TOTANA.- El alcalde comunista de Totana, Juan José Cánovas, de Ganar Totana-IU, intenta sacar adelante un PGMO sin otros apoyos políticos por menospeciar públicamente las posiciones de PP, C's y PSOE al respecto mientras apenas le quedan seis meses en el cargo en virtud del pacto de progreso suscrito tras las elecciones municipales de 2015 con otras formaciones presentes en el Consistorio.
"Observo a personajes que mientras el Proyecto del Plan General de
Totana iba evolucionando, gracias al diálogo y al compromiso de mucha
gente, ellos se quedaron en 2007, con los rencores y vendettas
pendientes de saldar. Mientras, otros hicimos un esfuerzo por mirar
adelante y transformar un documento rechazable, por otro mucho más
adecuado para nuestro pueblo, aunque siga siendo imperfecto y con mucho
por mejorar todavía", ha dicho esta mañana.
"Este Plan no es el Plan General corrupto de entonces. A este Plan se le
ha caído mucho lastre en el camino y han mejorado otros apartados
importantes", añadió.
"Ahora, tras la publicación en el BORM, habrá un periodo de alegaciones.
Yo aconsejaría que las personas se informen antes de firmar alegaciones
en aras al rigor que debe regirnos los actos jurídicos u opiniones.
Después de informarse, si lo consideran, deben presentar alegaciones con
toda la legitimidad del mundo", prosiguió.
"A continuación, expongo algunas razones por la que Ganar Totana, que
ha estado en el diálogo, considera que Totana debe tener un Plan General
y las características del aprobado anoche":
1. El PGMO lleva 12 años de tramitación y es muy necesario finalizar este ciclo.
2.
Eliminar la inseguridad jurídica y atraer inversiones. Otros
Ayuntamientos con el PGOU aprobado nos están "comiendo el terreno".
3.
Somos el mayor municipio de la Región de Murcia sin PGMO, prácticamente
todos los municipios de nuestro número de habitantes disponen de PGMO.
4.
Estamos funcionando con NN.SS del año 1981 con múltiples
modificaciones. No está adecuado a la legislación actual, provocando
conflictos e inseguridades que sufren los ciudadanos y el desarrollo
económico del municipio. A modo de ejemplo, por no disponer de PGMO la
superficie mínima para poder construir una vivienda en el suelo no
urbanizable de NNSS (el cual ocupa casi todo el término municipal), es
de 20.000 m2, incluidas las zonas en que las NNSS determinen una
superficie inferior, 2.500, 5.000, 10.000. Ello supone la práctica
paralización de la construcción de vivienda en el medio rural.
5.
La documentación del PGMO es clara, completa y adecuada a la legislación
vigente, de tal forma que resulta más accesible para la ciudadanía en
general, y soluciona múltiples cuestiones no contempladas en NN.SS.
6.
Posibilita publicar un documento único en la Web Municipal, con toda la
información urbanística unificada. Lo contribuye enormemente en la
planificación de proyectos personales y empresariales así como en la
tramitación de los mismos
7. Contempla la previsión de infraestructuras necesarias para el desarrollo del municipio:
7.1. Encauzamiento de la rambla de Lebor
7.2. Circunvalación Oeste
7.3. Circunvalación Sur
7.4. Ampliación de las carreteras de Las Viñas, la Huerta, La Santa
7.5. Ampliación del camino del polideportivo y solución de puntos conflictivos en caminos municipales.
7.6. Previsión de suelos para implantación de infraestructuras hidráulicas, y de otro tipo.
7.7. Previsión de suelos para la ampliación de la depuradora municipal.
7.8. Incorporación del trazado del AVE.
7.9. Previsión de zonas verdes suficientes para la edificabilidad residencial proyectada.
7.10. Se contempla la ampliación del cementerio municipal.
8. Se establecen las condiciones para que el desarrollo del entorno urbano permita la regeneración del casco urbano.
9. Se prevé el crecimiento del casco con tipologías de edificación adecuadas.
10.
