MURCIA.- El juzgado de Instrucción nº 3 de
Caravaca de la Cruz deberá explicar las causas por las que decidió en
junio de 2016 declarar compleja la investigación de una pieza separada
del caso El Roblecillo de presunta corrupción urbanística, dispone un
auto de la Audiencia Provincial.
La resolución indica que la juez no
explicó «mínimamente» los motivos por los que tomó esa decisión a
petición del fiscal, por lo que deberá redactar otro auto en el que se
motive suficientemente esa ampliación del plazo de investigación desde
los 6 hasta los 18 meses.
El
acuerdo de la Audiencia estima el recurso del letrado murciano Raúl
Pardo-Geijo Ruiz, defensor de uno de los investigados, la abogada María
Isabel García, al que se adhirieron los otros cinco imputados en esta
pieza separada, entre ellos, el exalcalde de Caravaca de la Cruz Domingo
Aranda y el exconcejal de Urbanismo Amador López, ambos del PP.
La pieza trata de determinar si se pudo cometer un delito de falsificación de documento público con la emisión de un informe por parte de una asesoría jurídica que amparaba la legalidad del plan parcial urbanístico aprobado por el ayuntamiento para la recalificación de la finca El Roblecillo, que pasaba de terreno protegido a urbanizable.
El abogado defensor alegó en su recurso de apelación que esa falta de motivación del auto del juzgado instructor generaba indefensión al no figurar en él qué naturaleza tenían los hechos objeto de investigación, qué circunstancias de las previstas en la ley concurrían en este caso para declarar la causa compleja ni qué diligencias se iban a practicar para la instrucción.
La pieza trata de determinar si se pudo cometer un delito de falsificación de documento público con la emisión de un informe por parte de una asesoría jurídica que amparaba la legalidad del plan parcial urbanístico aprobado por el ayuntamiento para la recalificación de la finca El Roblecillo, que pasaba de terreno protegido a urbanizable.
El abogado defensor alegó en su recurso de apelación que esa falta de motivación del auto del juzgado instructor generaba indefensión al no figurar en él qué naturaleza tenían los hechos objeto de investigación, qué circunstancias de las previstas en la ley concurrían en este caso para declarar la causa compleja ni qué diligencias se iban a practicar para la instrucción.
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