MADRID.- La Defensora del Pueblo ha dectactado la existencia de
deficiencias en las infraestructuras y una situación de hacinamiento en
el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Sangonera la Verde.
Así lo señala en su informe anual correspondiente a 2016 y entregado
este martes al Congreso de los Diputados.
Hay que recordar que el centro ubicado en la pedanía murciana registró en el último trimestre del año pasado varios motines.
La oficina de la institución, dirigida por Soledad Becerril,
señala así en el documento que la doctrina del Tribunal Constitucional
sobre los CIE y emitida en forma de sentencia hace casi 30 años "no ha
sido aplicada en toda su extensión por parte de los distintos organismos
con competencias" en esta materia y pide por ello "una revisión
profunda" del modelo.
Este trabajo que insiste en que "la preocupación de esta
institución por la situación de los centros de internamiento de
extranjeros ha sido constante desde su creación", en 1985, cuando el
Defensor del Pueblo interpuso un recursos de inconstitucionalidad contra
varios artículos de la Ley de Extranjería que los regulaban.
Conforme recuerda, el Alto Tribunal estableció que la medida
de internamiento ha de ser dictada por resolución judicial motivada con
posibilidad de recurso para evitar que resulte arbitraria.
Estableció que esa medida tiene además un carácter
"excepcional" de modo que "no es la sustanciación del expediente de
expulsión, sino las propias circunstancias del caso, por razones de
seguridad, orden público, etc., las que han de justificar el
mantenimiento de esa pérdida de libertad, siendo el juez, guardián
natural de la libertad individual, el que debe controlar esas razones".
Además, señaló que el hecho de que los CIE fuesen definidos
como centros de carácter no penitenciario, constituía "una garantía
adicional que trata de evitar que el extranjero sea sometido al
tratamiento propio de los centros penitenciarios".
"Transcurridos casi treinta años desde dicho
pronunciamiento, la doctrina del tribunal no ha sido aplicada en toda su
extensión por parte de los distintos organismos con competencias en el
internamiento de extranjeros. Por eso, desde 1987, el principal empeño
del Defensor del Pueblo en esta materia ha sido el de comprobar la
efectividad del control judicial y recordar a la Administración que
estos centros no tienen carácter penitenciario", dice ahora el informe
del Defensor.
Afirma que "la argumentación contenida en el citado recurso,
así como la sentencia del Tribunal Constitucional que lo resolvió,
continúan de absoluta actualidad", porque "resulta imprescindible
realizar una revisión profunda de la configuración de los centros y del
modelo de gestión policial existente".
El informe refiere visitas a los CIE de Madrid, Barcelona,
Valencia y Murcia, así como problemas detectados en Las Palmas y
Algeciras y acusa la falta de implantación de un mecanismo de derivación
sanitario para todos los supuestos de traslados de residentes de los
Centros de Estancia Temporal para Inmigrantes (CETI). Expresa su
"preocupación" por el hecho de que este protocolo acumula una demora
"superior ya a tres años".
Respecto del CIE de Valencia, indica además "dificultades
para prestar la asistencia letrada a los internos", pues a los letrados
no se les da copia de las resoluciones.
En Algeciras y en su anexo en Tarifa también se señalan
déficits en la asistencia sanitaria y en Las Palmas carecen "de ropa
interior y útiles necesarios de higiene para las mujeres ingresadas" en
el CIE de Barranco Seco, donde también hay carencias de intérprete.
Denuncia asimismo otros dos asuntos, como la presencia
reiterada de menores de edad en los CIE porque han sido tomados por
adultos y entre ellos, niñas potenciales víctimas de trata. Refiere por
ejemplo el caso de un chico argelino que pasó un mes en el CIE de
Valencia pese a haber conseguido documentación original acreditativa de
su edad, hasta que el Consulado de Argelia emitió un informe
validándola.
En el mismo CIE, los técnicos del Defensor del Pueblo
recogieron denuncias de presuntos menores de edad sobre "irregularidades
en los procedimientos de determinación de la edad a los que habían sido
sometidos". "Se comprobó la repetición de pruebas radiológicas en
hospitales valencianos y la ausencia en los informes emitidos de los
requisitos mínimos necesarios para este tipo de pericias médicas", dice
el informe.
"Durante 2016 se han iniciado numerosas actuaciones por
procedimientos de determinación de la edad incoados a ciudadanos
extranjeros al acceder a las costas españolas por puestos no
habilitados, tanto en lo referido a la ausencia o a la demora en dictar
los oportunos decretos, como a las irregularidades detectadas en las
pruebas radiológicas realizadas a los interesados y su reiteración. A
estos efectos, se dio traslado a la Fiscalía General del Estado de las
prácticas detectadas en Valencia, Cádiz, Málaga y Almería", añade el
informe sobre este asunto.
Precisamente, el Defensor del Pueblo ha iniciado actuaciones
de oficio con las entidades de protección de menores de las distintas
comunidades autónomas, así como con las diputaciones forales vascas,
Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y la Comisaría General de
Extranjería y Fronteras, para conocer la situación de los menores
extranjeros no acompañados en todo el territorio nacional, que deben ser
tutelados y documentados, y elevar propuestas de mejora.
En cuanto a los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes
(CETI) de Ceuta y Melilla, el informe es crítico. Dice que la
Administración sostiene que estas instalaciones son recursos "similares"
a los centros de acogida de refugiados (CAR) y que la asistencia que se
presta "es la misma", pero no es así.
"Los residentes de los CAR y los que están acogidos en dispositivos gestionados por las organizaciones no gubernamentales
reciben una atención especializada, tienen más posibilidades
de encontrar trabajo al estar en la península y los grupos familiares
permanecen juntos, al contrario que en los CETI, en los que las madres
con hijos están en un lado y los padres en otro", dice el Defensor del
Pueblo.
A su juicio, la situación de los CETI "no permite que puedan
ser considerados como recurso adecuado para alojar y atender a los
solicitantes de asilo", que son la población mayoritaria desde al menos
2015, cuando se incrementó la llegada de refugiados, y lama la atención
sobre "la falta de asistencia especializada" para este colectivo y, en
particular, para los especialmente vulnerables.
Además, recuerda que la autoridades policiales "mantienen la
restricción en la libertad de circulación de los solicitantes de asilo
cuya petición ha sido admitida a trámite por lo que no pueden salir de
las ciudades autónomas, salvo que se autorice su traslado por la
Comisaría General de Extranjería y Fronteras", aunque su tarjeta de
residencia les autoriza a vivir en cualquier punto del territorio
nacional.
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