Cuando estudiaba
Periodismo en la Complutense, en mis felices años setenta, asistía
todas las semanas a una tertulia esotérica dirigida por Enrique
de Vicente que se celebraba en una cafetería, “La
Mandrágora”, que estaba en la calle Cava Alta, cerca del
Mercado de la Cebada, en la que se hablaba de ovnis y de otros
misterios, que entonces eran un gran tabú, pero que eran fascinantes
para los jóvenes.
También en aquella época asistía a otra tertulia existencialista
dirigida por los profesores Agustín García Calvo y Fernando
Savater, y a otra tertulia del famoso contactado Fernando
Sesma Manzano que se celebraba en el café Lyon de la
calle Alcalá. ¡Qué años tan felices!
Por otro lado fui compañero de clase en la Autónoma de Cantoblanco
de la entonces Princesa Sofía de Grecia, en un Seminario de
Humanidades Contemporáneas, y un día me saludó personalmente lo
que me emocionó mucho, así como fui discípulo del excelente
profesor de Yoga Ramiro Calle, con quien nunca pude hacer
amistad, porque era muy introvertido y reservado. El Yoga no tiene
nada de satánico, porque ayuda a conectarnos con la Fuente
cuando calmamos la mente.
También viajaba con frecuencia al Aeropuerto de Barajas, con mi
amigo del alma Vicente Guzmán, que tenía coche, para
observar el despegue y el aterrizaje de aviones, imaginando viajes
a las estrellas, después de haber leído los libros de Erik
Von Daniken.- Dios me ha regalado el don de la escritura, que me
permite sincerarme con todo el que me lea.
En aquellos años revueltos de la transición democrática yo no
viví una revolución política, sino una revolución interna que
me cambió la vida y me ayudó a encontrarme a mi mismo, a comprender
para qué había nacido y que pintaba yo en este mundo tan jodido. Un
día en la calle Cea Bermúdez experimenté una iluminación
profunda, una ‘epifanía’ o una “experiencia cumbre” como lo
llama el psicólogo Abraham Maslow, cuando miré a los ojos amorosos
de un bendito perro, que me dejó varios días llorando, y desde
entonces no he vuelto a ser el mismo.
Pues bien, un día en La Mandrágora se presentó el célebre
toledano Javier Ruiz de la Puerta (luego conocí a su hermano
Fernando) para hablar de la Cueva de Hércules, e
inmediatamente quedé fascinado por un tema que, más que curiosidad,
me infundía respeto y veneración, porque intuía que allí
había algo grande, muy grande, un “misteriun tremens”.
Incluso visité el lugar en sueños y quedé muy impresionado.
En aquella época no tuve la suerte de conocer personalmente a
Alberto Canosa, pero me hablaron muy bien de él. Cuando lo vi
por primera vez en Youtube, lo sentí de la familia, como si lo
conociera de toda la vida, igual que me pasó con Virtu Pontes
y con Santi Prado.
Cuando me enteré de la misión del señor Canosa, tan
importante y trascendental para la humanidad, de su censura
informativa permanente, y de todas las injusticias que había
sufrido cuando le robaron sus descubrimientos, fue creciendo
mi indignación, máxime como periodista para quien la libertad de
expresión es lo máximo, el más sagrado de los derechos.
LEYES VIGENTES
No viene mal recordar que el Artículo 20 de la Constitución
Española reconoce el derecho “A expresar y difundir libremente
los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o
cualquier otro medio de reproducción” y “A comunicar o
recibir libremente información veraz por cualquier medio de
difusión.”
Además
“El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante
ningún tipo de censura previa,” y “Sólo podrá acordarse
el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de
información en virtud de una resolución judicial.”
Además la Constitución Española establece medidas de protección:
-
Cualquier ciudadano puede recabar la tutela de los derechos
recogidos en el artículo 20 de la Constitución española, ante los
Tribunales ordinarios, por un procedimiento basado en los principios
de preferencia y sumariedad (art. 53.2 de la Constitución
Española).
-
Cualquier ciudadano puede acudir, tras el cumplimiento de los
requisitos y tramitaciones establecidas para ello, al recurso de
amparo ante el Tribunal Constitucional para la protección de
los derechos recogidos en el artículo 20 de la Constitución (art.
53.2 y art. 161.1.b de la Constitución Española).
Actualmente en España, se causó un gran revuelo con la conocida
como “ley mordaza”, basada en la limitación del derecho a
la libertad de expresión que, a mi juicio, supone una violación
flagrante de todos los derechos internacionales.
Pero la raíz de todo esto está en la Declaración Universal de
Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que tuvo su origen en la
revolución francesa. La libertad de información es parte integral
del derecho fundamental de la libertad de expresión, como se
reconoce en la resolución 59 (I) de la Asamblea General aprobada en
1.946, así como en el artículo 19 de la Declaración Universal de
Derechos Humanos (1948), en que se afirma que el derecho
fundamental a la libertad de expresión incluye la libertad «de
investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas,
sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión».
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento que
marca un hito en la historia de los derechos humanos. Elaborada por
representantes de todas las regiones del mundo con diferentes
antecedentes jurídicos y culturales, la Declaración fue proclamada
por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de
diciembre de 1.948 en su Resolución 217 A (III), como un ideal común
para todos los pueblos y naciones. La Declaración establece, por
primera vez, los derechos humanos fundamentales que deben
protegerse en el mundo entero y ha sido traducida en más de
quinientos idiomas.
Así el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos
Humanos, estipula: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de
opinión y expresión; este derecho incluye el no ser molestado a
causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones
y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por
cualquier medio de expresión.”
Por su parte, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
en su artículo 19 dispone:
-
Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones
-
Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho
comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e
ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea
oralmente, por escrito o en forma impresa, artística, o por
cualquier otro procedimiento de su elección.
Por otro lado El mandato de la UNESCO establecido en su Constitución
de 1.945 insta específicamente a la Organización a "facilitar
la libre circulación de las ideas por medio de la palabra y de la
imagen".
Además, la pertinencia de la libertad de información también se ha
puesto de relieve en la Declaración de Brisbane sobre libertad de
información: el derecho a saber (2.010), la Declaración de
Maputo: Promover la libertad de expresión, el acceso a la
información y la emancipación de las personas (2.008) y la
Declaración de Dakar sobre medios de comunicación y buena
gobernanza (2.005), todas ellas dimanantes de las conmemoraciones
anuales de la UNESCO del Día Mundial de la Libertad de Prensa.
Todos estos derechos y muchos más se están violando flagrantemente
en la persona del investigador hispano-alemán Alberto Canosa, porque
hasta el más humilde de los seres humanos tiene derecho a
expresar su opinión en los medios de difusión masiva, y no ha
nacido nadie que tenga derecho a impedirlo. No es nada malo que haya
opiniones diferentes, sino una riqueza cultural. Pero todos prefieren
callar y mirar para otro lado. ¿Hay alguien que lo entienda?
(*) Periodista