MURCIA.- José Antonio Sotomayor, número uno en las listas regionales de UPyD
al Congreso de los Diputados, explica las reformas que llevará su
partido para asegurar la laicidad del Estado democrático, es decir, "la
neutralidad ante todas las creencias religiosas pero también ante la
creencia de los que no creen en religión alguna".
El portavoz de UPyD en la Región de Murcia, José Antonio Sotomayor,
ha afirmado esta mañana que la
formación magenta impulsará la laicidad del Estado cambiando el artículo
16 CE sobre libertad religiosa, apartado 3, que quedará redactado del
siguiente modo: "Ninguna confesión tendrá carácter estatal".
Para UPyD, el laicismo no es una postura antirreligiosa, "sino la
garantía de un respeto mutuo entre el Estado y la Iglesia basado en la
independencia de cada uno, tal como señala el Concilio Vaticano, y
garantizando la no ingerencia de los valores religiosos en las
instituciones públicas o la educación".
Por esta razón, afirma Sotomayor, "es necesario profundizar en la
laicidad del Estado, garantizando la libertad de conciencia y de
prácticas religiosas legítimas -que no atenten contra los principios
básicos de la Constitución-, así como la autofinanciación de las
confesiones religiosas y la total separación de preceptos religiosos e
instituciones del Estado".
Además, Sotomayor subraya la necesidad de acometer una reforma del
Acuerdo de 3 de enero de 1979 con la Santa Sede y la Ley Orgánica
7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa: "El objetivo de esta
modificación es distinguir entre las actividades de la Iglesia Católica y
las restantes confesiones religiosas que se dirigen exclusivamente a la
promoción de la fe, de aquellas otras funciones o actividades de índole
social o asistencial y de sus rendimientos económicos".
En este sentido, "las actividades de tipo social o asistencial
tendrán los mismos beneficios fiscales que los que disfruta cualquier
otra entidad sin ánimo de lucro". Y, por otro lado, "las actividades
relacionadas a una explotación económica carecerán de beneficios
especiales, teniendo a efectos impositivos la misma fiscalidad que
cualquier otro sujeto pasivo en las mismas condiciones".
No hay comentarios:
Publicar un comentario