ALMERÍA.- La Audiencia de Almería ha absuelto al exabogado del Estado en Almería Demetrio Carmona,
que estaba acusado en el denominado caso 'Tres Reyes' por un delito de
pertenencia a grupo criminal y tres de extorsión, y por el que estaban
encausadas otras seis personas.
La sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial absuelve
a Carmona de los delitos de pertenencia a grupo criminal, de tres
delitos de extorsión en grado de tentativa, dos delitos de usurpación de
funciones públicas, dos delitos de falsificación de documento oficial y
una falta contra el orden público.
Tras numerosos aplazamientos del denominado caso 'Tres
Reyes' en los juzgados de los penal, la Audiencia de Almería se hizo con
la causa por mandato del Tribunal Supremo, por el que se
acusaba a siete personas de dichos delitos por utilizar, presuntamente,
medios ilícitos para conseguir beneficios económicos de terceros.
La Fiscalía consideraba la existencia
de un grupo criminal, cuyos miembros se hacían pasar por "oficiales" de
un "servicio de inteligencia del Estado" en algunas operaciones, una de ellas encaminada a hacerse "mediante engaño" con 128,4 millones de dinares iraquíes.
En este caso en concreto, los magistrados subrayan
que "cierto es que tiene en este caso participación activa en algunos
momentos, pero entendemos que sólo se ha acreditado la misma cuando
aquella parece legal, apartándose de la misma en un momento dado, haciéndoselo así sabe" a la víctima.
Sobre su socio y abogado, acusado a
su vez por la Fiscalía, Rogelio V.R., mantienen que "sólo se ha
acreditado que dejase su despacho para la primera reunión, pero no se ha acreditado ni siquiera que conociera el tema que se iba a tratar, por lo que debe ser también absuelto".
A Carmona, le achacaba en el organigrama la función de "recopilar y proporcionar toda la información,
tanto personal como económica" acerca de las personas de su ámbito de
las que pretendían obtener los "desplazamientos patrimoniales en su
beneficio" para que, de este modo, los otros miembros "demostrasen" ante
estas personas "tener unos conocimientos" que achacaban a su "supuesto
poder".
Según la Fiscalía, Carmona, el abogado Rogelio V.R. y el
empresario Ángel M.R. mantenían en 2012 una "estrecha relación de índole
personal" en la que se incluían "intereses económicos comunes" y que,
en agosto de ese año, a través de este último, contactaron con el resto
de procesados.
Sobre los delitos de extorsión con
familias con las que Carmona tenía deudas, los magistrados advierten que
es cierto que autorizó a otros de los acusados a negociar por él, sin
que haya constancia de si iban a hacerlo "dentro de las vías legales o como posteriormente hizo, saliéndose de las mismas. "Algo parecido ocurre con Rogelio V.R.", añaden.
No obstante, la Sección Segunda absuelve por completo a
Carmona y otros dos acusados y condena sólo por parte de los delitos
imputados al resto de acusados, si bien en ningún caso contempla la pertenencia a grupo criminal.
El fallo también condena a José A.M. como autor de dos delitos de extorsión en grado de tentativa,
atenuado y con circunstancias modificativas, a 8 meses y 15 días de
prisión, quien habría intervenido entre la familia de Demetrio Carmona y
otra familia ubicada en Murcia ante los "graves problemas" que había
entre ellas derivadas de las "relaciones comerciales y empresas en
común" que mantenían.
El propio interesado informa de que no son 18 meses -como recogía la
información anterior- sino 8 y 15 días, al igual que para Ángel
Morales.
Además de a Carmona, la Audiencia absuelve a Luis Miguel Graña Gómez y a Rogelio Vargas Rodríguez; y condena
a Ángel Morales Ruiz; José Abad Marcos; José Antonio Mateos Acedo; e
Ignacio Francisco Flores Bernabéu a penas que van de los 8 meses de
prisión a tres años y un mes de cárcel, según el acusado.
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