MADRID.- La pérdida de prestación de servicios
municipales en favor de las diputaciones provinciales o comunidades autónomas estará restringida
a aquellos ayuntamientos que necesiten ayuda financiera por parte del
Estado, según ha explicado el ministro de Hacienda y
Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, tras el Consejo de
Ministros que ha aprobado el proyecto de ley de reforma local.
El proyecto de ley de racionalización y sostenibilidad de la
administración local ha recibido el visto bueno del Ejecutivo después de
más de un año de trabajo en una reforma que ha suscitado el rechazo del
PSOE y el resto de la oposición al considerar que supone un ataque al
municipalismo y la privatización de los servicios públicos.
Los borradores iniciales del Gobierno incluían el concepto de
coste estándar para la prestación de los servicios municipales, en
virtud del cual los ayuntamientos perderían la competencia en favor de
las diputaciones si no se acogían a él.
Sin embargo, según ha anunciado Montoro, el coste estándar "ha
desaparecido" del proyecto final que el Gobierno remitirá a las Cortes
Generales y ha sido sustituido por el denominado coste efectivo, por el
que los ayuntamientos deberán publicar en un plazo máximo de tres meses
el coste de todos sus servicios municipales, tales como recogida de
basuras o servicio de limpieza.
El ministro ha defendido que, con ello, se "gana" en "términos de
publicidad y comparación" porque los ciudadanos tendrán la oportunidad
de conocer el coste de un servicio en su municipio y compararlo con
entidades similares. "Será un ejercicio democrático muy sano", ha
celebrado.
Pero además, ha adelantado que cuando la administración general
del Estado, a través del Ministerio de Hacienda, tenga que "entrar" en
un municipio para corregir su situación, como sucede a través de los
planes económicos financieros, habrá "un instrumento legal mayor para
introducir en esos planes que lleven a la estabilidad presupuestaria y
en su momento incluso con capacidad de sustraer esas funciones de ese
municipio y delegarla si fuere el caso en una diputación".
"Es un sistema menos contundente pero igualmente coherente y
comprometido con la estabilidad presupuestaria", ha defendido el
ministro sobre el cambio realizado en el proyecto de ley tras las
severas críticas recibidas por parte del Consejo de Estado, que advirtió
de que el texto inicial del Gobierno podía vulnerar la Constitución al
violar la autonomía municipal.
Precisamente, Montoro ha explicado que el Gobierno está para
"cambiar" sus proyectos en función de los informes que emitan las
instituciones pertinentes. "Si avisa de que una figura puede limitar la
autonomía municipal, pues esa figura no vale", ha reconocido.
Además, ha planteado la posibilidad de que la eliminación del
coste estándar abra la puerta a ampliar el consenso durante la
tramitación parlamentaria del proyecto de ley. "Si se decía que el coste
estándar vacía y lleva a la privatización, pues ya está, ya ha
desaparecido ese argumento", ha ofrecido el ministro, que ha asegurado
que la voluntad del Gobierno es la de alcanzar la "máxima coincidencia"
con los partidos con representación en las Cortes Generales.
Otra de las novedades que incluye el texto aprobado
es la inclusión de incentivos a las fusiones municipales voluntarias,
también siguiendo con las recomendaciones del Consejo de Estado. "Para
ello, se establecen una serie de incentivos para el nuevo municipio
fusionado, como una mayor financiación per cápita, dispensa temporal
para no prestar los nuevos servicios que pudieran resultar obligatorios
por su aumento poblacional o una preferencia temporal en planes de
cooperación local de infraestructuras, obras, servicios y subvenciones",
explica el Gobierno.
Además, el proyecto de ley se promueve la gestión integrada o
coordinada de todos los servicios de los municipios, de forma que, si
generan unos ahorros mínimos, recibirán mayor financiación; y además se
aumentan las trabas a la creación y escisión de municipios, que deberán
contar con, al menos, cinco mil habitantes.
Con esta reforma, el Gobierno potencia el papel de las
Diputaciones Provinciales o entidades equivalentes, que podrán coordinar
determinados servicios mínimos obligatorios de los municipios de menos
de veinte mil habitantes, mediante su prestación por la diputación o la
implantación de fórmulas de gestión compartida a través de consorcios,
mancomunidades u otras fórmulas, a menos que el municipio justifique que
puede prestar estos servicios con un coste efectivo menor que el de
aquellas.
Además, podrán asistir a los municipios en las facultades de
gestión de la recaudación tributaria, la gestión financiera, la
Administración electrónica y la contratación centralizada.
Por su parte, las entidades locales de ámbito inferior al
municipio deberán , en un plazo de tres meses, presentar sus cuentas
ante el Estado y comunidades autónomas. En caso de que no lo hagan, se
disuelven y se integran en los ayuntamientos de los que dependan como
organización desconcentrada y corresponderá al municipio la prestación
del mismo, carentes de personalidad jurídica.
En todo caso, no se permite la creación de nuevas entidades
locales menores con personalidad jurídica propia, y se mantendrán
únicamente las existentes, si se presentan sus cuentas, y aquellas que
hayan iniciado su procedimiento para su constitución antes del 1 de
enero de 2013.
Pese a todo ello, Montoro ha insistido en numerosas ocasiones que
lo más importante de esta reforma es la delimitación de competencias, ya
que en el texto se definen tanto las competencias propias como las
delegadas, que deben ser desarrolladas por la Administración Local,
diferenciándolas de las competencias del Estado y de las comunidades
autónomas.
El proyecto también contempla una racionalización del sector
público local, ya que se revisan en profundidad el sector público local y
sus organismos dependientes, "que habían crecido exponencialmente en
los últimos años", con el objetivo de racionalizar su número y
estructura, "lo que generará ahorros importantes". Igualmente, se
limitan las retribuciones en los contratos mercantiles y de alta
dirección del sector público local.
De la misma forma, el Ejecutivo mantiene el anuncio inicial de que
los alcaldes de las poblaciones mayores no podrán cobrar más que un
secretario de Estado, un sueldo que irá descendiendo progresivamente en
función del número de habitantes.
Igualmente, se fijan límites, en función de criterios
poblacionales, al número de cargos representativos locales que pueden
ejercer sus funciones en régimen de dedicación exclusiva y el número de
personal eventual al servicio de las entidades locales, que no podrá
superar un determinado número en función de la población del municipio.
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