MURCIA.- Según el diario La Verdad, que no cita fuentes de la Fiscalía del TSJ de Murcia, existen 30 preguntas a las que puede haber tenido que contestar PAS ante el juez esta mañana para ofrecer detalladas explicaciones acerca de las decisiones que adoptó a
lo largo y ancho de todo el proceso de adjudicación del proyecto,
licitación, construcción, recepción de las obras y justificación de la
subvención -seis millones de euros- que sirvieron para levantar el
Teatro Auditorio de Puerto Lumbreras a partir del año 2006.
1. Que contrató al arquitecto Martín Lejarraga a dedo
El 16 de junio de 2006, el entonces alcalde de Puerto
Lumbreras, Pedro Antonio Sánchez, dirigió a la Consejería de Cultura una
memoria justificativa sobre la necesidad de construir un
Teatro-Auditorio en su localidad, que iba acompañado por el Anteproyecto
elaborado por el arquitecto Martín Lejarraga. El 18 de diciembre, la
Consejería confirmó la concesión de una subvención de seis millones para
el proyecto.
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2. Que presentó en público el proyecto con el arquitecto
Los medios de comunicación del Guadalentín y los regionales
guardan en sus archivos noticias ya de 2005 sobre presentaciones
públicas del proyecto, haciendo constar que lo iba a dirigir Lejarraga,
sin que conste que se celebrara previamente un concurso de ideas o se
abriera un proceso de licitación.
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3. Que no existe documento que pruebe la contratación
En toda la documentación remitida por el Ayuntamiento de
Puerto Lumbreras al juzgado no existe documento administrativo alguno
sobre la contratación de los servicios de Martín Lejarraga ni que
acredite el pago de sus trabajos.
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4. Que ni siquiera disponían del terreno que lo acogería
El 20 de diciembre de 2006, el alcalde Sánchez remitió un
escrito a la Dirección General de Cultura para informar de que
«actualmente se encuentra en trámite un convenio de cesión de terrenos»
sobre los que se construiría el Auditorio, a pesar de que en la
documentación municipal no existe constancia de convenio alguno, ni
inscripción en el registro de convenios, ni expediente sobre esa
cuestión. La juez Andreo concluyó que se afirmó que el Auditorio se iba a
construir sobre una parcela que no consta que fuera de propiedad
municipal.
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5. Que se gastó tres millones antes de empezar la obra
La obra del Auditorio se inició en mayo de 2008, pero el 2
de julio de 2007, el alcalde Sánchez pidió a la Consejería una prórroga
de 18 meses para poder justificar que el Ayuntamiento ya se hubiera
gastado los tres primeros millones de la subvención.
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6. Que se cambió la ubicación sin acuerdo municipal
La ubicación inicialmente prevista se cambió sobre la
marcha, sin que exista en la documentación constancia de un acuerdo
municipal en ese sentido. No consta que Sánchez comunicara a la
Consejería las alteraciones en las condiciones establecidas.
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7. Que se cambió el proyecto sin el placet de Cultura
El proyecto que finalmente se ejecutó «difiere completamente
del que se presentó en la solicitud de la subvención, sin que conste la
autorización de la Consejería», señala el informe pericial de la
Intervención General del Estado. «Simplemente, se modificó el proyecto y
se decidió ejecutar otro en un lugar diferente. Una decisión que tomò
unilateralmente el alcalde», según la exposición razonada de la juez.
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8. Que pidió tres millones más sin empezar la obra
El 14 de diciembre de 2007, el alcalde Sánchez solicita a la
Consejería que le adelante la segunda parte de la subvención, otros
tres millones, pese a que la obra no se inicia hasta mayo de 2008.
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9. Que convocó un concurso de ideas para 'legalizarlo'
El 17 de diciembre de 2007, el entonces alcalde Sánchez
aprueba el pliego de bases para la convocatoria de un concurso de ideas
sobre el Teatro-Auditorio, «con el que intenta legalizar (a posteriori)
la contratación de Martín Lejarraga», en palabras de la juez Andreo.
