MURCIA.- El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) publica este lunes
la ley 3/2016, de 21 de marzo, para el funcionamiento pleno del Hospital
Santa María del Rosell como Hospital General.
Según recuerda el Boletín, la Asamblea Regional de Murcia, en el
marco del debate sobre el estado de la Región de 2010, aprobó por
unanimidad mantener el Rosell como hospital general autónomo del Área II
de Salud a la entrada en servicio del nuevo de Santa Lucía.
Así, el hospital Santa María del Rosell tendrá consideración de
hospital general en el Área II de Salud, con todas las prestaciones
habituales de un hospital, incluyendo servicio de urgencias, UCI,
plantas de hospitalización, laboratorio, pruebas diagnósticas, servicios
generales y aquellos especializados que garanticen una oferta
compatible con un servicio sanitario de calidad.
Durante el año 2016 se pondrá en marcha el servicio de urgencias, con
asistencia de alta resolución, servicios de área de rehabilitación
funcional ambulatoria, área quirúrgica, con pleno rendimiento de todos
los quirófanos existentes a través de la cirugía mayor ambulatoria.
Además de potenciación del área de consultas de especialidades
mediante la creación de un gran centro de especialidades médicas de alta
resolución, contar con unos potentes servicios para pruebas
diagnósticas y complementarias, y laboratorio y dar un gran impulso al
área social, es decir, la asistencia sanitaria que afecta a las personas
mayores, poniendo a su disposición una serie de recursos sanitarios
pensados para ellas: servicios de media estancia sanitaria,
neurológicos, rehabilitadores.
A lo que se une la hospitalización de media estancia sanitaria, dotar
de forma prioritaria de recursos y servicios al área de salud mental,
una actuación singular en el ámbito de los cuidados paliativos,
potenciar el área de nefrología con servicios de diálisis ambulatoria y
la hospitalización a domicilio.
La dotación de recursos y la formalización de las medidas necesarias
para el establecimiento de la estructura y órganos de dirección como
hospital general estará finalizada a 1 de enero de 2018, según añade el
BORM.
Atendiendo al Real Decreto 521/1987, Reglamento de estructura,
organización y funcionamiento de los hospitales, se instrumentarán las
fórmulas administrativas precisas tendentes a proporcionar al hospital
del Rosell la mayor autonomía en la gestión y utilización de sus
recursos hasta tanto no se constituya en hospital general.
Disposición adicional y transitoria
En el plazo de tres meses desde la aprobación de esta ley, la
Consejería de Sanidad presentará, previo acuerdo en el Consejo de Salud,
la organización de servicios de los hospitales de Santa Lucía y Santa
María del Rosell.
En este mismo plazo de tres meses se creará la comisión de
seguimiento, que formará parte del Consejo de Salud del Área II, de la
apertura del hospital Santa María del Rosell y de la organización de los
servicios del Área II, en la que se dará participación a los
ayuntamientos del Área II y a la plataforma en defensa de la sanidad
pública 'Salvemos el Rosell'.
Esta comisión planificará y realizará el seguimiento como garante del
cumplimiento de los distintos hilos en la puesta en marcha de los
servicios marcados en el artículo único de esta ley. Durante todo este
proceso de restitución de servicios del hospital del Rosell y de puesta
en marcha de las líneas estratégicas establecidas en esta ley, se
detendrá cualquier otra modificación en el mismo y en el Área II de
Salud en su conjunto que provoque una pérdida de servicios y/o reducción
de medios materiales y humanos.
La Consejería de Sanidad valorará el coste total de la puesta en
marcha de las líneas estratégicas fijadas en esta ley de acuerdo con la
previsión presupuestaria establecida en la Ley de Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2016,
y evaluará el resto de servicios a poner en marcha para la consecución
del hospital del Rosell como hospital general y hacer la provisión
correspondiente en el presupuesto del siguiente ejercicio 2017. La
presente ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación.