MADRID.- El Ministerio de Justicia ha diseñado un anteproyecto de ley que obligará a intentar un proceso de mediación antes de acudir a los juzgados
en casos como las separaciones y los divorcios, las sucesiones, el
impago de alquileres o hipotecas o las reclamaciones de cantidades
inferiores a 2.000 euros.
Según el anteproyecto, que llegará al Consejo de Ministros la próxima semana, el objetivo es fomentar la resolución extrajudicial de conflictos en materia civil y mercantil,
tras comprobar que la norma que se aprobó en 2012 para implantar ese
modelo con carácter voluntario no ha tenido el impacto esperado.
La mediación, un proceso en el que interviene un profesional neutral,
se planteó a nivel europeo como alternativa al sistema judicial
tradicional para resolver determinados asuntos de forma más eficaz, ágil
y barata, pero la figura sigue siendo desconocida y continúa la tendencia a judicializar los conflictos.
Lo que se quiere ahora es establecer una "obligatoriedad mitigada", es decir, que sea obligatorio para las partes acudir a una sesión de mediación informativa
y de exploración antes de interponer algunas demandas, o cuando el juez
lo considere conveniente en el transcurso de un proceso.
Se deja a iniciativa del demandante proponer al mediador, pero se
articula también un mecanismo para designar otro en el caso de que la
parte contraria lo rechace; y si tras la primera sesión se acepta
iniciar el proceso, éste no podrá durar más de tres meses.
La obligatoriedad se establecerá para conflictos surgidos en
relaciones personales o comerciales sostenidas en el tiempo, en las que
existen vínculos que las partes pueden querer preservar de alguna forma, como los procedimientos matrimoniales.
Pero en ningún caso, subrayan las fuentes consultadas, se obligará a probar la mediación si se ha instruido un procedimiento previo por violencia de género; y si el mediador observa a lo largo del proceso indicios de delito en ese sentido, deberá poner fin al mismo.
Por eso, además de incluir una asignatura obligatoria sobre mediación
en los grados de Derechos, se prevé que en la formación específica de
los mediadores haya un módulo de igualdad y detección de violencia de género.
Según los planes de Justicia, la ley no entraría en vigor hasta tres años después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado
para dar tiempo no solo a cambiar los planes formativos, sino también a
difundir las reformas y fomentar la presencia de mediadores en todos
los partidos judiciales.
Además de en las separaciones y divorcios y los procedimientos sobre
la guardia y custodia de los hijos menores o prestaciones para ellos,
sería obligatorio intentar la mediación en los conflictos por derechos reales entre vecinos o herederos, la división de patrimonios, las sucesiones, la propiedad horizontal y los arrendamientos.
En el anteproyecto se apuesta también por obligar a probar la
mediación en asuntos en los que la discrecionalidad del juez es elevada,
como las indemnizaciones por negligencia profesional o los contratos de
obras; y en las reclamaciones entre particulares por cantidades inferiores a 2.000 euros que no sean casos de consumo, ya que el coste del juicio podría ser superior al valor de la demanda.
Someterse a la mediación, insisten las fuentes, seguirá siendo voluntario: solo se obligará a una "sesión informativa",
en la que el mediador explicará el procedimiento, y una "sesión
exploratoria" -que puede celebrarse junto a la primera-, en la que se
expondrá los ejes del conflicto y el mediador podrá evaluar junto a las
partes la idoneidad de iniciar un procedimiento que evite el juzgado.
La reunión con el mediador, a la que se tendrá que acudir personalmente, deberá celebrarse en los seis meses anteriores a la presentación de una demanda.
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