LUXEMBURGO.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consideró hoy que
las exenciones fiscales a los astilleros públicos Navantia podrían
constituir ayudas de Estado ilegales, pero indicó que corresponde a la
justicia española comprobarlo.
La exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de la que se
beneficia Navantia podría constituir una ayuda de Estado prohibida por
la legislación europea, según la sentencia emitida por el TJUE. El alto
tribunal comunitario deja en manos del juzgado de la localidad gallega
de El Ferrol, que inició la consulta sobre el caso, analizar si es así.
En su sentencia de hoy, el tribunal europeo considera que esta
exención podría constituir una ayuda de Estado, prohibida por la
legislación europea.
Sin embargo, recalca que el juzgado de Ferrol deberá comprobar si
efectivamente la exención puede ser considerada una ayuda de Estado
improcedente en función de varios criterios interpretativos que incluye
en su sentencia.
El Juzgado contencioso-administrativo nº 1 de El Ferrol consultó
al Tribunal de Justicia de la UE si esta exención fiscal del IBI
concedida a la empresa pública Navantia respecto a una parcela de
terreno propiedad del Estado es compatible con las normativas
comunitarias sobre competencia.
En concreto, el juzgado gallego se preguntaba si se puede considerar
que este beneficio fiscal es una ayuda de Estado ilegal a los ojos de
Bruselas, dado que podría suponer una ventaja selectiva respecto a sus
competidores.
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