MURCIA.- Las retribuciones de los miembros del
Consejo de Gobierno y altos cargos de la Administración Pública de la
Región de Murcia no experimentarán ningún incremento en 2013,
"permaneciendo vigentes las cuantías existentes a 31 de diciembre de
2012, sin tenerse en cuenta la reducción aprobada por el Real
Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio", según el acuerdo del Consejo de
Gobierno que publica este miércoles el Boletín Oficial de la Región
(BORM).
A dichas retribuciones les será de aplicación la reducción del
tres por ciento establecida en el artículo 19 de la Ley 5/2012, de 29 de
junio, de ajuste presupuestario y de medidas en materia de Función
Pública.
Las pagas extraordinarias de los meses de junio y diciembre, en
los casos en que se tenga derecho a su percepción, incluirán, cada una
de ellas, además de la cuantía del complemento de destino mensual que se
perciba, el importe de 626,84 euros como consejero, 682,28 euros los
secretarios generales y 728,91 euros los directores generales.
De tal forma, los miembros del Consejo de Gobierno y altos cargos
de la Administración regional, con la excepción del presidente de la
Comunidad, tendrán derecho a percibir dos pagas extraordinarias en los
meses de junio y diciembre por un importe, cada una de ellas, de una
mensualidad del sueldo que se incluye en el cuadro anterior más el cien
por cien del complemento de destino mensual que perciban.
Asimismo, el complemento específico anual lo percibirán en catorce
pagas, de las que doce serán iguales y de percibo mensual y las dos
restantes, a percibir en los meses de junio y diciembre, serán de dos
tercios de la percibida mensualmente.
Además, los miembros del Consejo de Gobierno y altos cargos
tendrán derecho a la percepción, referida a catorce mensualidades, de
los trienios que pudieran tener reconocidos como funcionarios y personal
al servicio del Estado y de las Administraciones públicas, que se
abonarán con cargo a los créditos que para trienios de funcionarios se
incluyen en los presupuestos de gastos.
De tal forma, el presidente de la Comunidad percibirá de sueldo
5.576,04 euros al mes, sin ninguna otra cantidad adicional, mientras los
consejeros una retribución de 1.050,08 euros, con los correspondientes
complementos de destino y específico, que se concretan, respectivamente,
en 1.706,87 euros y 2.397,02 euros.
Asimismo, según el acuerdo del Consejo de Gobierno que publica
este miércoles el BORM, los miembros del Consejo de Gobierno,
secretarios generales, secretarios autonómicos y directores generales y
asimilados "percibirán dos pagas extraordinarias por un importe, cada
una de ellas, de una mensualidad de sueldo y un cien por ciento del
complemento de destino que corresponda".
Además, "cobrarán en los meses de junio y diciembre una paga
adicional en concepto de complemento específico equivalente a dos
tercios de la cuantía mensual que perciban".
Con efectos económicos de 1 de enero de 2013, las retribuciones de
los funcionarios de la Administración regional "no experimentarán
ningún incremento respecto de las establecidas a 31 de diciembre de
2012, sin tenerse en cuenta al comparar la reducción aprobada por el
Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio".
Las pagas extraordinarias de los funcionarios en servicio activo
serán dos al año, una en el mes de junio y la otra en el mes de
diciembre, estando integradas por las cuantías de sueldo y trienios, a
las que habrá que añadir la cuantía del complemento de destino mensual
que perciban.
Las cuantías anuales de los complementos específicos que percibe
el personal incluido en el ámbito de aplicación de la Mesa Sectorial de
Administración y Servicios no experimentarán tampoco ningún incremento
respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2012, "sin tenerse en
cuenta al comparar, asimismo, la reducción aprobada por el Real
Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio".
El complemento específico anual del personal incluido en el ámbito
de aplicación de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios se
percibirá en 14 pagas iguales, de las que doce serán de percibo mensual y
las dos adicionales, del mismo importe, se percibirán en los meses de
junio y diciembre.
Mientras que el personal docente percibirá el complemento
específico de acuerdo con su propia regulación y los importes vigentes a
31 de diciembre de 2012 no experimentarán ningún incremento en el año
2013, sin tenerse en cuenta la reducción aprobada por el Real
Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio.
Tampoco los importes de las cuantías mínimas del complemento de
productividad que percibía a 31 de diciembre de 2012 el personal
experimentarán incremento en 2013. Las cuantías mínimas del complemento
de productividad a percibir por el personal docente "no experimentarán,
igualmente, ningún incremento en 2013", según el BORM.
Además, el acuerdo del Ejecutivo regional pone de manifiesto
también que la Administración General de la Comunidad Autónoma y sus
organismos autónomos "no realizarán aportaciones al Plan de Pensiones de
la Administración Pública de la Región de Murcia en 2013".
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