MADRID.-
El titular del juzgado central nº 3 de la Audiencia Nacional, Eloy
Velasco Núñez, ha desestimado hoy la pretensión del ya exvicepresidente
de la CAM, el aparejador alicantino Armando Sala Lloret, de personarse
en calidad de perjudicado en las actuaciones de procedimiento abreviado
seguidas a instancia del letrado murciano, Diego de Ramón, contra
diversas actuaciones de la cúpula de la CAM, presuntamente delictivas,
respecto de un notable grupo de clientes perjudicados mediante la compra
de productos financieros ruinosos.
En un alarde de ingeniería procesal, que le ha salido mal esta vez, el ex alto directivo designado en su día por la Generalitat Valenciana para integrar el consejo de administración de la CAM, solicitó a comienzos de mayo mediante procuradora su personación como tal en la causa, aspiración a la que también se opuso el fiscal del caso el pasado día 8.
Dice el citado auto del juez Velasco, dictado hoy, textualmente, lo siguiente:
"Dada la condición de consejero de la Caja de Ahorros del Mediterráneo de D. Armando Sala Lloret, no solo no concurre en él la condición de perjudicado, sino que, en cuanto miembro del órgano colegiado de administración de la entidad, podría ser considerado responsable de los delitos que denuncia, por lo que no procede admitir su personación en concepto de perjudicado.
El hecho de que no se admita ahora la personación que pretende como perjudicado, no impide que en el futuro pueda hacerlo en otra condición y, en particular, la de imputado, si es llamado a declarar en tal concepto o se da alguna otra de las circunstancias previstas en el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".
En un alarde de ingeniería procesal, que le ha salido mal esta vez, el ex alto directivo designado en su día por la Generalitat Valenciana para integrar el consejo de administración de la CAM, solicitó a comienzos de mayo mediante procuradora su personación como tal en la causa, aspiración a la que también se opuso el fiscal del caso el pasado día 8.
Dice el citado auto del juez Velasco, dictado hoy, textualmente, lo siguiente:
"Dada la condición de consejero de la Caja de Ahorros del Mediterráneo de D. Armando Sala Lloret, no solo no concurre en él la condición de perjudicado, sino que, en cuanto miembro del órgano colegiado de administración de la entidad, podría ser considerado responsable de los delitos que denuncia, por lo que no procede admitir su personación en concepto de perjudicado.
El hecho de que no se admita ahora la personación que pretende como perjudicado, no impide que en el futuro pueda hacerlo en otra condición y, en particular, la de imputado, si es llamado a declarar en tal concepto o se da alguna otra de las circunstancias previstas en el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".
1 comentario:
Ahora se ve el amiguismo de la CAM, cuantas propiedades tenia politicos y de la CAM en Islas Mujeres de Mexico, Armando pedistes creditos para las empresas de construcción en condiciones normales, se haran las preguntas como sueldo, dietas, viajes, etc.en los Juzgados, te conduciran bajo vigilancia policial a declarar, estas preguntas estan por resolver, a esperar, hay mucha gente pasandolo mal, Vd. nunca lo ha pasado mal, en sus primeras declaraciones reconocia cierta responsabilidad, que ahora no quiere reconocer.
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