Para cuando se convoca el concurso ya existe un anteproyecto, un
proyecto básico y un proyecto de ejecución.
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10. Que se evitó dar publicidad a la convocatoria pública
Pedro Antonio Sánchez convoca el concurso de ideas en plenas
fechas navideñas, dando solo 15 días de plazo y no se publica en el
Boletín Oficial de la Comunidad Europea, como exige la ley para un
proyecto de seis millones de euros. Unas circunstancias que en
apariencia atentan contra el principio de libre concurrencia. «Solo el
hecho de que ya tenía contratado al arquitecto y redactado el proyecto
justifica esas circunstancias», indicó la instructora.
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11. Que el Colegio Oficial de Arquitectos se lo advirtió
El 24 de enero de 2008, el Colegio Oficial de Arquitectos de
Madrid remitió un escrito, directamente dirigido al alcalde, para que
explicara cómo era posible que antes de convocarse el concurso se ideas
ya se hubiera difundido públicamente que el autor sería Lejarraga y que
así figurara en noticias de medios de comunicación.
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12. Que el plazo fijado para el concurso era «imposible»
El 15 de enero de 2008 fue aprobado el pliego del
procedimiento abreviado, con el plazo de un mes para redactar el
proyecto básico, el de ejecución de la obra y el de dirección técnica
del poryecto. Un plazo que la exposición razonada califica como «de
imposible cumplimiento», sobre todo en lo referente a la redacción del
proyecto de dirección de obra, y que en apariencia solo podía cumplir
Lejarraga «porque gracias a su relación personal con el alcalde ya podía
conocer de antes el emplazamiento, las condiciones de la parcela, las
necesidades y descripción del proyecto...».
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13. Que se establecieron unos honorarios «excesivos»
El 29 de enero de 2008, por resolución de Pedro Antonio
Sánchez, se adjudicaba el contrato al arquitecto Lejarraga, con unos
honorarios de 335.484 euros, que la Intervención General del Estado
calificó como «excesivo».
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14. Que no estaba justificado licitar la obra con urgencia
El 8 de febrero de 2008 se aprobó por el alcalde el anuncio
de la licitación de la obra por el trámite de urgencia, con solo 13 días
para presentar ofertas. La juez consideró que no había causa legal para
sacar el concurso con urgencia, cuando la subvención se había concedido
18 meses antes y además existía una prórroga de otros 18 meses, y en
cambio «sí podía limitar considerablemente la concurrencia».
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15. Que contrató a un técnico 'ex profeso' para ese plan
Por resolución de Alcaldía, el 27 de junio de 2007 fue
nombrado el ingeniero técnico José Fernández Navarro, que fue quien
redactó «los escasos informes técnicos encontrados» sobre el Auditorio. Y
ello a pesar de que el Consistorio contaba con un arquitecto superior y
un arquitecto técnico y que el contratado «no contaba con titulación
específica que garantizara especiales conocimientos en la materia, sobre
todo con una obra de esa envergadura. El desacierto -en palabras de la
juez- se puso de manifiesto cuando el mismo proyecto que este técnico
consideró idóneo no alcanzó el visado del Colegio de Arquitectos».
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16. Que nada había de un vial que obligó a retranquear
El 12 de mayo de 2008, se levanta acta de replanteo, en
presencia del Ayuntamiento, la dirección facultativa y la empresa Ecisa,
en la que consta que «no hay inconveniente alguno en la viabilidad de
la ejecución de las obras, ocupación, dimensiones, superficies,
instalaciones que pasen por la zona...». Pese a ello, el 3 de febrero de
2009 se hace constar que un vial de próxima construcción obliga a
retranquear el edificio nueve metros.