Se incorpora la ordenación del Paretón, sin lo cual se podrían
paralizar las licencias en un casco urbano con más de 1.500 habitantes.
11.
Se adapta la ley del suelo la clasificación urbanística de los núcleos
rurales, posibilitando su ordenación, consolidación y crecimiento.
12. Se protegen los ámbitos de protección específica.
12.1. Espuña.
12.2. Saladares de Guadalentín.
12.3. Sierra de La Tercia.
12.4. Llano las Cabras.
13.
Se protegen las zonas montuosas, paisajísticas, etc…; Cabezuelas,
Aguaderas, Sierreica, Cabezo Gordo, Entorno del Llano de las Cabras, Los
Yesares, etc…
14. Se protege la zona agrícola, imprescindible
para garantizar la viabilidad económica del sector productivo más
importante del municipio en estos momentos.
15. Se identifican y actualizan los ámbitos de protección arqueológica y paleontológica; así como los inmuebles catalogados.
16.
Se ordena el suelo industrial del municipio conforme a las directrices
autonómicas, posibilitando el crecimiento y la implantación de nuevas
actividades industriales. Se posibilita la ordenación de las actividades
industriales en los márgenes de la RM-609.
17. Se incorporan medidas para fomento de la actividad comercial, delimitando una amplia zona en el centro del casco urbano.
18. Se posibilita la creación de una zona del ocio en las cercanías del casco urbano.
19. Se posibilita la ordenación – conservación de los huertos a través de la realización de planes especiales.
20.
Se posibilita a través de la disposición transitoria primera de la
normativa la apertura de un periodo para la legalización de las
actividades ganaderas.
21. Se posibilita a través de la
disposición transitoria segunda de la normativa la apertura de un
periodo para la legalización de viviendas unifamiliares aisladas,
construcciones agrícolas y actividades.
22. El PGMO tendrá un efecto positivo sobre las arcas municipales y sobre la economía en general del municipio.
23. Diferencias territoriales respecto del documento de PGMO de 2008
23.1.
Se suprimen amplias zonas de suelo urbanizable, pasando a declararse
como suelo no urbanizable: Raiguero, La Sierra, Los Secanos, Las Viñas,
parte de la zona agrícola al norte y sur de la autovía A-7. Habiendo
pasado el suelo urbanizable residencial no sectorizado de 48.3 millones
de m2 a 17.4 millones de m2.
23.2. Se suprime la mayor parte del
suelo urbanizable sectorizado mediante convenio urbanístico. Habiendo
pasado de 18.7 millones de m2 a 3.5 millones de m2, lo que supone pasar
del 6.48 % del término municipal al 1.24 %. La superficie objeto de
sectorización derivada de la suscripción de convenio urbanístico se ha
reducido en un 81%.
23.3. Se sectoriza el entorno del casco,
programando su crecimiento y generando las dotaciones necesarias para
paliar el déficit del casco urbano.
23.4. Se adecuan las alturas
de los cascos urbanos a las necesidades y posibilidades de éstos en base
a garantizar un desarrollo sostenible.
23.5. Se posibilita
mantener la parcela mínima de la zona de los huertos en 2.500 m2 tal y
como se contemplan en las vigentes NN.SS. Y se amplía la zona de los
huertos hasta la Rambla de los Arcos.
23.6. Se recoge la condición
de suelo urbanizable especial de parte de la zona de la huerta y los
secanos, así como de la zona de los Aramillejos, posibilitando la
edificación en parcelas de 5000 m2 y 2500 en régimen transitorio.
23.7. Se clasifican como suelo no urbanizable inadecuado para preservarlos de desarrollo urbano.
23.8.
Se establece una normativa clara y adaptada a las especificidades del
municipio, que incorpora un régimen de usos acorde a las características
de cada una de las zonas.
23.9. Se reduce la desproporcionada
superficie de suelo urbanizable industrial ajustándola a un ámbito
coherente conforme a las directrices regionales."
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