MURCIA.- El Ministerio de Medio Ambiente considera que las obras realizadas hasta ahora en Puertomayor, en concreto un dique exterior junto al Canal del Estacio de La Manga, no ayudan a que se elimine la principal causa del estado de deterioro de la calidad de las aguas del Mar Menor. Reclama que se elimine ese dique para mejorar la renovación de las aguas entre el Mediterráneo y la laguna interior.
Así figura en el informe técnico elaborado por el Ministerio y que sirve de sostén para recurrir la decisión que tomó hace unos días el Tribunal Superior de Justicia, cuya Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo ha autorizado que se reanuden las obras del puerto deportivo que se ajusten al diseño inicial. El recurso de súplica contra las medidas cautelares fue presentado ayer por el abogado del Estado encargado del cargo, Juan Ramón Calero, según "La Verdad".
Según el informe de los técnicos del Ministerio, al que ha tenido acceso La Verdad, la decisión del TSJ, «supone de hecho la terminación del puerto, infringe el ordenamiento jurídico y puede ser causa de irreparables perjuicios medioambientales en la costa de La Manga y en el Mar Menor».
El alto tribunal tomó su decisión sobre la base de un informe realizado por el arquitecto catalán José Luis Monsó de Prat, que aconsejaba que siguieran la mayor parte de las obras de la dársena deportiva, a excepción de las modificaciones que se introdujeron después en el proyecto. Apostaba por dragar el Canal del Estacio y rechazaba que se construyera una urbanización en la zona.
Los servicios técnicos del Ministerio discrepan abiertamente de este informe pericial porque «ni se ajusta a la realidad ni está fundado técnicamente». El recurso estima que, con respecto a la concesión administrativa del año 1975, ha habido una modificación de la configuración del puerto «que se va a consolidar con las obras que autoriza el auto judicial».
El Ministerio sostiene que el puerto deportivo que se quiere construir «sólo tiene en común» con el proyecto de 1975 la ubicación de la zona y que, como se trata de un proyecto modificado, corresponde a la Administración del Estado «emitir informe con carácter preceptivo y vinculante».
En relación a la línea de costa, el Ministerio discrepa del perito de que las obras hayan inducido un movimiento irrelevante de sedimentos. «Nos sorprende la falta de objetividad del perito al decir que no ha habido modificación de la línea de costa. La construcción del dique exterior y el dique sur ha alterado la dinámica sedimentaria y, en la actualidad, el tramo final del Canal del Estacio, entre las obras de Puertomayor, está funcionando como trampa de arenas.
Es decir, hay transporte de sedimentos en el ámbito geográfico del puerto y sus contornos, ya que las obras realizadas han modificado y están modificando el patrón general del movimiento de sedimentos. Es necesario y pertinente preguntarse: ¿Cuál es el origen de las arenas acumuladas en el canal del Estacio?», señala.
El Ministerio opina asimismo que no se cumple el auto inicial dictado por la misma Sala en el año 2005 y añade que se infringe la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa porque, si se ejecutan las obras, «el daño a la costa y a la laguna litoral puede ser irreversible, con lo que este proceso perdería su finalidad legítima».
Considera, por último, que se están autorizando «obras que van mucho más allá de la conservación de lo construido». Cree que algunas actuaciones suponen «consolidar una obra definitiva». Pone en duda las apreciaciones del perito sobre la conservación de lo construido y su capacidad de resistencia al mar y critica que se haya guiado en algunos casos «por unas simples fotos».
Así figura en el informe técnico elaborado por el Ministerio y que sirve de sostén para recurrir la decisión que tomó hace unos días el Tribunal Superior de Justicia, cuya Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo ha autorizado que se reanuden las obras del puerto deportivo que se ajusten al diseño inicial. El recurso de súplica contra las medidas cautelares fue presentado ayer por el abogado del Estado encargado del cargo, Juan Ramón Calero, según "La Verdad".
Según el informe de los técnicos del Ministerio, al que ha tenido acceso La Verdad, la decisión del TSJ, «supone de hecho la terminación del puerto, infringe el ordenamiento jurídico y puede ser causa de irreparables perjuicios medioambientales en la costa de La Manga y en el Mar Menor».
El alto tribunal tomó su decisión sobre la base de un informe realizado por el arquitecto catalán José Luis Monsó de Prat, que aconsejaba que siguieran la mayor parte de las obras de la dársena deportiva, a excepción de las modificaciones que se introdujeron después en el proyecto. Apostaba por dragar el Canal del Estacio y rechazaba que se construyera una urbanización en la zona.
Los servicios técnicos del Ministerio discrepan abiertamente de este informe pericial porque «ni se ajusta a la realidad ni está fundado técnicamente». El recurso estima que, con respecto a la concesión administrativa del año 1975, ha habido una modificación de la configuración del puerto «que se va a consolidar con las obras que autoriza el auto judicial».
El Ministerio sostiene que el puerto deportivo que se quiere construir «sólo tiene en común» con el proyecto de 1975 la ubicación de la zona y que, como se trata de un proyecto modificado, corresponde a la Administración del Estado «emitir informe con carácter preceptivo y vinculante».
En relación a la línea de costa, el Ministerio discrepa del perito de que las obras hayan inducido un movimiento irrelevante de sedimentos. «Nos sorprende la falta de objetividad del perito al decir que no ha habido modificación de la línea de costa. La construcción del dique exterior y el dique sur ha alterado la dinámica sedimentaria y, en la actualidad, el tramo final del Canal del Estacio, entre las obras de Puertomayor, está funcionando como trampa de arenas.
Es decir, hay transporte de sedimentos en el ámbito geográfico del puerto y sus contornos, ya que las obras realizadas han modificado y están modificando el patrón general del movimiento de sedimentos. Es necesario y pertinente preguntarse: ¿Cuál es el origen de las arenas acumuladas en el canal del Estacio?», señala.
El Ministerio opina asimismo que no se cumple el auto inicial dictado por la misma Sala en el año 2005 y añade que se infringe la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa porque, si se ejecutan las obras, «el daño a la costa y a la laguna litoral puede ser irreversible, con lo que este proceso perdería su finalidad legítima».
Considera, por último, que se están autorizando «obras que van mucho más allá de la conservación de lo construido». Cree que algunas actuaciones suponen «consolidar una obra definitiva». Pone en duda las apreciaciones del perito sobre la conservación de lo construido y su capacidad de resistencia al mar y critica que se haya guiado en algunos casos «por unas simples fotos».
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