MADRID.- El Instituto
Nacional de Estadística (INE) monitorizará sobre la movilidad de los
españoles «en los días previos y durante el confinamiento» decretado por
el estado de alarma, a partir de datos de movimientos que le
suministren las operadoras de telefonía.
Así lo
refleja una orden publicada este sábado en el BOE, por la que el
Ministerio de Sanidad encomienda a la Secretaría de Estado de
Digitalización e Inteligencia Artificial, del Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital, el desarrollo de diversas
actuaciones en el ámbito digital y estadístico para la gestión de la
crisis sanitaria.
Son medidas que la vicepresidenta Nadia Calviño
anunció el pasado 23 de marzo y que aparecen reflejadas en detalle en la
orden publicada este sábado por el Ministerio de Sanidad.
Entre
esas medidas figura la elaboración de un “estudio de la movilidad” de
los españoles aplicada a la crisis sanitaria. Será similar, y así lo
dice la orden, al que está haciendo el INE sobre el movimiento
poblacional en general a partir de datos que le suministran las
principales ‘telecos’ y que generó controversia meses atrás por las
dudas sobre el anonimato de esos datos.
Como
en ese caso, la orden garantiza que el cruce de datos de los operadores
móviles se deberá hacer de manera agregada y “anonimizada”, respetando
la legislación española y comunitaria sobre protección de datos.
Por
otra parte, el Ministerio de Sanidad encarga también en la orden a la
Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial el
desarrollo urgente de una aplicación informática para el apoyo en la
gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.
Sera
una app que permitirá «realizar al usuario la autoevaluación, en base a
los síntomas médicos que comunique, acerca de la probabilidad de que
esté infectado por el Covid-19, ofrecer información al usuario sobre el
Covid-19 y proporcionar al usuario consejos prácticos y recomendaciones
de acciones a seguir según la evaluación», señala la disposición.
La
app permitirá la geolocalización del usuario a los solos efectos de
verificar que se encuentra en la comunidad autónoma en que declara
estar. La aplicación puede incluir dentro de sus contenidos enlaces con
portales gestionados por terceros con el objeto de facilitar el acceso a
información y servicios disponibles a través de Internet.
«La
aplicación no constituirá, en ningún caso, un servicio de diagnóstico
médico, de atención de urgencias o de prescripción de tratamientos
farmacológicos», aclara la orden, «y no sustituirá en ningún caso la
consulta con un profesional médico debidamente cualificado».
El
responsable del tratamiento será el Ministerio de Sanidad y el encargado
del tratamiento y titular de la aplicación será la Secretaría General
de Administración Digital.
Chatbot
Otra
medida recogida en la orden es el desarrollo de «un asistente
conversacional/chatbot para ser utilizado por WhatsApp y otras
aplicaciones de mensajería instantánea, que proporcionará información
oficial ante las preguntas de la ciudadanía».
El diseño estará
basado en información oficial del Ministerio de Sanidad. El responsable
del tratamiento será el Ministerio de Sanidad y el encargado del
tratamiento y titular del chatbot será la Secretaría de Estado de
Digitalización e Inteligencia Artificial a través de la Subdirección
General de Inteligencia Artificial y Tecnologías Habilitadoras
Digitales.
Otros
encargos del Gobierno a la Secretaría de Estado de Digitalización e
Inteligencia Artificial son el desarrollo de «una web informativa con
los recursos tecnológicos disponibles» y la creación de «un punto
central de coordinación para la evaluación de otras propuestas
tecnológicas por parte de otros organismos y entidades».
En el
texto, se especifica que todos los ciudadanos que usen la futura
aplicación dispuesta para comprobar si tienen síntomas podrán ser
geolocalizados, «a los solos efectos de verificar que se encuentra en la
comunidad autónoma en la que dice estar».
«La
aplicación no constituirá, en ningún caso, un servicio de diagnóstico
médico, de atención de urgencias o de prescripción de tratamientos
farmacológicos. La utilización de la aplicación no sustituirá en ningún
caso la consulta con un profesional médico debidamente cualificado»,
añade el BOE.
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