MURCIA.- Un grupo de ciudadanos de la Asamblea 15M presentaron el 24 de
diciembre de 2012 un Recurso Contencioso-Administrativo contra la Orden
de 15 de diciembre 2011 de la Comunidad Autónoma de Murcia, por la que
se autorizan nuevas tarifas del servicio de agua potable de Murcia, a
iniciativa del Ayuntamiento de Murcia.
Los motivos de impugnación se
basaban en cuestionar el procedimiento regulador de las tarifas del agua
como previo privado y no como tasa, y por tanto la consideración del
agua como una mercancía y no como un derecho ciudadano. Con fecha de 24
de abril de 2015, una sentencia del TSJM ha fallado en contra del
Recurso Contencioso-Administrativo, manteniendo que las tarifas del agua
cuando el servicio está prestado por una empresa pública o por una
concesionaria, tienen la naturaleza jurídica de precios privados, tal
como se tramitan ahora por EMUASA.
Leída la sentencia, se ha decidido por parte de los ciudadanos
firmantes del Recurso, entre los mismos Andrés Pedreño Cánovas,
candidato a la Asamblea Regional de Podemos Región de Murcia y Miguel
Ángel Alzamora, candidato de Ahora Murcia al Ayuntamiento de Murcia,
presentar un Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo, que se basa
en los siguientes fundamentos.
Fundamentos del Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo:
"Se trata de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la
sentencia emitida el pasado 24 de abril por el Tribunal Superior de
Justicia de Murcia -TSJM- apoyando las tesis de Aquagest y del
oligopolio de las empresas de abastecimiento de agua potable, contra la
demanda presentada en el año 2012 por ciudadanos y ciudadanas murcianos
contra el incremento de las ya de por sí abusivas tarifas del agua de
Emuasa de Murcia, que son las más caras de España, por encima incluso de
Canarias.
Basamos el recurso al TS en que la sentencia del TSJM dando la razón a
Emuasa se basa en un falseamiento de las dos sentencias del Tribunal
Supremo del año 2009 sobre la misma materia de tarifas del agua, que
fijan la jurisprudencia del Supremo vigente en estos momentos sobre el
procedimiento legal a seguir para las tarifas de un servicio básico como
el agua. Pensamos que la sentencia del TSJM puede tener vicios de
sentencia prevaricadora.
El tema cuestionado es clave para asegurar el futuro público de los
servicios municipales del agua no sólo en el municipio de Murcia, sino
en toda España y es que el procedimiento de aprobación y cobro de las
tarifas del suministro del agua municipal no pueda ser libremente fijado
por las empresas concesionarias del agua para asegurarse beneficios
desmesurados y sin control público alguno, sino que al ser el servicio
municipal del agua un suministro esencial e imprescindible para una vida
digna y prestarse en España en régimen de monopolio municipal, la
gestión y procedimiento del suministro y sus tarifas deben estar sujetas
a reserva de ley, es decir, debe seguirse el procedimiento de tasas
marcado en nuestra normativa.
Ganando en el TS, habremos ganado cuestiones fundamentales, como que
se tengan que hacer estudios anuales de costes y que el total de
ingresos por las tarifas del agua no puedan superar tales costes, con lo
que se tendrán que reducir sensiblemente sus importes, ya que no se
podrán producir los beneficios anuales que actualmente obtienen.
Por ejemplo, en la ciudad de Murcia, Emuasa tendrá que bajar sus
tarifas y ya no podrá repartir los beneficios anuales que el
Ayuntamiento destina a pagar sus gastos corrientes.
También se conseguirá que las tarifas se tengan que aprobar en los
Plenos de los ayuntamientos, que se tengan que fiscalizar previamente
por las Intervenciones municipales y que tengan que figurar en los
Presupuestos municipales.
Cuestión esencial es que serán ilegales los cortes del agua, ya que
con el procedimiento de tasas que propugnamos, en caso de impago, los
ayuntamientos o las compañías concesionarias tendrán que acudir al
procedimiento ejecutivo, como cuando no se paga una multa. Actualmente
Emuasa espera a que los clientes tengan un impago de 500 euros para
llevarlos directamente ante la justicia, con lo que está produciéndose
un nuevo tipo de desahucio: el desahucio hídrico".
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