murciaconfidencial@gmail.com / "La verdad se corrompe tanto con la mentira como con el silencio" (Cicerón) "Toda verdad pasa por tres fases: primero, es ridiculizada. Segundo, se le oponen violentamente. Y tercero, es aceptada como auto-evidente." (Schopenhauer) * Newsletter de opinión e influencia, sin ánimo de lucro ni subvencionado con dinero público o privado, fundado en enero del año 1984 por Francisco Poveda, periodista profesional licenciado en la UCM desde 1976.
lunes, 27 de noviembre de 2023
miércoles, 22 de noviembre de 2023
El Tribunal de Cuentas concluye que el Ayuntamiento del Puerto no incurrió en "responsabilidad contable" en el 'caso Auditorio'
Del examen de toda la documentación incorporada a las actuaciones previas, el Tribunal de Cuentas ha concluido que los hechos mencionados "no reúnen los requisitos" establecidos en la Ley para "generar responsabilidad contable por alcance".
Todo ello, tal y como puntualiza el Tribunal de Cuentas, "sin perjuicio de lo que en la fase jurisdiccional posterior pueda declarar la consejera de Cuentas del Departamento Primero de la Sección de Enjuiciamiento a quien por turno de reparto ha correspondido el conocimiento de los hechos objeto de estas actuaciones".
En este sentido, el Ayuntamiento ha celebrado que el Tribunal de Cuentas ha archivado la denuncia contra la gestión de la subvención por parte del Consistorio en el marco del 'caso Auditorio', según han informado fuentes municipales en un comunicado.
El acta de liquidación "demuestra que el Consistorio invirtió todo el dinero de la subvención en la construcción del Teatro Auditorio", tal y como añade el Ayuntamiento.
Tras la documentación contable presentada ante este Tribunal por dudas sobre la subvención y su ejecución, "se ha justificado y demostrado que el 100 por ciento del dinero se invirtió en la obra", según las mismas fuentes municipales.
"Es decir, el máximo órgano de fiscalización de la aplicación del presupuesto y dinero público en España confirma que la subvención se invirtió correctamente y que se realizó una actuación económicamente irreprochable", tal y como ha subrayado el Consistorio.
En este sentido, el Ayuntamiento ha recordado que, "como en tantas ocasiones, se hicieron más unidades de obra de las que estaban previstas". Por este motivo "se llevaron a cabo modificaciones, por lo que se hacía necesaria una segunda fase".
"Nos da mucha tranquilidad que un órgano tan importante en el Estado como el Tribunal de Cuentas confirme que la gestión económica se hizo conforme a la ley y que no encuentra ninguna responsabilidad contable que afecte a los gestores de las cuentas públicas municipales", ha celebrado el Consistorio.
El Ayuntamiento de Puerto Lumbreras ha anunciado que, a partir de ahora, va a seguir trabajando porque "esa importante infraestructura cultural se concluya la segunda fase, y se ponga a disposición de los lumbrerenses y de las actividades culturales y turísticas que puede acoger".
"Esta es una construcción que puede ayudar a la economía y a la vida cultural y turística del municipio", ha concluido.
domingo, 19 de noviembre de 2023
Bayer es condenada a pagar 1.560 millones de dólares en el último juicio en Estados Unidos por el herbicida Roundup
El jurado del condado de Cole, en Missuri, dictaminó este viernes que la empresa Monsanto, perteneciente a Bayer, era responsable de las demandas por negligencia, defectos de diseño y por no advertir a los demandantes de los peligros potenciales del uso de Roundup, según documentos judiciales.
Valorie Gunther, de Nueva York, Jimmy Draeger, de Missuri, y Daniel Anderson, de California, fueron indemnizados con 61,1 millones de dólares en daños compensatorios y 500 millones de dólares cada uno en daños punitivos.
A cada uno de ellos se le diagnosticó un linfoma no Hodgkin que, según alegaron, fue causado por el uso de Roundup en su propiedad familiar. Brenda, la esposa de Draeger, fue indemnizada con 100.000 dólares por los daños que supuestamente sufrió a causa de la enfermedad de su marido.
La indemnización punitiva podría reducirse en apelación, ya que excede las directrices de la Corte Suprema de Estados Unidos.
Bayer ha afirmado que décadas de estudios han demostrado que el Roundup y su ingrediente activo, el glifosato, son seguros para el uso humano.sábado, 18 de noviembre de 2023
El Ayuntamiento de Murcia dice seguirá actuando con "transparencia y contundencia" en relación al incendio de Atalayas
Y es que, según la comunicación del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia publicada en el día de hoy, el Juzgado encargado de la investigación ha dictado resolución rechazando la petición de una de las acusaciones de abrir una pieza separada contra el Ayuntamiento de Murcia por un supuesto delito de prevaricación administrativa por omisión contra responsables públicos y/o funcionarios municipales.
Según este mismo auto, el Ayuntamiento de Murcia ha aportado al grupo de homicidios de la Policía, y este al juzgado, extensa documentación referida a la situación urbanística y administrativa de las discotecas. El auto rechaza la petición de una de las partes de registrar el Ayuntamiento, señalando que "no hay indicios de manipulación o alteración" de pruebas.
En relación a las supuestas irregularidades administrativas de la discoteca donde ocurrieron los hechos, la titular del Juzgado nº 3 aclara que "esas conductas (por demostrar) podrían ser perfectamente cuestionables en el ámbito contencioso- administrativo sin que, de los datos aportados hasta la fecha, se atisbe mínimas sospechas razonables de que, las acciones de los responsables del Ayuntamiento de Murcia -a individualizar- entren indiciariamente en el ámbito penal".
"El Ayuntamiento de Murcia seguirá facilitando toda la información que se le requiera, tal y como se ha venido haciendo desde el día de los hechos, actuando con contundencia y total transparencia tanto ante los tribunales como ante la sociedad", han señalado.
La jueza instructora del incendio de Atalayas descarta abrir una pieza separada contra el Ayuntamiento
La magistrada aclara que en las actuaciones se investiga el incendio que tuvo lugar el pasado 1 de octubre de 2023, sobre las 6.00 horas, en las discotecas Teatre y Fonda Milagros de Murcia con el resultado de trece personas fallecidas.
Y que, en un principio, las diligencias previas se
han incoado por la presunta comisión de trece delitos de homicidio por
imprudencia grave, "a resultas de lo que vaya aportando la investigación
policial y judicial", según informaron fuentes del Tribunal Superior de
Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) en un comunicado.
Así, en un auto notificado este viernes, tras un primer análisis de los
atestados facilitados hasta la fecha por la fuerza policial, la juez
concluye que "nos hallamos ante un suceso complejo que no obedece
indiciariamente a una sola causa, sino a diversas".
Entre
ellas, según se detalla en la resolución, el grupo de homicidios de la
Policía Judicial apunta a que el incendio se inició en Teatre "por el
uso indebido de una máquina de fuego frío o chispas", que de ahí se
propagó por el techo a la discoteca colindante, la Fonda Milagros, sin
que hubiera "indiciariamente un plan coordinado de emergencia y
evacuación", lo que provocó que se "retrasase la evacuación", con el
resultado de trece personas fallecidas en este local, "a las que no les
dio tiempo a salir".
Además, del posible incumplimiento de
determinadas medidas de seguridad recogidas en el plan de emergencia por
parte de los responsables de ambos locales, entre las que se citan,
siempre de forma indiciaria: defectos en el cuadro eléctrico, ausencia
de extractores de humo, inexistencia de sistemas de alarma o sirenas de
emergencia, así como suficientes salidas de emergencia libres, entre
otras.
Insistiendo en que las
actuaciones "se hallan en un estadio probatorio inferior a los indicios"
la instructora explica que "hasta ahora, la investigación policial
apunta a que existen sospechas fundadas delictivas contra los
propietarios de la máquina de fuego frío y de los
administradores/encargados de las discotecas donde se produce la
tragedia" por una supuesta actuación negligente compartida. Diligencia
de cuyo resultando está a la espera el juzgado.
Por otro lado,
la magistrada explica que, "respecto de los funcionarios
--indeterminados-- del Ayuntamiento de Murcia, no existen esas mínimas
sospechas que justifique la apertura de la pieza separada interesada por
presunto delito de prevaricación administrativa, habiendo hasta la
fecha más que conjeturas de que la no ejecución de la orden de cese
contribuyó al resultado mortal".
El Ayuntamiento de Murcia ha
aportado al grupo de homicidios y este al juzgado extensa documentación
referida a la situación urbanística y administrativa de las discotecas,
"que pende ser analizada, en especial pericialmente, a los efectos de
determinar si concurren sospechas fundadas de que las posibles
deficiencias e irregularidades administrativas y urbanísticas tuvieron
que ver con el resultado mortal", subraya la instructora.
Reconociendo una irregularidad en la situación administrativa de las
discotecas donde ocurrieron los hechos, así como en la gestión
administrativa de la orden de cese, la juez aclara que "esas conductas
(por demostrar) podrían ser perfectamente cuestionables en el ámbito
contencioso-administrativo sin que, de los datos aportados hasta la
fecha, se atisbe mínimas sospechas razonables de que, las acciones de
los responsables del Ayuntamiento de Murcia --a individualizar-- entren
indiciariamente en el ámbito penal".
