MADRID.- El Tribunal Supremo ha acordado este martes abrir una
investigación penal a la jueza y diputada de Podemos, la murciana Victoria Rosell, por los presuntos delitos
de retardo malicioso en la administración de justicia, prevaricación y
cohecho.
La Sala Penal del Alto Tribunal admite así parcialmente la querella que interpuso el ex ministro José Manuel Soria contra la juez en excedencia. El Tribunal inadmite por contra los delitos de injurias y calumnias que figuraban en la querella. Rosell afirmó que la investigación que le había abierto la Fiscalía era "un intento" del entonces ministro de acabar "con un rival político". El Supremo estima que esas palabras estaban amparadas por la libertad de expresión, que prevalece sobre el honor o dignidad cuando los afectados son titulares de cargos públicos.
De esta forma, la investigación a la candidata de Podemos a ministra de Justicia se centrará en su actuación durante su etapa como responsable del juzgado de instrucción nº 8 de Las Palmas. Más en concreto, en cómo actuó en la causa en la que mantenía imputado a un empresario que, según las investigaciones, hacía negocios con la pareja sentimental de la juez.
Los magistrados explican en su auto de admisión que el juez instructor deberá ahora investigar si la demora en la tramitación "estuvo relacionada con el deseo de favorecer las relaciones comerciales entre Carlos Sosa -persona con la que la señora Rosell convive y mantiene una relación afectiva y el imputado en aquellas diligencias, Miguel Ángel Ramirez".
El auto, del que ha sido ponente el presidente de la Sala, Manuel Marchena, explica que la fase de investigación que ahora comienza deberá dilucidar si las distintas resoluciones dictadas en el marco de aquellas diligencias, más allá de su cobertura formal, incluso de su aparente procedencia, "no eran sino el vehículo para la consecución del objetivo de la señora Rosell, que según él querellante, buscaba enriquecer a su pareja".
En definitiva, según la Sala, se trata "de afirmar o excluir si bajo la dilatada tramitación de aquel proceso se escondía un distanciamiento tal del principio de imparcialidad que las decisiones adoptadas no habrían sido sino una coartada llamada a camuflar el irreparable quebranto de los principios y deberes estatuarios que legitiman el ejercicio de la función jurisdiccional".
La decisión de la Sala se ha basado, además de en la querella, en los documentos solicitados por la Sala el pasado día 13, cuando rechazó la petición de la Fiscalía de archivar la querella. En particular, el Supremo ha valorado el informe sobre la tramitación de la causa elaborado por el magistrado que sustituyó a Rosell en el juzgado de Las Palmas. También la reciente declaración del empresario imputado, Miguel Ángel Ramírez, en la que se daba cuenta de los negocios con la pareja de Rosell.
"Analizados los documentos remitidos a esta Sala, los hechos que se imputan exigen ser investigados con el fin de esclarecer su verdadero alcance", dicen los magistrados.
El Supremo también ha contado con el informe remitido por el promotor de la Acción Disciplinaria, que investigó para el CGPJ la actuación de la juez. Esas investigación fue archivada, algo que según el Supremo no supone ningún "obstáculo" para emprender una investigación penal. Entre otros motivos, porque ese archivo -que aún no es firme- no pudo tener en cuenta las últimas revelaciones del empresario. En su última comparecencia, el imputado explicó que sus negocios con la pareja de Rosell no han sido sólo posteriores a la salida de esta del juzgado, sino que venían de tiempo atrás y abarcaban el periodo en el que Rosell era la instructora del caso.
Los pagos del empresario a la pareja de la juez en ese periodo son los que supondrían un delito de cohecho. Las resoluciones injustas que habría dictado la juez en favor del empresario supondrían la prevaricación.
Ahora la investigación pasa a manos del magistrado designado como instructor, Juan Ramón Berdugo. Será él quien acuerde las diligencias que estime necesarias. Entre ellas, la de llamar a declarar a Rosell en calidad de investigada, nueva denominación legal para imputada.
