MADRID.- Las consultas sobre la tributación
del alquiler turístico se han multiplicado en la actual campaña de la
renta como resultado del control cada vez más estricto de la Agencia
Tributaria sobre los arrendamientos, que ya ha impulsado la declaración
de estas rentas en los últimos años.
Los datos de la
Agencia apuntan que las rentas del alquiler declaradas por IRPF, que
rondaban los 15.000 millones de euros en los últimos años, han repuntado
hasta los 16.811 millones en 2015 y los 18.052 millones en 2016, la
última estadística disponible.
A pesar de ello, la asociación de técnicos de Hacienda
(Gestha) calcula que todavía en 2016 la mitad de los arrendamientos de
vivienda habitual, más de un millón y medio, era sumergido.
Desde
la asociación de Inspectores de Hacienda del Estado, José María Peláez
reconoce que tradicionalmente se han priorizado otros temas de
mayor envergadura por encima de la persecución de los alquileres no
declarados, un fraude que además carece de datos oficiales.
Esta
situación ha cambiado a medida que la Hacienda pública ha tenido acceso
a información útil: los consumos de agua y luz, los datos de
deducciones autonómicas para inquilinos -que identifican al arrendador-,
la denuncias particulares e incluso las actuaciones presenciales, en
las que agentes de la Agencia se personan en viviendas de costa para
comprobar la titularidad y uso del inmueble.
También
el secretario general de los técnicos de Hacienda, José María Mollinedo,
ve "una tendencia claramente de mejora en la declaración de los
propietarios" ante las medidas de control cada vez más severas.
Así,
alude como primer punto de inflexión el acceso a la información de
suministro eléctrico de los inmuebles, que ha permitido detectar
alquileres no declarados en viviendas o locales supuestamente vacíos con
gran consumo de energía.
Más allá de las inspecciones
realizadas, aclara Mollinedo, el impacto se ha visto en el
cumplimiento voluntario de arrendadores que por el "boca a boca" han
conocido estas inspecciones, que conllevan una sanción y la
regularización sin derecho a reducción.
Los diferentes
indicios llevan a la Agencia Tributaria a identificar posibles
arrendadores, a los que envía avisos -700.000 en la campaña de 2018
actualmente en marcha, el triple que en la anterior- para que declaren
las rentas de manera voluntaria, una "labor preventiva" según Peláez
para "corregir el fraude".
Más recientemente, Hacienda
ha establecido la obligatoriedad de que las plataformas de alquiler
turístico remitan información sobre el uso de las viviendas que ofrecen,
incluyendo la identificación del propietario, lo que ha multiplicado
las consultas a los asesores fiscales sobre cómo tributar los
arrendamientos de este tipo.
De hecho, las consultas
se extienden también a la tributación de los ingresos obtenidos y no
declarados en ejercicios anteriores, que requerirán declaraciones
complementarias, explica el delegado de la Asociación Española de
Asesores Fiscales (Aedaf) en Cataluña y socio de Ballribera-Baqués i
Associats, Jordi Baqués.
En su opinión, en el caso de
los alquileres turísticos había mucho desconocimiento y ahora la
colaboración de plataformas como Airbnb todo "ha quedado claro".
El
experto fiscal y vocal del Colegio Oficial de Gestores Administrativos
de Madrid (ICOGAM), José Antonio Martín, coincide en que en esta campaña
de renta el alquiler y la vivienda han sido "el tema estrella" y el
número de consultas se ha disparado, sobre todo ante el incremento de
los alquileres turísticos y el tratamiento fiscal que deben recibir.
"Hay
muchas cuestiones que resolver aunque lo primero es advertir a los
contribuyentes de que la Agencia Tributaria prevé mandar más de 700.000
avisos sobre pisos alquilados", ha incidido.
Algunas claves sobre como declarar el alquiler
Algunas claves sobre como declarar el alquiler
La Agencia Tributaria ha puesto el
foco en la declaración de los alquileres en la campaña de la renta de
2018, en la que se enviarán 700.000 avisos, un proceso que puede
resultar complicado, según reconocen los asesores fiscales.
Estas son algunas claves sobre cómo los propietarios tienen que declarar las rentas del alquiler en el IRPF:
¿QUÉ SE TRIBUTA?
Los ingresos obtenidos del alquiler menos los gastos asociados al propio arrendamiento.
¿QUÉ GASTOS PUEDEN DEDUCIRSE?
- Impuestos como el IBI o la recogida de basura, la comunidad de vecinos o los seguros.
- Los intereses de la hipoteca y las pequeñas reparaciones, que de forma conjunta no pueden superar los ingresos de ese año.
-
La amortización del inmueble. Cada año puede deducirse un 3 % del valor
de la construcción, un importe que se consulta en el catastro.
-
La amortización del equipamiento (muebles, electrodomésticos o una
reforma integral), un 10 % del valor cada año durante diez ejercicios.
¿Y EN EL ALQUILER TURÍSTICO?
- Además de todos estos gastos, puede restar el coste de gestión de las plataformas o los suministros (luz, agua o internet).
-
Los gastos de reparación y conservación -como comunidad, IBI o
suministros- hay que prorratearlos en función del tiempo y la parte de
la vivienda haya estado alquilada.
¿HAY ALGUNA REDUCCIÓN?
Los
alquileres para domicilio habitual disfrutan de una reducción del 60 % a
la cantidad resultante de ingresos menos gastos. Los alquileres
turísticos no pueden aplicarla.
¿CUÁNTO SE TRIBUTA?
El
rendimiento neto (ingresos menos gastos), una vez aplicada si procede
la reducción, se suma a la base general del IRPF y se tributa según el
tramo correspondiente.
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