MURCIA.- La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia no admitió, por defectos formales,
el recurso que el Sindicato de Enfermería presentó contra la resolución
del Servicio Murciano de Salud sobre retribuciones del personal
estatutario.
La sentencia señaló que la desestimación se
debe a que, según los estatutos del citado Sindicato, la facultad de
instar el emprendimiento de acciones judiciales está atribuida al Comité
Ejecutivo.
Y añadió que "no se acredita que la decisión de interponer el recurso se haya adoptado por el órgano competente, por lo que el recurso resulta inadmisible".
Este fue entablado contra la resolución de la Consejería de Sanidad que, a su vez, desestimó el recurso formulado contra la resolución del Servicio Murciano de Salud de abril de 2014 sobre retribuciones del personal estatutario del mismo.
Esta
organización sindical reclamó que todas las enfermeras especialistas
contaran con un nivel 22 de complemento de destino, no solo las
matronas, y que no existiera la limitación de sustituciones que se
recogía en uno de los apartados de la resolución.
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