lunes, 24 de septiembre de 2007

Grupo Hispania recurre por indefensión el auto del TSJ que paraliza el proyecto de La Zerrichera

CARTAGENA.- El Grupo Inversor Hispania ha presentado un recurso a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia en el que pide a la Sala que anule las medidas cautelares adoptadas por ese tribunal y que suspenden la ejecución de la Orden Resolutoria del consejero de Obras Públicas, de 13 de febrero de 2006, relativas a la aprobación definitiva de la modificación puntual del PGOU de Águilas para clasificar como urbanizable sectorizado terrenos en el paraje de La Zerrichera.

Esta medida fue adoptada por el tribunal tras un recurso presentado por el grupo ecologista ANSE.

Hispania pide “la nulidad de pleno derecho de todo lo actuado hasta la personación de esta parte”, al mismo tiempo que solicita que “se retrotraigan las actuaciones”.

La defensa de Hispania, según ha explicado a este periódico, expresa su malestar por haber sido, a través de la prensa, cuando se ha enterado en este proceso y en el que el Tribunal dicta el mencionado auto de paralización porque no perjudica el interés general.

El Grupo Hispania advierte que “es un legítimo interesado en el proceso, como promotor de la iniciativa urbanística sobre el paraje La Zerrichera. En segundo lugar, es totalmente identificable. Y, en tercer lugar, resulta patente que se ha producido una causa de indefensión real y efectiva, ya que la falta de emplazamiento ha impedido a Hispania defender sus intereses legítimos en cuanto a las pretensiones instadas por ANSE y sin dar audiencia al principal perjudicado por ese auto de suspensión”.

Además, Hispania insiste en que no ha sido notificado de la existencia del proceso, ni emplazado para que pueda comparecer como demandado en el mismo. Este hecho, “le crea una indefensión manifiesta, y en consecuencia vulnera su derecho consagrado en la Constitución”.

Por todo ello, Hispania insiste en que “nos encontramos ante una falta absoluta de emplazamiento de un tercero, nuestro grupo inversor, que ostenta un interés legítimo en el proceso de autos, lo cual vicia de nulidad las actuaciones seguidas en su ausencia. Por tanto, procede la sanción de nulidad de los actos judiciales cuando se prescinda total y absolutamente de las normas esenciales de procedimiento o con infracción de los principios de audiencia, asistencia y defensa”.

Críticas a la falta de respuesta de la Comunidad Autónoma

El Grupo Hispania también ha mostrado su malestar con el Gobierno regional por la falta de respuesta en todo este proceso. Por una parte, recrimina que transcurridos 14 meses desde que el Ejecutivo frenó el proyecto, a la espera del Plan de Gestión, aún no se ha producido ninguna respuesta.

La empresa entiende que “ha transcurrido el tiempo suficiente para que se hubiera adoptado ya una determinación sin la necesidad de crear las negativas consecuencias que esta paralización crea al grupo impulsor de este proyecto”.

Por último, entiende Hispania que dicho Plan de Gestión, “de existir una voluntad real de sacarlo adelante, se abordaría con la máxima celeridad y no dilatándose tanto en el tiempo; lo que sigue creando importantes perjuicios para nuestro grupo, además de una indefensión total”.

El Plan de Gestión sobre La Zerrichera se encuentra desde hace varios meses en el Consejo Económico y Social (CES) a la espera de su valoración y dictamente.

Después este Plan de Gestión deberá pasar por el Consejo Jurídico de la Región para volver, finalmente a la mesa del Ejecutivo regional. Para lo que, de momento, el Gobierno no ha fijado plazos para su tramitación.

Medida cautelar

Las mismas fuentes de Hispania explican que merece especial atención el auto de medidas cautelares respecto a la fundamentación jurídica que argumenta la Sala al decir que “la medida cautelar interesada no ocasiona perjuicio alguno al interés general, pero en ningún momento entra a valorar la posibilidad de que se produzca un perjuicio a un tercero, como en este caso se produce, ignorando absolutamente al perjudicado directo por la suspensión de la orden resolutoria”.

Para la empresa, “este proceder vicia de nulidad el acuerdo de suspensión, ya que difícilmente puede el juzgador valorar todos los intereses en conflicto si a uno de los protagonistas principales de la causa, Grupo Hispania, siquiera ha sido oído a la hora de acordar el auto de suspensión, a pesar de que ello perjudica directamente, al paralizarse consecuentemente la aprobación inicial del Plan Parcial La Zerrichera, que ha presentado mi mandante”.
www.elfarodemurcia.info

1 comentario:

Anónimo dijo...

Esto ¿Quien lo paga?