MURCIA.- La Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, a
través de la Dirección General de Transportes, Costas y Puertos, ha
concedido un total de 12.981 autorizaciones de transporte en 2014, según
han informado fuentes del Gobierno regional en un comunicado.
Los visados se otorgaron tanto a vehículos pesados, con más de
3.500 kilos de carga, y vehículos ligeros, de hasta 3.500 kilos, como a
operadores de transportes. De esa cifra, 10.359 autorizaciones
corresponden a vehículos pesados.
Con la realización del visado se
comprueba que las empresas cumplen con todos los requisitos que
originaron su otorgamiento. Se acredita de esta forma la personalidad
jurídica y nacionalidad de la empresa, la capacitación profesional y
económica, y la verificación de que se encuentran al corriente de sus
obligaciones fiscales, laborales y sociales, así como del pago de
sanciones por infracciones de la legislación de transportes.
Este
mecanismo tiene por finalidad asegurar que las empresas de este sector
en la Región de Murcia cumplen la normativa, para evitar así el
intrusismo, la competencia desleal y la economía sumergida. El visado se
realiza cada dos años, de acuerdo con el calendario que determina la
Dirección General de Transportes por Carretera del Ministerio de
Fomento.
Con estas cifras, Murcia es la octava comunidad autónoma
en número de visados de transporte, por detrás de Cataluña, Andalucía,
Comunidad Valenciana, Madrid, Castilla y León, Castilla-La Mancha y
Galicia, y por delante de otras autonomías con mayor población, como el
País Vasco y Canarias.
Y es que, para el transporte de mercancías y
viajeros, público o privado, es necesaria la previa obtención, por
quienes pretendan llevar a cabo esta actividad, de la correspondiente
autorización administrativa que habilite para su prestación.
Las
autorizaciones reguladas se documentan a través de la expedición de las
correspondientes tarjetas de transportes, en las que se especifica el
número de autorización, la titularidad, el domicilio y demás
circunstancias de la actividad, conforme a lo determinado por la
Dirección General de Transportes, Costas y Puertos de la Comunidad y la
delegación del Ministerio de Fomento.
Asimismo, las autorizaciones
se otorgan sin plazo de duración prefijado, si bien su validez queda
condicionada a la comprobación periódica, mediante el visado, del
mantenimiento de las condiciones que originariamente justificaron su
otorgamiento y de aquellas que, aun no siendo exigidas inicialmente,
resulten de obligado cumplimiento.
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