lunes, 13 de mayo de 2019

El control sobre el alquiler turístico impulsa las declaraciones y consultas fiscales

MADRID.- Las consultas sobre la tributación del alquiler turístico se han multiplicado en la actual campaña de la renta como resultado del control cada vez más estricto de la Agencia Tributaria sobre los arrendamientos, que ya ha impulsado la declaración de estas rentas en los últimos años.

Los datos de la Agencia apuntan que las rentas del alquiler declaradas por IRPF, que rondaban los 15.000 millones de euros en los últimos años, han repuntado hasta los 16.811 millones en 2015 y los 18.052 millones en 2016, la última estadística disponible.

A pesar de ello, la asociación de técnicos de Hacienda (Gestha) calcula que todavía en 2016 la mitad de los arrendamientos de vivienda habitual, más de un millón y medio, era sumergido.
Desde la asociación de Inspectores de Hacienda del Estado, José María Peláez reconoce que tradicionalmente se han priorizado otros temas de mayor envergadura por encima de la persecución de los alquileres no declarados, un fraude que además carece de datos oficiales.
Esta situación ha cambiado a medida que la Hacienda pública ha tenido acceso a información útil: los consumos de agua y luz, los datos de deducciones autonómicas para inquilinos -que identifican al arrendador-, la denuncias particulares e incluso las actuaciones presenciales, en las que agentes de la Agencia se personan en viviendas de costa para comprobar la titularidad y uso del inmueble.
También el secretario general de los técnicos de Hacienda, José María Mollinedo, ve "una tendencia claramente de mejora en la declaración de los propietarios" ante las medidas de control cada vez más severas.
Así, alude como primer punto de inflexión el acceso a la información de suministro eléctrico de los inmuebles, que ha permitido detectar alquileres no declarados en viviendas o locales supuestamente vacíos con gran consumo de energía.
Más allá de las inspecciones realizadas, aclara Mollinedo, el impacto se ha visto en el cumplimiento voluntario de arrendadores que por el "boca a boca" han conocido estas inspecciones, que conllevan una sanción y la regularización sin derecho a reducción.
Los diferentes indicios llevan a la Agencia Tributaria a identificar posibles arrendadores, a los que envía avisos -700.000 en la campaña de 2018 actualmente en marcha, el triple que en la anterior- para que declaren las rentas de manera voluntaria, una "labor preventiva" según Peláez para "corregir el fraude".
Más recientemente, Hacienda ha establecido la obligatoriedad de que las plataformas de alquiler turístico remitan información sobre el uso de las viviendas que ofrecen, incluyendo la identificación del propietario, lo que ha multiplicado las consultas a los asesores fiscales sobre cómo tributar los arrendamientos de este tipo.
De hecho, las consultas se extienden también a la tributación de los ingresos obtenidos y no declarados en ejercicios anteriores, que requerirán declaraciones complementarias, explica el delegado de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) en Cataluña y socio de Ballribera-Baqués i Associats, Jordi Baqués.
En su opinión, en el caso de los alquileres turísticos había mucho desconocimiento y ahora la colaboración de plataformas como Airbnb todo "ha quedado claro".
El experto fiscal y vocal del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid (ICOGAM), José Antonio Martín, coincide en que en esta campaña de renta el alquiler y la vivienda han sido "el tema estrella" y el número de consultas se ha disparado, sobre todo ante el incremento de los alquileres turísticos y el tratamiento fiscal que deben recibir.
"Hay muchas cuestiones que resolver aunque lo primero es advertir a los contribuyentes de que la Agencia Tributaria prevé mandar más de 700.000 avisos sobre pisos alquilados", ha incidido.

Algunas claves sobre como declarar el alquiler

La Agencia Tributaria ha puesto el foco en la declaración de los alquileres en la campaña de la renta de 2018, en la que se enviarán 700.000 avisos, un proceso que puede resultar complicado, según reconocen los asesores fiscales.
Estas son algunas claves sobre cómo los propietarios tienen que declarar las rentas del alquiler en el IRPF:

¿QUÉ SE TRIBUTA?
Los ingresos obtenidos del alquiler menos los gastos asociados al propio arrendamiento.

¿QUÉ GASTOS PUEDEN DEDUCIRSE?
- Impuestos como el IBI o la recogida de basura, la comunidad de vecinos o los seguros.
- Los intereses de la hipoteca y las pequeñas reparaciones, que de forma conjunta no pueden superar los ingresos de ese año.
- La amortización del inmueble. Cada año puede deducirse un 3 % del valor de la construcción, un importe que se consulta en el catastro.
- La amortización del equipamiento (muebles, electrodomésticos o una reforma integral), un 10 % del valor cada año durante diez ejercicios.

¿Y EN EL ALQUILER TURÍSTICO?
- Además de todos estos gastos, puede restar el coste de gestión de las plataformas o los suministros (luz, agua o internet).
- Los gastos de reparación y conservación -como comunidad, IBI o suministros- hay que prorratearlos en función del tiempo y la parte de la vivienda haya estado alquilada.

¿HAY ALGUNA REDUCCIÓN?
Los alquileres para domicilio habitual disfrutan de una reducción del 60 % a la cantidad resultante de ingresos menos gastos. Los alquileres turísticos no pueden aplicarla.

¿CUÁNTO SE TRIBUTA?
El rendimiento neto (ingresos menos gastos), una vez aplicada si procede la reducción, se suma a la base general del IRPF y se tributa según el tramo correspondiente.

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