MURCIA.- La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la
Región de Murcia (TSJRM) amparó a un miembro del Jurado de Expropiación
Forzosa frente a las críticas de la empresa constructora de la autovía
Cartagena-Vera, que lo acusó de falta de imparcialidad por ser contrario
a su construcción.
La sentencia desestima así el recurso que la sociedad Autopista de la
Costa Cálida Ceasa presentó contra la resolución de dicho Jurado de
abril de 2008, que confirmó el justiprecio fijado para unos terrenos que
se vieron afectados por la construcción de las obras.
En su apelación, pidió al TSJRM que acordara retrotraer las
actuaciones al momento anterior a la constitución del Jurado de
Expropiación Forzosa "por la defectuosa composición e irregular
actuación de alguno de sus miembros".
Indica la Sala que el justiprecio asignado a una finca expropiada,
ubicada en Cartagena, con una superficie de 2.315 metros cuadrados, fue
de 12.490 euros, mientras que la sociedad concesionaria la valoró en
3.200 euros.
Para la apelante, el acuerdo del Jurado debía ser declarado nulo
porque entre sus componente figuraba, en nombre de la Cámara Agraria de
la Región de Murcia , un vocal que debió haberse abstenido por
incompatibilidad, "al haber representado en numerosas ocasiones a los
titulares afectados por la expropiación".
Igualmente expuso que este vocal había participado en manifestaciones
y concentraciones convocadas por el sindicato COAG, que dicho vocal
preside en el municipio de Fuente Álamo, en contra de la construcción de
la autovía, "llegando a interrumpir la ejecución de las obras en
diversos puntos".
Frente a estas críticas, la Sala defiende la actuación de este
miembro del Jurado de Expropiación Forzosa y dice que "no puede exigirse
a sus integrante que actúen en la situación de imparcialidad personal y
procesal que constitucionalmente se exige a los órganos
jurisdiccionales, sino, únicamente, que obren con objetividad,
equivalente a un desempeño de su función con desinterés personal".
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