MURCIA.- José María Ródenas Cañada, subdirector
general de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo de la Comunidad Autónoma, y
Margarita Ros McDonnell, jefa de servicio de Urbanismo, han
puesto su cargo a disposición del consejero de Fomento, Obras Públicas y
Ordenación del Territorio, Manuel Campos, tras ser imputados en el caso
de la finca El Roblecillo, en Caravaca de la Cruz, según confirmaron hoy
fuentes de la Consejería. El consejero decidirá en los próximos días qué hace con estos dos funcionarios públicos.
Campos, responsable político del departamento en el que están destinados, se tomará este fin de semana para meditar si acepta o no las renuncias, aunque parece más que probable que lo haga en el caso del subdirector general por tratarse de un cargo de libre designación.
Por
su parte, el secretario de la Consejería de Fomento, Obras Públicas y
Ordenación del Territorio, Amador López, ha dimitido tras su imputación
en el caso 'El Roblecillo', que investiga una presunta trama de
corrupción urbanística en el municipio de Caravaca de la Cruz.
López, ex concejal de Urbanismo de Caravaca de la Cruz, ha sido imputado
por el titular del juzgado de Instrucción nº6 de Murcia junto al resto de
ediles que votaron a favor de la aprobación del Convenio Urbanístico
suscrito con Golden Sky S.L., celebrado en el pleno de 11 noviembre de
2004, por la la presunta recalificación ilegal de una finca de 500 hectáreas.
Entre ellos se encuentra el alcalde del Ayuntamiento de
Caravaca de la Cruz, Domingo Aranda Muñoz y otros dos concejales
integrantes en su día de la Comisión Informativa de Urbanismo de dicho
Ayuntamiento, José Alfonso S. y Orencio C.
Igualmente, en el
auto, ya notificado, se imputa a Antonio V.V., como uno de los
actuantes principales en todas las gestiones urbanísticas y relacionadas
con los expedientes públicos, por parte de Golden Sky S.L.; y a Manuel
S.C., firmante del ya meritado Convenio Urbanístico 'El Roblecillo' en
fecha 19 de noviembre de 2004, también por la citada empresa, según han
informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.
El secretario de la Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, Amador López, ha dimitido tras su imputación.
López, ex concejal de Urbanismo de Caravaca de la Cruz, ha sido imputado por el titular del juzgado de Instrucción nº6 de Murcia junto al resto de ediles que votaron a favor de la aprobación del Convenio Urbanístico suscrito con Golden Sky S.L., celebrado en el pleno de 11 noviembre de 2004.
Al respecto, el consejero de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, Manuel Campos, ha aceptado la dimisión de López "con tristeza", porque confía en su inocencia, pero agradece su gesto. Así, ha anunciado que la subsecretaria general de la Consejería asumirá las funciones de forma interina.
Es criterio del Tribunal Constitucional que «la dimisión de un cargo político debe establecerse cuando existe un escrito de acusación del Ministerio Público».
Cuando se produce la acusación formal de la Fiscalía es «cuando hay unos indicios sólidos de criminalidad o de responsabilidad penal», que dan lugar a «una calificación penal y a la solicitud de la pena correspondiente, acompañada de la solicitud de juicio oral».
El secretario de la Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, Amador López, ha dimitido tras su imputación.
López, ex concejal de Urbanismo de Caravaca de la Cruz, ha sido imputado por el titular del juzgado de Instrucción nº6 de Murcia junto al resto de ediles que votaron a favor de la aprobación del Convenio Urbanístico suscrito con Golden Sky S.L., celebrado en el pleno de 11 noviembre de 2004.
Al respecto, el consejero de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, Manuel Campos, ha aceptado la dimisión de López "con tristeza", porque confía en su inocencia, pero agradece su gesto. Así, ha anunciado que la subsecretaria general de la Consejería asumirá las funciones de forma interina.
Es criterio del Tribunal Constitucional que «la dimisión de un cargo político debe establecerse cuando existe un escrito de acusación del Ministerio Público».
Cuando se produce la acusación formal de la Fiscalía es «cuando hay unos indicios sólidos de criminalidad o de responsabilidad penal», que dan lugar a «una calificación penal y a la solicitud de la pena correspondiente, acompañada de la solicitud de juicio oral».
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