MURCIA.- El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región ha
desestimado el recurso presentado contra el ayuntamiento de Murcia por
no aprobar un plan parcial promovido por la empresa General Atlantic
Business, a la que se investiga dentro del caso Umbra, sobre presunta
corrupción urbanística en la expansión norte de la ciudad.
La
sentencia de la Sala de lo Contencioso del TSJ señala que esta empresa demandó al ayuntamiento y reclamó a
los jueces que declararan que el plan parcial promovido por la misma en
la pedanía murciana de El Esparragal había quedado aprobado inicialmente
por silencio positivo.
Al desestimar el recurso, la
Sala afirma que según la Ley del Suelo de la Región de Murcia, el
silencio positivo alegado solo opera cuando la aprobación del plan
parcial es definitiva, no para la aprobación inicial, y siempre que se
den determinados requisitos.
"No es posible -comenta
el tribunal-, como se dice por la demandante, entender aprobado
inicialmente el plan por silencio porque esa aprobación inicial es un
mero acto de trámite, y en tanto no es una resolución que finaliza el
procedimiento, no puede ser un acto presunto".
"En
definitiva -concluye el TSJ- los actos presuntos favorables a los
administrados solo pueden ser resoluciones, no actos de trámite, de lo
que se concluye que en este caso no se ha producido la aprobación
inicial por silencio, como pretendía la demandante".
Esta
sentencia, según se indica en la misma, no es firme, ya que puede ser
apelada ante el Tribunal Supremo a través del oportuno recurso de
casación.
La demanda fue planteada ante el TSJ, en
nombre de General Atlantic Business, por el abogado Higinio Pérez
Mateos, uno de los imputados en el caso Umbra, mientras que en defensa
de los intereses del ayuntamiento intervino la letrada de sus servicios
jurídicos Ana María Vidal, que aunque inicialmente también fue
investigada en esas diligencias después se acordó el sobreseimiento de
las actuaciones con respecto a ella.
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