MURCIA.- La Sala de lo Contencioso del Tribunal
Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha confirmado el auto
de un Juzgado de esta ciudad que acordó, como medida cautelar, dejar en
suspenso la resolución del ayuntamiento de reducir de 15 a 10 el número
de mesas que tenía autorizado una cafetería del Paseo Alfonso X el
Sabio.
La sentencia desestima
así el recurso presentado por una comunidad de propietarios de la zona y
por el propio ayuntamiento, que consideraron acertada la medida
acordada por la tenencia de alcaldía de Modernización de la
Administración, Calidad Urbana y Participación en diciembre de 2015.
El
acuerdo contenía no solo la citada reducción de las mesas autorizadas,
sino que se establecía una nueva ubicación de las 10 que se permitían a
partir de entonces.
Dice la
Sala que a la hora de acordar la suspensión de un acuerdo de la
administración se han de ponderar los intereses en conflicto, en este
caso, el de la propiedad de la cafetería y el interés general de los
ciudadanos.
Y concluye, como
hizo el Juzgado de lo Contencioso en el auto apelado, en que el mismo
está bien fundamentado, sin que los apelantes hayan aportado prueba
alguna en sus recursos que aconsejen su revocación.
Y
añade que aunque se trata de una zona de especial protección acústica,
los vecinos "están casi obligados" en horario diurno a los ruidos, que
en los últimos meses se han visto incrementados con motivo de las obras
que se llevan a cabo en el citado Paseo.
Comenta
también el TSJ que los apelantes "no han acreditado molestias en
horario nocturno de suficiente entidad que pudiesen impedir su derecho
al descanso y que provengan de esta cafetería.
La
Sala no accede tampoco a atender la solicitud que de forma subsidiaria
solicitó la parte apelante en su momento, "tendente a disminuir el ruido
en la zona en horario nocturno".
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