MADRID.- Las comunidades autónomas remitirán
mensualmente al Ministerio de Hacienda y Administración Públicas
información sobre los planes de tesorería, el personal o ejecución
presupuestaria. En el caso de las corporaciones locales, el envío será
trimestral y la información se ampliará al grado de cumplimiento del
objetivo de estabilidad presupuestaria y plazos previstos en la ley de
lucha contra la morosidad.
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha emitido una Orden Ministerial,
que se ha publicado ya en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para
que las Administraciones autonómica y local faciliten una mayor
información económica financiera y con mayor frecuencia, tal y como se
contempla en la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera.
El objetivo es lograr una mayor transparencia y un mejor
seguimiento del grado de cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera, "lo que contribuirá a fortalecer la confianza en la economía española y refuerza los compromisos europeos adquiridos", según Hacienda.
La orden define el procedimiento, contenido y frecuencia de
remisión de información económico-financiera a suministrar por las
Administraciones Territoriales a la Administración General del Estado
que se encargará de su publicidad.
Por primera vez, el Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas contará con información referida a: planes de tesorería; número
de efectivos y costes asociados al personal al servicio de estas
administraciones; información presupuestaria más completa y adelantada
en el tiempo sobre marcos presupuestarios, líneas fundamentales del
presupuesto, proyectos de presupuestos, presupuestos efectivamente
aprobados, sus posibles modificaciones y su ejecución.
Asimismo, se regulan los plazos y el contenido de la información
económico-financiera de estas Administraciones que el Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas colgará en su página web.
Por primera vez, se van a publicar, mensualmente para las Comunidades
Autónomas y trimestralmente para las Corporaciones Locales, información
sobre la ejecución presupuestaria o el grado de cumplimiento de los
objetivos de estabilidad. Igualmente, se dará publicidad a los planes
económicos financieros, planes de reequilibrio y planes de ajuste.
En la orden ministerial publicada en el BOE hay un endurecimiento
de las consecuencias en caso de incumplimiento de las obligaciones de
remisión, dando lugar a un requerimiento y la aplicación de las medidas
prevista en la Ley de Estabilidad Presupuestaria.
La orden establece que será la intervención general, o unidad
equivalente, quienes centralicen la información tanto en el caso de las
Comunidades Autónomas como en las Corporaciones Locales.
El primer informe mensual de los datos de ejecución presupuestaria
será publicado en octubre, referido a julio y agosto. A partir del mes
siguiente el periodo de referencia será mensual. A partir de 2013 se
publicará también en términos de contabilidad nacional la información de
CCAA, lo que representa un avance fundamental en el seguimiento
continuo y control de las cuentas públicas.
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