Para evitar que estos problemas se repitan, las agencias de 'rating' deberán someterse a partir de ahora a reglas "muy estrictas" con el objetivo de garantizar que las calificaciones no se vean afectadas por conflictos de intereses, que las agencias velen de forma constante por la calidad de la metodología empleada y que actúen con mayor transparencia.
Para entrar en vigor, la propuesta de la Comisión debe recibir el visto bueno de la Eurocámara y de los Veintisiete.
El comisario responsable de Mercado Interior, Charlie McCreevy, que siempre ha sido poco partidario de regular los mercados financieros, explicó que en el caso de las agencias de calificación de riesgos es inevitable porque los códigos de conducta voluntarios se han revelado ineficaces.
"Estas normas tan estrictas son necesarias para restaurar la confianza del mercado en la actividad de calificación dentro de la UE", dijo McCreevy.
Subrayó que las propuestas del Ejecutivo comunitario "van más lejos que las reglas existentes en cualquier otra jurisdicción del mundo" y que la UE quiere adoptar un "papel de liderazgo" en este ámbito. De hecho, el refuerzo de los controles sobre las agencias de calificación de riesgos constituye una de las cinco prioridades que se ha marcado la UE para la cumbre del G-20 que se celebrará el próximo 15 de noviembre en Washington.
La propuesta del Ejecutivo comunitario obligará a las agencias de calificación de riesgos a registrarse en la UE para poder ejercer su actividad, lo que permitirá a los supervisores europeos controlar su actuación.
La norma fija también una serie de prohibiciones y limitaciones que las agencias de 'rating' deberán respetar para evitar conflictos de interés. En primer lugar, tendrán que hacer público el nombre de las entidades a las que califiquen y de las que reciban más del 5% de sus ingresos actuales.
Además, una agencia no podrá emitir ninguna calificación o deberá retirar la que haya elaborado si ella misma o sus analistas poseen instrumentos financieros en el banco evaluado o vínculos de control.
Finalmente, las agencias de calificación de crédito no podrán prestar servicios de asesoramiento y consultoría.
Para aumentar la calidad de las calificaciones, el reglamento prohíbe calificar instrumentos financieros si la agencia no dispone de información de calidad suficiente para sustentar su actividad de calificación.
Además, las agencias deberán informar sobre los modelos, metodologías y supuestos fundamentales que sirvan de base para efectuar la calificación y tendrán la obligación de publicar un informe anual de transparencia.
La norma obliga a estas empresas a implantar una estructura interna de revisión de la calidad de sus calificaciones. Sus consejos de administración o supervisión deberán contar, como mínimo, con tres administradores independientes cuya retribución no esté supeditada a los resultados empresariales de la agencia de calificación.
Dichos administradores serán nombrados por un único mandato cuya duración no podrá ser superior a cinco años. Sólo podrán ser destituidos en caso de falta profesional. Uno de ellos, como mínimo, deberá ser experto en seguros y financiación estructurada.
Las agencias de calificación de riesgo estarán controladas por los supervisores nacionales de los Estados miembros donde se registren. No obstante, el reglamento también fija mecanismos de cooperación entre los supervisores de los países de la UE.
El supervisor del Estado miembro de residencia deberá informar y consultar a las autoridades de otros países de la UE a la hora de llevar a cabo su tarea y verificar el cumplimiento de las obligaciones que marca el reglamento.
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