El juez sustituto envió al Supremo un informe muy crítico con Rosell
El ahora juez sustituto de Instrucción nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria, Salvador Alba, habría remitido días atrás a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo un contundente informe sobre la actuación de la juez en excedencia y diputada de Podemos, la murciana Victoria Rosell, que le precedió en este órgano, en el que da cuenta del retraso "evidente e inexplicable" el sufrido por una investigación que ésta inició contra el presidente de la UD Las Palmas Miguel Ángel Ramírez, a pesar de contar con juez de apoyo en esos momentos.
La Sala Penal del Alto Tribunal admite así parcialmente la querella que interpuso el ex ministro José Manuel Soria contra la juez en excedencia. El Tribunal inadmite por contra los delitos de injurias y calumnias que figuraban en la querella. Rosell afirmó que la investigación que le había abierto la Fiscalía era "un intento" del entonces ministro de acabar "con un rival político". El Supremo estima que esas palabras estaban amparadas por la libertad de expresión, que prevalece sobre el honor o dignidad cuando los afectados son titulares de cargos públicos.
De esta forma, la investigación a la candidata de Podemos a ministra de Justicia se centrará en su actuación durante su etapa como responsable del juzgado de instrucción nº 8 de Las Palmas. Más en concreto, en cómo actuó en la causa en la que mantenía imputado a un empresario que, según las investigaciones, hacía negocios con la pareja sentimental de la juez.
Los magistrados explican en su auto de admisión que el juez instructor deberá ahora investigar si la demora en la tramitación "estuvo relacionada con el deseo de favorecer las relaciones comerciales entre Carlos Sosa -persona con la que la señora Rosell convive y mantiene una relación afectiva y el imputado en aquellas diligencias, Miguel Ángel Ramirez".
El auto, del que ha sido ponente el presidente de la Sala, Manuel Marchena, explica que la fase de investigación que ahora comienza deberá dilucidar si las distintas resoluciones dictadas en el marco de aquellas diligencias, más allá de su cobertura formal, incluso de su aparente procedencia, "no eran sino el vehículo para la consecución del objetivo de la señora Rosell, que según él querellante, buscaba enriquecer a su pareja".
En definitiva, según la Sala, se trata "de afirmar o excluir si bajo la dilatada tramitación de aquel proceso se escondía un distanciamiento tal del principio de imparcialidad que las decisiones adoptadas no habrían sido sino una coartada llamada a camuflar el irreparable quebranto de los principios y deberes estatuarios que legitiman el ejercicio de la función jurisdiccional".
La decisión de la Sala se ha basado, además de en la querella, en los documentos solicitados por la Sala el pasado día 13, cuando rechazó la petición de la Fiscalía de archivar la querella. En particular, el Supremo ha valorado el informe sobre la tramitación de la causa elaborado por el magistrado que sustituyó a Rosell en el juzgado de Las Palmas. También la reciente declaración del empresario imputado, Miguel Ángel Ramírez, en la que se daba cuenta de los negocios con la pareja de Rosell.
"Analizados los documentos remitidos a esta Sala, los hechos que se imputan exigen ser investigados con el fin de esclarecer su verdadero alcance", dicen los magistrados.
El Supremo también ha contado con el informe remitido por el promotor de la Acción Disciplinaria, que investigó para el CGPJ la actuación de la juez. Esas investigación fue archivada, algo que según el Supremo no supone ningún "obstáculo" para emprender una investigación penal. Entre otros motivos, porque ese archivo -que aún no es firme- no pudo tener en cuenta las últimas revelaciones del empresario. En su última comparecencia, el imputado explicó que sus negocios con la pareja de Rosell no han sido sólo posteriores a la salida de esta del juzgado, sino que venían de tiempo atrás y abarcaban el periodo en el que Rosell era la instructora del caso.
Los pagos del empresario a la pareja de la juez en ese periodo son los que supondrían un delito de cohecho. Las resoluciones injustas que habría dictado la juez en favor del empresario supondrían la prevaricación.
Ahora la investigación pasa a manos del magistrado designado como instructor, Juan Ramón Berdugo. Será él quien acuerde las diligencias que estime necesarias. Entre ellas, la de llamar a declarar a Rosell en calidad de investigada, nueva denominación legal para imputada.
