MADRID.- El Tribunal Constitucional acaba de determinar que las competencias
en políticas activas de empleo referidas a las agencias de colocación
privada deben ejercerse por las comunides autónomas. El fallo del Alto
Tribunal, de finales de julio, declara inconstitucional parte del
artículo 33.2 del texto refundido de la Ley de Empleo, según informa la
Asociación Nacional de Agencias de Colocación, Anac, que agrupa a algo
menos de 400 agencias de tamaño pequeño y medio, según publica hoy elEconomista.
Esta sentencia establece que son las comunidades autónomas con
competencias en materia de políticas activas de empleo las responsables
de recibir la declaración para operar como agencia de colocación,
quedando suprimida la competencia del Sepe (Servicio Público de Empleo
Estatal) para recibir la declaración responsable cuando la agencia de
colocación pretenda actuar en más de una comunidad o exclusivamente por
medios telemáticos.
De este modo, una agencia de colocación que opere de manera
telemática o con sedes en varias autonomías deberá elegir qué servicio
público de empleo autonómico va a tener como referencia para la gestión
de su actividad.
Para la Asociación, esta sentencia da un paso más hacia la
descentralización de la intermediación laboral, reduciendo la actuación
del Sepe. La solución adoptada por la sentencia duplica los procesos
administrativos para aquellas agencias de colocación que tengan más de
un centro de trabajo en distintas regiones teniendo que repetir el
proceso de autorización en tantos servicios de empleos autonómicos como
centros de trabajo en distintas comunidades tenga la empresa, lo que
supone "un aumento en los tiempos de espera de respuesta por parte de
las distintas Administraciones Autonómicas, un retroceso del RD Ley
8/2014 y un efecto disuasorio para que grandes agencias gestionen su
autorización formal", detalla Anac en un comunicado.
La
sentencia deja en una situación peculiar a las agencias de colocación
que operan exclusivamente por medios telemáticos ya que según el RD
1796/2010 esta modalidad de agencia opera en todo el territorio nacional
tanto en la casación de ofertas y demandas de empleo como en la
atención de usuarios.
Su gestión dependía hasta ahora del Sepe, pero con la entrada en
vigor de la sentencia del TC, las agencias telemáticas han de elegir con
qué servicio público de Empleo autonómico quieren operar. De las casi
2.000 agencias de colocación en 2017, el 23% operaban de forma
telemática.
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