Tras citar la
jurisprudencia del Tribunal Supremo ilustrativa de los elementos que
deben concurrir en el delito de prevaricación, la instructora recuerda
que "es preciso distinguir entre las ilegalidades administrativas,
aunque sean tan graves como para provocar la nulidad de pleno derecho, y
las que, trascendiendo el ámbito administrativo, suponen la comisión de
un delito".
En suma, concluye "de lo actuado hasta la fecha,
la situación administrativa de la discoteca Teatre y Fonda Milagros, sea
o no ajustada a la normativa, no puede relacionarse sin más con el
resultado mortal producido, sino solo remotamente por cuanto lógicamente
si los edificios no hubieran estado abiertos y en uso, no se hubiera
producido el evento 'We are remember' donde se produce el resto de los
incidentes".
En consecuencia, por ahora, y "sin perjuicio de
lo que resulte del estudio judicial y pericial de la situación
administrativa de la discoteca Teatre y Fonda Milagros, no se estima
conforme a derecho incoar pieza separada por presunto delito de
prevaricación administrativa contra los responsables del Ayuntamiento de
Murcia, pues hasta la fecha solo obran conjeturas y sospechas genéricas
que no justifican la incoación de proceso penal".
Aunque, añade, "nada
obsta para que, de surgir nuevos y relevantes datos, se abra".
Respecto a la petición de la acusación particular de la entrada y
registro en las dependencias municipales para recabar toda la
documentación relativa al expediente administrativo, la resolución
responde que no es necesaria por cuanto existen "vías eficaces menos
gravosas para la comprobación del delito", en este caso, "requerir a la
Administración, no habiendo indicios de manipulación o alteración
conforme se iban uniendo en las actuaciones policiales".
Así,
se explica que el Ayuntamiento de Murcia, "tan pronto fue requerido por
policía judicial, fue facilitando desde el primer momento todos los
expedientes administrativos habidos para con la discoteca Teatre y
demás, aportando a policía documentos físicos y digitales, que consta
agrupados en el último atestado obrante en autos".
Por último,
en cuanto a la posibilidad de fijar una pensión provisional a los
perjudicados por los fallecimientos, la juez subraya que la norma exige
para ello que la responsabilidad civil del posible causante de los daños
estuviera cubierta por un seguro obligatorio y que en las actuaciones
"no consta" que el seguro "tuviera el carácter de obligatorio".
jueves, 16 de noviembre de 2023
La juez deniega la personación del Ayuntamiento de Murcia en las diligencias por el incendio de Atalayas
En el caso de la corporación municipal, la magistrada entiende que la personación no puede serle reconocida, ni en relación con el bien jurídico protegido por los delitos objeto de investigación (trece delitos de homicidio por imprudencia), ni en su condición de persona jurídica pública, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) en un comunicado.
Y es que, tras analizar la doctrina mantenida por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo (aparte de por distintas Audiencias Provinciales), "solo se admite la personación como acusación popular de las administraciones públicas siempre que exista una habilitación expresa de tal legitimación por disposición legal, sin que se acepte una mera conexión entre el delito y el ejercicio de competencias atribuidas al ente público".
Y, añade, que "en modo alguno puede reconocerse al Ayuntamiento de Murcia su condición de víctima" y "ni tan siquiera el más daño reputacional corporativo, pues nos encontramos ante delitos en los que los perjudicados están identificados (delitos en los que el bien jurídico protegido es la integridad corporal), contándose ya con la presencia del Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés tutelado por la ley, y las acusaciones particulares (familiares de las víctimas) que defiende los intereses particulares de los perjudicados".
Respecto a la solicitud de personación de UGT, el Sindicato Manos Limpias y UCE, la juez advierte, en este momento procesal, una falta de la oportuna legitimación, "no desprendiéndose por ahora vinculación alguna entre la entidad solicitante y los hechos objeto de investigación, en cuanto cuales sean sus concretos fines para con el objeto del proceso". Personaciones a las que, en todos los casos, se ha opuesto el Ministerio Fiscal.
Los autos no son firmes, son susceptibles de recurso de reforma y apelación, según las mismas fuentes.
En la causa sí están personados ya familiares de cinco de los fallecidos en el incendio, una vez han presentado la documentación que se les requirió para subsanar las solicitudes realizadas. Trámite en el que se encuentran aún otras familias.