El juez sustituto envió al Supremo un informe muy crítico con Rosell
El ahora juez sustituto de Instrucción nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria, Salvador Alba, habría remitido días atrás a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo un contundente informe sobre la actuación de la juez en excedencia y diputada de Podemos, la murciana Victoria Rosell, que le precedió en este órgano, en el que da cuenta del retraso "evidente e inexplicable" el sufrido por una investigación que ésta inició contra el presidente de la UD Las Palmas Miguel Ángel Ramírez, a pesar de contar con juez de apoyo en esos momentos.
El escrito responde a una petición que le realizó el alto tribunal el pasado día 13 para que informara sobre las "vicisitudes e incidencias que hayan podido afectar a la duración del proceso"
contra Ramírez en el marco de una querella presentada por el ahora muy cuestionado exministro
de Industria, José Manuel Soria, contra la juez en excedencia.
La
petición la adoptó el alto tribunal con carácter previo a resolver si
admite o no a trámite la querella interpuesta por Soria contra Rosell
por los delitos de calumnias, injurias, prevaricación judicial, retardo
malicioso en la administración de justicia y cohecho al entender que la
diputada de Podemos pudo favorecer a Ramírez, con el que su pareja, el
periodista Carlos Sosa, negociaba la compra de una emisora de radio por
cerca de 300.000 euros.
En el
informe, Alba concluye que "NO
-las mayúsculas son del juez de Las Palmas- ha habido ninguna incidencia
que explique la falta de impulso procesal , de práctica de diligencias de instrucción
durante más de un año , y si se ha de destacar alguna incidencia es la
de la existencia de dos jueces de instrucción durante la tramitación de
gran parte de este procedimiento lo que hace difícilmente explicable su
duración" .
Alba también apunta que en los últimos cinco meses, desde que él se hizo cargo del asunto y sin contar ya con un juez de refuerzo que él ha visto innecesario, ha debido dar impulso al procedimiento contra Ramírez -abierto por delitos fiscales y contra la seguridad social- y resolver diligencias que llevaban casi dos años paralizadas por Rosell, como sobre la fianza solicitada por la acusación, diversas pruebas periciales y tomas de declaración a investigados, e incluso la incorporación de documentos contables de todos los años a los que se refiere la investigación.
"Y ello, compatibilizando el cargo de juez de instrucción con el destino del que soy titular en la Audiencia Provincial de Las Palmas", subraya el juez Alba, que destaca que a lo largo de todo un año, entre julio de 2014 y el mismo mes de 2015, Rosell únicamente dictó un auto relativo a esta causa, que resolvía un recurso interpuesto por el ministerio fiscal en abril del año anterior.
"Ello pese a existir escritos de ampliación de querella, solicitud de fianza , recurso de reforma pendiente , diligencias pendientes solicitadas por las partes , informes de la policía que deberían haber sido objeto de análisis y estudio , y se unieron al procedimiento sin sello ni registro alguno , ignorando la fecha en que ello se produjo, y destacando las sucesivas peticiones de impulso procesal".
Según apunta el juez en su demoledor informe, esta paralización en el tiempo coincide con el periodo previo a la incoación de diligencias preprocesales de la Fiscalía de Las Palmas, incoadas a raíz de denuncia anónima en la que constaba un contrato suscrito a finales del mes de octubre de 2015 entre Carlos Sosa Báez, pareja de María Victoria Rosell, y la Unión Deportiva Las Palmas , por el que aquél alquilaba una licencia de radio para que la emisora de la entidad deportiva pudiera seguir emitiendo . Se trata del contrato que se cifró en unos 300.000 euros.
Añade que la declaración de Miguel Angel Ramírez como investigado, ordenada por este magistrado que suscribe a la vista de la información contable aportada a la causa, del informe patrimonial realizado por la Agencia Tributaria y por la petición de la acusación particular de dirigir la imputación frente al Grupo Ralons, aporta numerosos datos sobre las relaciones comerciales existentes entre Carlos Sosa Baez ( a través de Virtual Press, Canarias Ahora, o Clan de Medios de Comunicación y Marketing ) y Grupo Ralons y que han existido durante años.
