MURCIA.- El juzgado de Instrucción nº 9 de
Murcia ha archivado hoy la querella interpuesta por la mercantil Inmonuar S.L. contra el expresidente Ramón Luis Valcárcel,
el exconsejero de Agricultura Antonio Cerdá y una decena de ex altos
cargos del Ejecutivo regional por una supuesta «trama piramidal» de
corrupción urbanística liderada por el
expresidente regional Ramón Luis Valcárcel, para la recalificación
ilegal de unos 180 millones de metros cuadrados en la Región.
La querella iba también dirigida contra doce altos cargos de los gobiernos de Valcárcel, entre los que se encontraban los exconsejeros Antonio Cerdá, Joaquín Bascuñana, Fernando de la Cierva y José Ballesta.
El procedimiento fue abierto a raíz de una denuncia del abogado gallego Manuel Núñez Arias (en la imagen), que responsabilizaba a Valcárcel y a miembros de su equipo de gobierno de la recalificación de 180 millones de metros cuadrados de terrenos rústicos en 26 municipios de la Región que se acogieron al convenio con el Ente Público del Agua.
Según relata la resolución, el letrado que la presentaba decía ser perjudicado.
Esta causa es independiente de la investigación abierta a raíz de una denuncia de la Fiscalía por los contratos firmados por el Ente Público del Agua con la empresa del grupo ACS que construyó la desaladora de Escombreras cuando Antonio Cerdá era consejero de Agricultura, que ha dado lugar a varios registros policiales en la planta y en la sociedad pública dependiente de la Comunidad Autónoma que la tiene alquilada y por la que paga unos 17 millones anuales.
El denunciante argumentaba que los consistorios intentaban sortear el precepto de la Ley de Aguas que impedía aprobar nuevos desarrollos urbanísticos sin el informe favorable de la Confederación Hidrográfica del Segura aduciendo que contaban con los caudales de la desaladora de Escombreras.
El Fiscal, en dictamen de 2016, entendió que la única materia que podría tener entidad penal y debía ser indagada era determinar si con la creación del Ente Público del Agua se trató de eludir por parte del Gobierno regional el obligatorio dictamen de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) en cuanto a la existencia de los recursos hídricos necesarios para el desarrollo del planeamiento urbanístico.
“En definitiva, si el dictamen del EPA podría sustituir al de la CHS, orillando así los inconvenientes que el organismo de cuenca pudiera oponer”.
La magistrada, de acuerdo con la petición de la fiscal, decreta el sobreseimiento provisional de la causa, que se anunciaba «como causa general contra la corrupción urbanística en la Región de Murcia».
Considera que «no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que procede decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones»
Según relata la resolución, el querellante pretendía que se instruyera en el mismo procedimiento la creación de la desaladora de Escombreras, la causa conocida como Novo Carthago y el aeropuerto de Corvera.
Con esta resolución se archivan las últimas actuaciones relativas a este procedimiento, una vez que todas las peticiones de acumulación fueron rechazadas al inicio del procedimiento por carecer de conexión, en el caso del aeropuerto, y por existir procedimientos en marcha en los otros dos casos.
E igualmente, se rechaza la condición de perjudicado del querellante, señor Núñez.
En su resolución recuerda que el fiscal, en dictamen de 2016, entendió que la única materia que podría tener entidad penal y debía ser indagada sería determinar si con la creación del Ente Público del Agua se trató de eludir por parte del Gobierno regional el obligatorio dictamen de la Confederación Hidrográfica en cuanto a la existencia de los recursos hídricos necesarios para el desarrollo del planeamiento urbanístico.
"En definitiva, si el dictamen del Ente Público del Agua podría sustituir al de la CHS, orillando así los inconvenientes que el organismo de cuenca pudiera oponer".
