MADRID.- Una quincena de Obispados y Arzobispados de toda España - entre ellos el de Cartagena- serán denunciados mañana, martes, ante los juzgados de instrucción por consentir el mantenimiento de símbolos de la Guerra Civil y la dictadura franquista en contra de lo estipulado por la Ley de Memoria Histórica y mantener enterrados los restos de Francisco Franco, José Antonio Primo de Rivera o el general Queipo de Llano pese a que el derecho canónico solo permite enterrar en sus territorios cadáveres de pontífices, cardenales u obispos.
Así lo expone el abogado
especializado en Derechos Humanos, Eduardo Ranz, en los escritos que
presentará este martes 14 de abril --coincidiendo con el aniversario de
la proclamación de la Segunda República-- ante los tribunales por un
posible delito contra la independencia del Estado del artículo 589 del
Código Penal, al entender que los obispos dependen de las instrucciones
de la ciudad del Vaticano, la cual está constituida como un Estado
Independiente y no cumplen con la legislación española.
Por su
parte, los escritos de alegaciones canónicas, a los que ha tenido acceso
Europa Press, se presentarán ante los Obispados y Arzobispados de
Madrid, Córdoba, Segovia, Cuenca, Mérida-Badajoz, Coria-Cáceres,
Badajoz, Almería, Cartagena, Valencia, Orihuela-Alicante, Sevilla,
Sigüenza-Guadalajara, Zaragoza y Oviedo.
En el caso de Madrid, el
abogado interpondrá este martes a las 11.00 horas ante el Arzobispado,
situado en la calle Bailén, un escrito solicitando la retirada de la
simbología de franquista y la salida de los restos de Franco y Primo de
Rivera que descansan en la Basílica del Valle de los Caídos. En este
sentido, cita también la placa conmemorativa del fundador de la Falange
Española en la basílica de la Concepción de Nuestra Señora, situada en
el barrio de Salamanca, en Goya, 26.
"Todo ello en manifiesto
incumplimiento de la comúnmente denominada Ley de Memoria Histórica, y
del canon 1242 del Código de Derecho Canónico, que establece
textualmente 'No deben enterrarse cadáveres en las iglesias, a no ser
que se trate del Romano Pontífice o de sepultar en su propia iglesia a
los Cardenales o a los Obispos diocesanos, incluso eméritos", explica el
abogado, para añadir que el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica
obliga a retirar estos símbolos.
Por lo tanto, añade, el
Arzobispado de Madrid, "con su permisividad o inacción, está vulnerando
manifiestamente los cánones, puesto que ni Francisco Franco Bahamonde ni
José Antonio Primo de Rivera son, o han sido, al menos de forma pública
y notoria, Romano Pontífice, Obispo o Cardenal".
Ranz, que pide
al Arzobispado de Sevilla retirar la tumba del teniente general Gonzalo
Queipo de Llano y Sierra de la basílica de La Macarena, cita como
precedente un caso de Alicante, donde la basílica de Nuestra Señora del
Socorro eliminó una placa que contenía las palabras 'José Antonio', en
conmemoración al fundador de la Falange.
Por su parte, se ampliarán a 42 consistorios las denuncias penales por
mantener estos vestigios. Entre ellos, varias denuncias se presentarán
ante el Tribunal Supremo por la condición de aforados de sus regidores,
como el de Zaragoza Juan Alberto Belloch; el presidente de la ciudad
autónoma de Melilla, Juan José Imbroda; el de Toledo, Emiliano
García-Page; el de Teruel, Manuel Blasco; la alcaldesa de Cáceres, María
Elena Nevado del Campo o el de Guadalajara, Antonio Román.
"Si
en un tiempo prudencial no obtuviera respuesta, acudiré al romano
Pontífice y a la Curia Romana, como órgano colegiado", advierte el
abogado respecto a los obispos, para añadir que la Conferencia Episcopal
no tiene competencia sobre este asunto en aplicación de los cánones del
Código de Derecho Canónico.
Ranz denunció inicialmente en los
tribunales el pasado 11 de febrero, coincidiendo con el aniversario de
la proclamación de la Primera República, a 38 alcaldes por un supuesto
delito de desobediencia del artículo 410 del Código Penal. Este delito
lleva aparejado una multa de tres a doce meses y una pena de
inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis
meses a dos años. De forma subsidiaria, calificaba los hechos como una
falta contra el orden público del precepto 634, que prevé el pago de una
multa.
El letrado recordaba que el artículo 15 de Ley de Memoria
Histórica obliga a las Administraciones Públicas a tomar las medidas
oportunas para retirar los escudos, las insignias, las placas y otros
objetos o menciones conmemorativas de la "exaltación, personal o
colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la
represión de la dictadura".