Alba también informa al Supremo de "las presiones en medios de comunicación y redes sociales" tras saltar a la luz este asunto, y apunta además que, fuera de la investigación a Ramírez "no se han detectado en otros procedimientos de este Juzgado, en los que se ha observado clara diligencia en el traslado de documentación a las partes, notificaciones, y desde luego celeridad en su tramitación".
Alba relata en su informe que tomó posesión del juzgado el pasado 30 de octubre "en calidad de sustituto profesional voluntario", ya que sigue siendo magistrado en la Audiencia Provincial, y que prescindió del juez de refuerzo al comprobar que su trabajo no redundaba en la reducción de la pendencia del órgano por el que había designado.
La causa contra Miguel Ángel Ramírez y la empresa Seguridad Integral Canaria S.L. se admitió a trámite el 28 de enero de 2014 por delitos fiscales y contra la seguridad social y en opinión del juez Alba "no reviste excesiva complejidad". El fondo del asunto es que la citada sociedad declaraba las horas extraordinarias de sus vigilantes de seguridad como dietas, disfrutando con ello de una exención por las mismas.
Entre las irregularidades cometidas por Rosell durante el tiempo en el que entendió de este asunto, su juez sustituto apunta la no imposición de una fianza a los investigados para responder de las eventuales responsabilidades pecuniarias, que fue solicitada en abril de 2014 y que finalmente impuso él mismo en diciembre, primero por 35 millones de euros y reduciéndola más tarde a los 17 millones. Se presentaron hasta siete escritos por las partes solicitando esta medida, que Rosell no resolvió.
Otra diligencia que Rosell no practicó fue la petición a la Agencia Tributaria, instada por la Fiscalía, en abril de 2014, para que aportara documentos que interesaban a la acusación. Curiosamente, Alba apunta que estos papeles le fueron aportados a él mismo voluntariamente por los investigados. Considera que de la resolución de dicho asunto "dependía en gran parte la tramitación de las presentes diligencias".
Un último asunto que apunta el juez Alba es el hecho de que la juez no diera traslado a las partes, de un 'pendrive' con información sobre las dietas de los trabajadores que le fue aportado por la Policía en febrero de 2014, que al llegar Alba al juzgado "no había sido ni siquiera abierto".
Rosell incluyó la existencia de este 'pendrive' al sumario mediante una providencia dictada el 30 de julio de 2014 que no se notificó a las partes ni al Fiscal pero que sí apareció en los medios de comunicación vinculados a Sosa (Canarias Ahora) una vez la prensa se hizo eco de que dicha documentación no había sido proveía. Esta circunstancia fue puesta por Alba en conocimiento del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que archivó el expediente abierto a Rosell al no hallar en su actuación tacha disciplinaria.
Este informe del juez Alba fue solicitado por la Sala de lo Penal para "recabar una mínima relación de documentos que permita fundamentar adecuadamente la resolución que sirva de desenlace a la querella" presentada por el exministro José Manuel Soria, cuya defensa se ofreció a personarse en la causa como acusación popular para salvar su falta de legitimación.
Alba también apunta que en los últimos cinco meses, desde que él se hizo cargo del asunto y sin contar ya con un juez de refuerzo que él ha visto innecesario, ha debido dar impulso al procedimiento contra Ramírez -abierto por delitos fiscales y contra la seguridad social- y resolver diligencias que llevaban casi dos años paralizadas por Rosell, como sobre la fianza solicitada por la acusación, diversas pruebas periciales y tomas de declaración a investigados, e incluso la incorporación de documentos contables de todos los años a los que se refiere la investigación.
"Y ello, compatibilizando el cargo de juez de instrucción con el destino del que soy titular en la Audiencia Provincial de Las Palmas", subraya el juez Alba, que destaca que a lo largo de todo un año, entre julio de 2014 y el mismo mes de 2015, Rosell únicamente dictó un auto relativo a esta causa, que resolvía un recurso interpuesto por el ministerio fiscal en abril del año anterior.
"Ello pese a existir escritos de ampliación de querella, solicitud de fianza , recurso de reforma pendiente , diligencias pendientes solicitadas por las partes , informes de la policía que deberían haber sido objeto de análisis y estudio , y se unieron al procedimiento sin sello ni registro alguno , ignorando la fecha en que ello se produjo, y destacando las sucesivas peticiones de impulso procesal".
