MURCIA.- El Juzgado de Instrucción de Murcia que
lleva el llamado caso Novo Carthago sobre presunta corrupción urbanística
investigará si el exalcalde socialista de Cartagena, José Antonio Alonso Conesa, y el que
fue concejal de Turismo de la misma corporación, Juan Martínez, actuaron
como mediadores en la compra de terrenos por la empresa Hansa Urbana, y
si recibieron dinero por ello.
Así se recoge en un auto judicial que desestima el recurso que la citada empresa inmobiliaria presentó contra la resolución del anterior instructor del caso, que hace ahora un año, acordó, a propuesta de la Fiscalía Anticorrupción de Murcia, ordenar al funcionario de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), que interviene como perito, que comprobará si entre 2002 y 2007, tanto Alonso como Martínez pudieron recibir algún dinero por parte de la citada empresa.
La resolución judicial que confirma la necesidad de practicar esa diligencia señala que es preciso llevarla a cabo porque cuando el exconcejal declaró ante la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia reconoció haber recibido 270.000 euros por su labor de intermediación.
Así mismo, añade que de las declaraciones del dueño de los terrenos comprados por Hansa Urbana ante la Fiscalía se deducen indicios que podrían apuntar a la supuesta intervención de ambos políticos en la búsqueda de estos terrenos.
El juzgado muestra su sorpresa por que Hansa Urbana, que proyectaba construir 10.000 viviendas, dos campos de golf y dos hoteles de lujo, adquiriera como primera finca unos terrenos que sabía que no eran urbanizables por afectar al espacio natural protegido de Lo Poyo.
El auto, en contra de lo mantenido por la empresa en su recurso, señala que el juzgado de Murcia es competente para investigar estos hechos y no el juzgado de la Audiencia Nacional que tramita el caso Púnica.
Al respecto, añade que en el caso Novo Carthago es competente el juzgado de Murcia "porque los hechos que se investigan se circunscriben a la presunta participación como mediadores que pudieron tener Alonso y Martínez en la venta suscrita en julio de 2002 con la citada empresa".
Por el contrario, la resolución judicial sí ha accedido a otro extremo del recurso de Hansa Urbana en el que pedía la revocación del acuerdo del anterior instructor del caso, también de julio de 2015, por el que se atendía la petición por la Asociación de Naturalistas de Sureste (ANSE) para que por la Intervención General de la CCAA y la dirección general de los servicios jurídicos se valorará la situación de la planta desaladora de Escombreras.
Al dejar sin efecto la practica de esa diligencia, el juzgado señala que lo hace porque ese asunto en concreto ya es cosa juzgada por una providencia que fue dictada en febrero de 2015.
Así se recoge en un auto judicial que desestima el recurso que la citada empresa inmobiliaria presentó contra la resolución del anterior instructor del caso, que hace ahora un año, acordó, a propuesta de la Fiscalía Anticorrupción de Murcia, ordenar al funcionario de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), que interviene como perito, que comprobará si entre 2002 y 2007, tanto Alonso como Martínez pudieron recibir algún dinero por parte de la citada empresa.
La resolución judicial que confirma la necesidad de practicar esa diligencia señala que es preciso llevarla a cabo porque cuando el exconcejal declaró ante la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia reconoció haber recibido 270.000 euros por su labor de intermediación.
Así mismo, añade que de las declaraciones del dueño de los terrenos comprados por Hansa Urbana ante la Fiscalía se deducen indicios que podrían apuntar a la supuesta intervención de ambos políticos en la búsqueda de estos terrenos.
El juzgado muestra su sorpresa por que Hansa Urbana, que proyectaba construir 10.000 viviendas, dos campos de golf y dos hoteles de lujo, adquiriera como primera finca unos terrenos que sabía que no eran urbanizables por afectar al espacio natural protegido de Lo Poyo.
El auto, en contra de lo mantenido por la empresa en su recurso, señala que el juzgado de Murcia es competente para investigar estos hechos y no el juzgado de la Audiencia Nacional que tramita el caso Púnica.
Al respecto, añade que en el caso Novo Carthago es competente el juzgado de Murcia "porque los hechos que se investigan se circunscriben a la presunta participación como mediadores que pudieron tener Alonso y Martínez en la venta suscrita en julio de 2002 con la citada empresa".
Por el contrario, la resolución judicial sí ha accedido a otro extremo del recurso de Hansa Urbana en el que pedía la revocación del acuerdo del anterior instructor del caso, también de julio de 2015, por el que se atendía la petición por la Asociación de Naturalistas de Sureste (ANSE) para que por la Intervención General de la CCAA y la dirección general de los servicios jurídicos se valorará la situación de la planta desaladora de Escombreras.
Al dejar sin efecto la practica de esa diligencia, el juzgado señala que lo hace porque ese asunto en concreto ya es cosa juzgada por una providencia que fue dictada en febrero de 2015.
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