CARTAGENA.- La titular del juzgado de
Instrucción nº 4 de Cartagena, María Antonia Martínez Noguera, ha
aceptado efectuar una reconstrucción de los hechos que tuvieron lugar la
madrugada del pasado 11 de marzo en la que desapareció el vecino del
barrio cartagenero de Las Seiscientas, Diego Pérez Tomás, cuyo cadáver
fue encontrado dos semanas después flotando en aguas de Cala Cortina. En
concreto, la jueza ha autorizado que el lunes, 3 de noviembre, se
vuelva a tomar declaración al testigo que asegura que vio a Diego vivo
días después de que se le perdiera la pista.
En la mañana
del miércoles, 5 de noviembre, tendrá lugar la rueda de reconocimiento a
la que se someterá a otros dos testigos protegidos, trabajadores de la
Autoridad Portuaria de Cartagena que, al parecer, esa misma noche de la
desaparición se cruzaron con los coches patrulla de la Policía Nacional y
llegaron a interpelar a los agentes.
El objetivo de esta
rueda de reconocimiento es que estos dos funcionarios de la Autoridad
Portuaria identifiquen a los agentes con los que se encontraron aquella
madrugada.
En la tarde del miércoles, 5 de noviembre, se
llevará a cabo la reconstrucción de los hechos acaecidos en la noche de
la desaparición, con la presencia de los seis agentes detenidos y
empleando para ello los tres coches patrulla que usaron en el traslado
de Diego Pérez Tomás desde su domicilio hasta Cala Cortina.
Los
abogados solicitaron esta reconstrucción con el fin de determinar el
tiempo real que los agentes pudieron permanecer en los aparcamientos de
Cala Cortina o en los alrededores esa noche, al sostener que sus
clientes no pudieron cometer el delito que se les imputa al haber estado
solo entre dos y cinco minutos en esa zona.
Fue
el testigo 'B-83' quien advirtió que no fueron dos, sino seis los
policías que acudieron la noche de autos a la calle Estanislao Rolandi
del barrio de 'Las Seiscientas' y que se llevaron a un hombre después de
agredirle. No obstante, según consta en un informe policial, esta persona confundió al fallecido con otro
vecino.
Según el testimonio del testigo, eran las 4.25 de
la madrugada del día 11 de marzo y "fuera de dos vehículos policiales
de color azul se hallaban cinco policías uniformados, permaneciendo un
sexto en el interior de un vehículo policial de color blanco, en el lado
del conductor". El testigo declaró haber escuchado una voz que le
resultaba familiar y que preguntaba a los agentes: "¿Para que me
aporreas la puerta?".
El nivel de detalle del testimonio
ofrecido describía casi a la perfección al agente que llevaba la voz
cantante: "el más alto de todos, moreno con el pelo corto, entradas
pronunciadas, de complexión fuerte". Según el relato, este agente cacheó
a Diego Pérez, le quitó una chaqueta que quedó tirada en el suelo y
tras encontrar algo entre sus pertenencias le agredió "propinándole un
golpe con la mano abierta en la cara".
"Acho, ¿Estás loco o qué?", dice
que le contestó su vecino.
"Sube al coche", dice que
escuchó a uno de los agentes decirle ya desde dentro de uno de los
vehículos policiales. Y Diego Pérez se subió a uno de los dos coches
azules, uno en el que no estaba el agente que le había agredido. "En ese
momento, un agente del coche blanco preguntó a otro: ¿Lo llevamos a
Comisaría", contestándole este: "No, lo llevamos a la guarida", declaró
haber oído 'B-83'.
Esta frase es de importancia para los
investigadores porque tras este testimonio revisaron las cámaras de
seguridad de la zona y comprobaron que los tres coches se habían
dirigido a la playa de Cala Cortina, donde apareció el cadáver de Diego
Pérez. Es por ello que en Asuntos Internos relacionan "la guarida" con
Cala Cortina.
Sin
embargo, pese al aparente nivel de detalle en el testimonio, 'B-83'
admite que a la mañana siguiente "se encontró a la persona que pensó se
había llevado la Policía la noche anterior, preguntándole: "Acho ¿pero
no eras tú el que te fuiste?", contestándole este: "Pero que dices...
¡si yo me he tirado toda la noche durmiendo!".
Fue
entonces este vecino quien advirtió al testigo clave de que a Diego
Pérez le buscaba su hermano: "Sabes que Enrique está buscando a su
hermano Diego?". "Ante lo cual el testigo se percató en ese momento de
que la persona que se había llevado la Policía la noche anterior era
Diego, un conocido de la zona", recoge el informe policial.
Juan Francisco Pérez Avilés, abogado de uno de los policías acusados en
relación al crimen de Cala Cortina, ha solicitado la nulidad de las
escuchas efectuadas por el departamento de Asuntos Internos de la
Policía Nacional en el interior de los coches patrulla utilizados por
los detenidos, al entender que fueron tomadas sin "amparo jurídico".
Pérez Avilés ha afirmado que este
mismo jueves ha presentado el escrito en el que pide la nulidad
"radical" de las intervenciones mediante los aparatos de comunicaciones
ambiente que se implantaron en los vehículos policiales.
El abogado apoya su solicitud en una sentencia del Tribunal
Constitucional del pasado 22 de septiembre sobre un caso que ha definido
como "similar" en el que declaró nula la utilización de aparatos
parecidos para captar las escuchas de dos detenidos en los calabozos de
sede policial.
Aquella sentencia anuló esas escuchas
(aunque no sirvió para exonerar al procesado) y la resolución ya ha sido
aplicada en el 'caso Asunta'. La Sección Sexta de la Audiencia
Provincial de La Coruña, con sede en Santiago de Compostela, ha acordado
la nulidad de las conversaciones obtenidas en los calabozos de Lonzas de
los padres de Asunta Basterra, Alfonso Basterra y Rosario Porto.
En concreto, Pérez Avilés recuerda que el Tribunal Constitucional
declara en su sentencia que esta práctica "viola el artículo 18 que
protege el secreto de las comunicaciones" y añade que este tipo de
escuchas "no tiene ningún tipo de regulación legal", a diferencia de las
intervenciones telefónicas, postales o telegráficas que sí que tienen
amparo jurídico en el artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Pérez Avilés explica que "corresponde al legislador" cubrir esta
"laguna legal", ya que "es la única garantía del justiciable que conozca
las reglas legales". En "ausencia" de una norma que regule este otro
tipo de comunicaciones, el letrado considera que procede "anular las
escuchas".
El abogado recuerda que, a raíz de esta
sentencia del Tribunal Constitucional, también se han anulado las
escuchas de otro caso "con igual o más alarma social que nos ocupa, que
es el de la niña Asunta en Santiago de Compostela".
La
sección sexta de la Audiencia Provincial de La Coruña ha dictado un Auto
el 20 de octubre que "también anula las escuchas practicadas a los
padres de Asunta mediante el empleo de un micrófono en los calabozos".
En el caso de los policías detenidos en Cartagena, Pérez Avilés se ha
mostrado "plenamente convencido" de que "se ha violado el derecho
fundamental a las comunicaciones que recoge el artículo 18".