Según apunta el juez en su demoledor informe, esta paralización en el tiempo coincide con el periodo previo a la incoación de diligencias preprocesales de la Fiscalía de Las Palmas, incoadas a raíz de denuncia anónima en la que constaba un contrato suscrito a finales del mes de octubre de 2015 entre Carlos Sosa Báez, pareja de María Victoria Rosell, y la Unión Deportiva Las Palmas , por el que aquél alquilaba una licencia de radio para que la emisora de la entidad deportiva pudiera seguir emitiendo . Se trata del contrato que se cifró en unos 300.000 euros.
Añade que la declaración de Miguel Angel Ramírez como investigado, ordenada por este magistrado que suscribe a la vista de la información contable aportada a la causa, del informe patrimonial realizado por la Agencia Tributaria y por la petición de la acusación particular de dirigir la imputación frente al Grupo Ralons, aporta numerosos datos sobre las relaciones comerciales existentes entre Carlos Sosa Baez ( a través de Virtual Press, Canarias Ahora, o Clan de Medios de Comunicación y Marketing ) y Grupo Ralons y que han existido durante años.
Alba también informa al Supremo de "las presiones en medios de comunicación y redes sociales" tras saltar a la luz este asunto, y apunta además que, fuera de la investigación a Ramírez "no se han detectado en otros procedimientos de este Juzgado, en los que se ha observado clara diligencia en el traslado de documentación a las partes, notificaciones, y desde luego celeridad en su tramitación".
Alba relata en su informe que tomó posesión del juzgado el pasado 30 de octubre "en calidad de sustituto profesional voluntario", ya que sigue siendo magistrado en la Audiencia Provincial, y que prescindió del juez de refuerzo al comprobar que su trabajo no redundaba en la reducción de la pendencia del órgano por el que había designado.
La causa contra Miguel Ángel Ramírez y la empresa Seguridad Integral Canaria S.L. se admitió a trámite el 28 de enero de 2014 por delitos fiscales y contra la seguridad social y en opinión del juez Alba "no reviste excesiva complejidad". El fondo del asunto es que la citada sociedad declaraba las horas extraordinarias de sus vigilantes de seguridad como dietas, disfrutando con ello de una exención por las mismas.
Entre las irregularidades cometidas por Rosell durante el tiempo en el que entendió de este asunto, su juez sustituto apunta la no imposición de una fianza a los investigados para responder de las eventuales responsabilidades pecuniarias, que fue solicitada en abril de 2014 y que finalmente impuso él mismo en diciembre, primero por 35 millones de euros y reduciéndola más tarde a los 17 millones. Se presentaron hasta siete escritos por las partes solicitando esta medida, que Rosell no resolvió.
Otra diligencia que Rosell no practicó fue la petición a la Agencia Tributaria, instada por la Fiscalía, en abril de 2014, para que aportara documentos que interesaban a la acusación. Curiosamente, Alba apunta que estos papeles le fueron aportados a él mismo voluntariamente por los investigados. Considera que de la resolución de dicho asunto "dependía en gran parte la tramitación de las presentes diligencias".
Un último asunto que apunta el juez Alba es el hecho de que la juez no diera traslado a las partes, de un 'pendrive' con información sobre las dietas de los trabajadores que le fue aportado por la Policía en febrero de 2014, que al llegar Alba al juzgado "no había sido ni siquiera abierto".
Rosell incluyó la existencia de este 'pendrive' al sumario mediante una providencia dictada el 30 de julio de 2014 que no se notificó a las partes ni al Fiscal pero que sí apareció en los medios de comunicación vinculados a Sosa (Canarias Ahora) una vez la prensa se hizo eco de que dicha documentación no había sido proveía. Esta circunstancia fue puesta por Alba en conocimiento del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que archivó el expediente abierto a Rosell al no hallar en su actuación tacha disciplinaria.
Este informe del juez Alba fue solicitado por la Sala de lo Penal para "recabar una mínima relación de documentos que permita fundamentar adecuadamente la resolución que sirva de desenlace a la querella" presentada por el exministro José Manuel Soria, cuya defensa se ofreció a personarse en la causa como acusación popular para salvar su falta de legitimación.
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