MURCIA.- La Sala de lo Contencioso del Tribunal
Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha desestimado el
recurso que el ayuntamiento de Puerto Lumbreras presentó contra la multa
de 600 euros que le impuso la Confederación Hidrográfica del Segura
(CHS) por un vertido ilegal.
La sentencia señala que el órgano de
cuenca consideró que había cometido una infracción de las recogidas en
la Ley de Aguas al efectuar un vertido a una rambla de las aguas
residuales procedente de la pedanía de La Estación.
En su
apelación, el consistorio alegó tanto defectos formales como de fondo en
el expediente sancionador, para concluir que, en todo caso, como
máximo, la multa debería ser de solo 100 euros.
Señala la Sala que
el ayuntamiento no puede decir que los hechos no quedaron acreditados
con las suficientes pruebas de cargo que desvirtuaran el principio de
presunción de inocencia.
Y añade que el municipio pudo haber hecho
un análisis contradictorio de las muestras recogidas por la CHS "para
demostrar que el vertido no era contaminante y, sin embargo, no lo
hizo".
No hay comentarios:
Publicar un comentario