MADRID.- El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el Consejo de Ministros contra la ley de aguas de Aragón, que a juicio del Ejecutivo otorga a la comunidad autónoma competencias exclusivas que corresponden al Estado y que ahora queda suspendida de forma cautelar.
El Consejo de Ministros
aprobó el pasado 31 de julio la interposición de este recurso contra la
norma que regula las aguas y los ríos en Aragón. Entre otras cuestiones
la ley aragonesa blindaba el Ebro con una reserva hídrica de 6.550 hm3
lo que de hecho suponía poner coto a cualquier futuro trasvase a otras
cuencas.
El Ejecutivo central recurrió la ley con el argumento
de que atribuye a Aragón competencias exclusivas, así como competencias
asumidas por transferencia o encomienda del Estado, en materia de aguas
intra e intercomunitarias.
Además, el recurso cuestiona que la
normativa aragonesa conceda a esa comunidad competencias exclusivas en
materia de determinadas obras públicas.
El Ejecutivo planteó en
su escrito que las aguas intercomunitarias que discurren por Aragón,
pertenecientes a las cuencas del Ebro, del Tajo y del Júcar, son
"competencia exclusiva y plena del Estado, según el artículo 149.1 de la
Constitución.
También consideró inconstitucional el Gobierno que
Aragón haga referencia a competencias asumidas por transferencia o
encomienda del Estado, o que la Ley aragonesa asuma que van a existir
convenios para transferir determinadas competencias del Estado para la
gestión de las aguas, resulta igualmente inconstitucional.
El
hecho de que el Estado cuente con competencias exclusivas plenas en
aguas intercomunitarias, "busca asegurar el principio de unidad de
cuenca y una gestión homogénea del recurso", expuso el Ejecutivo.
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