Concluye que, como recoge tras un análisis detallado el informe fiscal, transcrito en el auto de archivo, «de los 26 municipios que suscribieron el convenio con el Ente Público del Agua fácilmente se puede comprobar que en ningún caso el convenio suplió el informe de la CHS, siendo lo cierto que el mismo informe prestado por la CHS fue interpretado de distinta manera en cada uno de los PGOU en que se prestó».
La querella iba también dirigida contra doce altos cargos de los gobiernos de Valcárcel, entre los que se encontraban los exconsejeros Antonio Cerdá, Joaquín Bascuñana, Fernando de la Cierva y José Ballesta.
El procedimiento fue abierto a raíz de una denuncia del abogado gallego Manuel Núñez Arias (en la imagen), que responsabilizaba a Valcárcel y a miembros de su equipo de gobierno de la recalificación de 180 millones de metros cuadrados de terrenos rústicos en 26 municipios de la Región que se acogieron al convenio con el Ente Público del Agua.
Según relata la resolución, el letrado que la presentaba decía ser perjudicado.
Esta causa es independiente de la investigación abierta a raíz de una denuncia de la Fiscalía por los contratos firmados por el Ente Público del Agua con la empresa del grupo ACS que construyó la desaladora de Escombreras cuando Antonio Cerdá era consejero de Agricultura, que ha dado lugar a varios registros policiales en la planta y en la sociedad pública dependiente de la Comunidad Autónoma que la tiene alquilada y por la que paga unos 17 millones anuales.
El denunciante argumentaba que los consistorios intentaban sortear el precepto de la Ley de Aguas que impedía aprobar nuevos desarrollos urbanísticos sin el informe favorable de la Confederación Hidrográfica del Segura aduciendo que contaban con los caudales de la desaladora de Escombreras.
El Fiscal, en dictamen de 2016, entendió que la única materia que podría tener entidad penal y debía ser indagada era determinar si con la creación del Ente Público del Agua se trató de eludir por parte del Gobierno regional el obligatorio dictamen de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) en cuanto a la existencia de los recursos hídricos necesarios para el desarrollo del planeamiento urbanístico.
“En definitiva, si el dictamen del EPA podría sustituir al de la CHS, orillando así los inconvenientes que el organismo de cuenca pudiera oponer”.
La magistrada, de acuerdo con la petición de la fiscal, decreta el sobreseimiento provisional de la causa, que se anunciaba «como causa general contra la corrupción urbanística en la Región de Murcia».
Considera que «no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que procede decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones»
Según relata la resolución, el querellante pretendía que se instruyera en el mismo procedimiento la creación de la desaladora de Escombreras, la causa conocida como Novo Carthago y el aeropuerto de Corvera.
Con esta resolución se archivan las últimas actuaciones relativas a este procedimiento, una vez que todas las peticiones de acumulación fueron rechazadas al inicio del procedimiento por carecer de conexión, en el caso del aeropuerto, y por existir procedimientos en marcha en los otros dos casos.
E igualmente, se rechaza la condición de perjudicado del querellante, señor Núñez.
En su resolución recuerda que el fiscal, en dictamen de 2016, entendió que la única materia que podría tener entidad penal y debía ser indagada sería determinar si con la creación del Ente Público del Agua se trató de eludir por parte del Gobierno regional el obligatorio dictamen de la Confederación Hidrográfica en cuanto a la existencia de los recursos hídricos necesarios para el desarrollo del planeamiento urbanístico.
"En definitiva, si el dictamen del Ente Público del Agua podría sustituir al de la CHS, orillando así los inconvenientes que el organismo de cuenca pudiera oponer".
Concluye que, como recoge tras un análisis detallado el informe fiscal, transcrito en el auto de archivo, «de los 26 municipios que suscribieron el convenio con el Ente Público del Agua fácilmente se puede comprobar que en ningún caso el convenio suplió el informe de la CHS, siendo lo cierto que el mismo informe prestado por la CHS fue interpretado de distinta manera en cada uno de los PGOU en que se prestó».
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