MURCIA.- El sindicato CC OO ha
presentado dos demandas contencioso administrativas contra las órdenes
que regulan el acceso al primer tramo de la carrera profesional tanto
del personal docente como del personal de servicios educativos
complementarios.
CCOO ya se posicionó en la Mesa General de Función Pública contra un
modelo de carrera profesional que excluía al colectivo interino y
anunció que, de aprobarse en esos términos, la recurriría judicialmente.
El acuerdo firmado con la administración el 21 de noviembre por
ANPE-FSES, LA INTERSINDICAL-RM y CESM constituía el punto de partida de
una carrera profesional que discrimina retributivamente al colectivo
docente y excluye de la misma al colectivo interino.
La exclusión del colectivo interino de la carrera profesional infringe la Cláusula 4 de la Directiva 1999/70/CE del Consejo Europeo, de 28 de junio de 1999, sobre trabajo de duración determinada, que establece que no se puede dar un trato menos favorable a los trabajadores temporales que a los fijos. En esa línea se ha pronunciado también el Tribunal Supremo que declara que el personal interino no puede ser excluido de la carrera profesional.
La Federación de Enseñanza ha presentado dos demandas contenciosas contra las órdenes que regulan respectivamente el acceso al primer tramo de la carrera profesional del personal interino docente y del personal interino de servicios educativos complementarios. Igualmente nuestras afiliadas y afiliados han podido presentar reclamaciones individuales a las resoluciones de encuadramiento en la carrera profesional para solicitar su inclusión en la misma.
"Entre los afectados habrá alrededor de 2.000 profesionales de la docencia y servicios complementarios", estima Jorge Castillo, secretario de Acción Sindical de FECCOO Región de Murcia.
CCOO Enseñanza considera que la normativa europea y la jurisprudencia del Tribunal Supremo avalan nuestras demandas y que los tribunales nos darán la razón frente al trato injusto que se ha dado al colectivo interino por una administración que sabía desde el principio que la exclusión de las interinas e interinos de la carrera profesional contravenía la normativa europea y que, con la connivencia de sus sindicatos afines, sólo ha pretendido ahorrar dinero a costa de los derecho de las trabajadoras y trabajadores de la enseñanza.
El sindicato SIDI también recurrió la recurrió a los tribunales.
La exclusión del colectivo interino de la carrera profesional infringe la Cláusula 4 de la Directiva 1999/70/CE del Consejo Europeo, de 28 de junio de 1999, sobre trabajo de duración determinada, que establece que no se puede dar un trato menos favorable a los trabajadores temporales que a los fijos. En esa línea se ha pronunciado también el Tribunal Supremo que declara que el personal interino no puede ser excluido de la carrera profesional.
La Federación de Enseñanza ha presentado dos demandas contenciosas contra las órdenes que regulan respectivamente el acceso al primer tramo de la carrera profesional del personal interino docente y del personal interino de servicios educativos complementarios. Igualmente nuestras afiliadas y afiliados han podido presentar reclamaciones individuales a las resoluciones de encuadramiento en la carrera profesional para solicitar su inclusión en la misma.
"Entre los afectados habrá alrededor de 2.000 profesionales de la docencia y servicios complementarios", estima Jorge Castillo, secretario de Acción Sindical de FECCOO Región de Murcia.
CCOO Enseñanza considera que la normativa europea y la jurisprudencia del Tribunal Supremo avalan nuestras demandas y que los tribunales nos darán la razón frente al trato injusto que se ha dado al colectivo interino por una administración que sabía desde el principio que la exclusión de las interinas e interinos de la carrera profesional contravenía la normativa europea y que, con la connivencia de sus sindicatos afines, sólo ha pretendido ahorrar dinero a costa de los derecho de las trabajadoras y trabajadores de la enseñanza.
El sindicato SIDI también recurrió la recurrió a los tribunales.
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