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17. Que estaba injustificado el proyecto modificado
El informe pericial aportado a las diligencias afirma que el
retranqueo de nueve metros «únicamente exigía un nuevo replanteo de las
edificaciones, modificando ligeramente su ubicación en el terreno, no
habiendo nuevos ajustes topográficos y de rasantes» que acometer, por lo
que redactar un modificado estaba «injustificado». «El retranqueo del
edificio principal no justifica un redimensionado de los nuevos
edificios ni una nueva ubicación de los mismos».
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18. Que sirvió para tapar un desajuste de 1,8 millones
En octubre de 2009, cuando se empiezan a emitir
certificaciones con base al proyecto modificado, la obra estaba ya
pagada al 85,39%, pero solo se había construido un 47,08%. Ante esa
situación, «los intervinientes, conscientes de la inviabilidad de
concluir la obra, se valieron de un modificado para poder justificar la
realidad», según la juez. En ese momento, «existía un desajuste en la
obra de 1,8 millones de euros cobrados indebidamente y que era necesario
justificar. Y el modificado se mostró como la solución perfecta. El
modificado explica que la obra no se concluyera totalmente».
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19. Que aprobó el modificado cuando ya estaba pagado
En septiembre de 2010, el entonces alcalde Sánchez presenta a
la Junta de Gobierno Local, para su aprobación, el mencionado proyecto
modificado, a pesar de que desde octubre de 2009 se estaba certificando
obra con base a ese modificado -entonces todavía inexistente- y a que la
construcción estaba parada desde junio de 2010. No existe documento
alguno en el expediente que pruebe que se contrató a Lejarraga para
efectuar ese modificado y, además, en el acta se hace constar que ese
cambio del proyecto «no implica alteración del precio del contrato»,
pese a que se dejó la obra sin concluir por faltar 2,2 millones en
obras. El Colegio de Arquitectos le denegó además el visado al
modificado.
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20. Que el modificado dejó fuera obras esenciales
El nuevo proyecto dejaba fuera elementos esenciales del
proyecto, como toda la terminación interior del Teatro-Auditorio, el
sótano y aparcamiento y el bar cafetería, «lo que suponía que la obra no
fuera completa y que se excluyera un elemento esencial» del proyecto,
pese a lo cual no se contempló la disminución del precio. Se mantuvo el
mismo presupuesto de contrata, a pesar además de que acometer la
estructura mixta suponía un coste menor.
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21. Que se duplicaron partidas en las certificaciones
Aunque el presupuesto general de contrata incluía todos los
capítulos y partidas necesarios para finalizar la obra, incluidos los
gastos generales, el beneficio industrial y el IVA, estos tres conceptos
se volvieron a cargar en todas las certificaciones de obra abonadas por
el Ayuntamiento. Ello implicó un sobrepago del 38%, lo que supuso que
se abonaran indebidamente 1,8 millones entre las certificaciones 1 a 17,
que aprobó el primer edil, Pedro Antonio Sánchez.
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22. Que no adoptó medida alguna pese al desajuste
En septiembre de 2009, después de quince meses de obras, el
proyecto está ejecutado al 47% y pese a ello ya se ha certificado y
abonado el 85,39%. Pese a ese «importante desajuste», como señala la
juez Consuelo Andreo en las conclusiones de su investigación, no consta
que el alcalde adoptara medida alguna, como reclamar informes técnicos,
visitar la obra, reclamar explicaciones a la dirección de obra o al
contratista...
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23. Que ya en septiembre de 2009 resultaba inviable
La exposición razonada recoge que ya en septiembre de 2009,
con el 85,39% del presupuesto gastado y solo el 47% del proyecto
concluido, todos los implicados en la construcción del Auditorio eran
conscientes de que «la obra era inviable económicamente». De ahí que la
juez considere que el modificado no fue la razón de que no se acabara,
sino la excusa que se diseñó para justificarlo. Además, cada una de las
certificaciones aprobadas por el alcalde no llevan la firma de ningún
técnico.
