogalte en
Puerto Lumbreras, el llamado caso Pasarelas, cuyo archivo también ha
sido recurrido por la Fiscalía.
En
este caso, el juez decidió archivar la causa en aplicación de la
reforma de Ley de Enjuiciamiento Criminal que limita a seis meses el
plazo de instrucción, dado que nadie solicitó dentro de plazo la
solicitud de que fuese declarada 'causa compleja', necesaria para
ampliar la instrucción hasta los 18 meses.
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