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24. Que no tenía sentido la certificación de acopios
Ya en el arranque del proyecto, el 5 de julio de 2008,
Sánchez aprobó una certificación por acopios por importe de 2,2 millones
de euros, simplemente para permitir que el contratista pudiera adquirir
material. Esa cantidad suponía nada menos que el 39,82% de todo el
presupuesto y no existía informe alguno que justificara ese desembolso,
que por ley es algo excepcional y el dinero debe adelantarse solo para
localizar materiales de gran escasez o con un plazo de entrega muy
largo. La juez Andreo advirtió que «lo inexplicable de esa certificación
de acopios no es solo lo elevado de la misma y su falta de
justificación, sino que solo un mes más tarde el Ayuntamiento tuvo que
concertar una operación de crédito (pedir un préstamo) de 2,2 millones».
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25. Que una certificación lleva varias fechas distintas
La certificación nº 18 lleva al menos dos fechas distintas
en el expediente: las del 9 y el 10 de octubre de 2009. Una lleva una
firma que parece del alcalde y la otra no. Se emitió solo 9 días después
de la nº 17 y alcanzaba un importe de 1,1 millones y se emitía con base
a un proyecto modificado que aún no se había presentado a la Junta de
Gobierno, ni al Pleno, ni estaba aprobado. Además incluía una novedosa
partida de 170.000 euros, por Seguridad y Salud, que no estaba incluida
en el proyecto original y que en apariencia no se justifica por un
modificado.
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26. Que se abonó al 100% la obra y se acabó al 61,96%
Con la certificación nº24, en abril de 2010, la obra está
abonada al 100%, el presupuesto está agotado y el Auditorio solo se ha
terminado al 61,96%, por lo que no puede ser utilizado. «Todo esto se
intenta justificar con un modificado que era innecesario, superfluo,
infundado, inútil y exagerado», concluye la juez.
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27. Que no se desviaron líneas eléctricas
En la certificación nº 18 se incluye el coste de unas obras
complementarias, consistentes en el desvío de unas líneas de media y
baja tensión que supuestamente entorpecían el avance de la obra. Los
trabajos se facturaron por un importe total de 150.000 euros, pese a que
Iberdrola certificó más tarde que no se acometió ni supervisó desvío
alguno de líneas eléctricas en esa zona. El entonces alcalde, Pedro
Antonio Sánche, notificó personalmente a la Consejería de Cultura que
habían surgido unas obras imprevistas, a fin de que constaran en el
expediente y de poder «ultimar esta actuación».
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28. Que recepcionó la obra sin estar acabado el 38%
El 20 de septiembre de 2011 se recepciona la obra por el
Ayuntamiento, con el visto bueno del primer edil lumbrerense, y se
declara que el Consistorio «recibe la obra terminada, en buena estado y
de conformidad a las prescripciones previstas, dándose comienzo al plazo
de garantía». Todo ello pese a que quedaba el 38% del proyecto por
ejecutar.
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29. Que se hizo la liquidación en septiembre de 2011
El 21 de septiembre de 2011, la constructora Ecisa remitió
al Ayuntamiento la llamada 'certificación nº 25 final-liquidadora',
reclamando 574.840 euros, con los que consideraba que quedaban
definitivamente ajustados los pagos al volumen de obra realizada. El
Consistorio acabó asumiéndola, aunque rebajó la cantidad a 338.915
euros. No existe en el expediente informe que justifique esa cuantía.
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30. Que no justificó de forma adecuada la subvención
Después de reiteradas peticiones de prórroga para probar que
la subvención había sido bien y completamente empleada en el Auditorio,
la Consejería la dio por justificada el 25 de septiembre de 2013. La
juez estima que la Comunidad debió haber abierto un expediente para el
reintegro de los seis millones en virtud de todos los supuestos
incumplimientos cometidos.