Por otro lado, la juez ha autorizado a los propietarios de locales donde estaban ubicadas las discotecas Teatre y Fonda Milagros para que procedan a su demolición, no obstante, establece que ésta ha de hacerse en presencia de Policía Judicial "en aras a aclarar extremos referidos a la instalación eléctrica".
Contesta así a la solicitud hecha al juzgado, tras la declaración de ruina inminente de los mismos y la orden de demolición municipal.
miércoles, 15 de noviembre de 2023
La red regional de CAVI atiende este año a 7.130 mujeres supuestas víctimas todas de violencia de género
Así lo expuso la consejera de Política Social, Familias e Igualdad, Conchita Ruiz, este miércoles durante la presentación de la programación organizada con motivo del Día internacional de la Eliminación de la Violencia de Género, y detalló que «el número de actuaciones se ha incrementado un 10 por ciento respecto al año anterior, con la atención a 155 mujeres mayores de 16 años, 2.900 nuevas usuarias y 4.230 casos de seguimiento de años anteriores».
Resaltó que las cifras del CAVI arrojan un total de 35.436 intervenciones y que el servicio de atención psicológica a menores expuestos a violencia de género (SAPMEX) ha atendido hasta la fecha a 848 menores. Este 2023, una mujer ha sido asesinada por violencia de género en la Región de Murcia.
«Desde el Gobierno regional continuamos incrementando los esfuerzos para erradicar la violencia de género y para que las mujeres no sientan miedo de dar un paso al frente y denunciar ante cualquier situación de maltrato. Deben saber que no están solas y que, desde la Comunidad, les ofrecemos todo el apoyo necesario para romper ese vínculo de dependencia con su agresor», enfatizó la consejera.
La inversión regional para prevención y atención a víctimas de violencia de género y sexual supera los ocho millones de euros. Una partida que se incrementa año tras año para ampliar la protección a las mujeres y menores que sufren maltrato con la creación de alojamientos seguros y acompañamiento asistencial.
La Región dispone actualmente de 15 casas de acogida donde este año se ha atendido a un total de 68 mujeres con 57 menores a cargo, un Centro de Emergencia que ha dado servicio a 232 mujeres y a 158 menores y, próximamente, junto a Madrid, Asturias y Cantabria, la Región se convertirá en la única comunidad que dispondrá de un Centro de Crisis para atender a víctimas de violencia sexual las 24 horas del día, los 365 días del año.
La consejera recordó que, en los últimos tres años, también se ha aumentado en un 20 por ciento el número de plazas de acogida destinadas a víctimas de violencia de género y sexual, que alcanza en la actualidad cerca de un centenar de plazas de alojamiento inmediato de corta y media estancia.
sábado, 11 de noviembre de 2023
Abogados de familiares de fallecidos en incendio discotecas de Atalayas denuncian no tener acceso al sumario
Así lo han manifestado hoy los abogados Pedro López Graña y José Manuel Muñoz Ortín quienes, a pesar de estar personados en el procedimiento judicial abierto el 3 de octubre y que investiga 13 posibles homicidios imprudentes, no han tenido acceso todavía al sumario del caso.
Ante esa situación, López Graña, que representa a los familiares de dos de los fallecidos, ha formulado una queja ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ) por lo que considera un “retraso injustificado” en el acceso a la información judicial de los interesados, que están viendo sin embargo como los medios de comunicación están comenzando a filtrar datos de ese sumario.
El letrado ha explicado que las familias se sienten “maltratadas” ante estas circunstancias, que podrían constituir una “dilación indebida” del procedimiento por parte del juzgado instructor.
En su opinión, este retraso en el acceso al sumario “ni es ni habitual ni razonable”, dado que rompe con el “principio de igualdad” entre las partes personadas, lo que ha tachado de “indignante”.
López Graña ha especificado que sus representados se personaron por primera vez en el procedimiento el 4 de octubre, y volvieron a hacerlo los días 11 y 16 de octubre, mientras que el 3 de noviembre acreditaron los vínculos familiares con las víctimas, tal y como les había solicitado el juzgado, que ni siquiera notificó ese día el levantamiento del sumario, pese a que sí se informó del mismo a los medios de comunicación.
Tampoco Muñoz Ortín, que representa a los familiares de otros dos fallecidos en el incendio, ha tenido acceso al procedimiento judicial, según ha confirmado hoy y, en su opinión, ello se debe a la carencia de medios materiales del juzgado de instrucción, que debería haber recibido un refuerzo ante la asunción de una causa tan compleja como esta.
En otros casos de gran complejidad, ha lamentado, el TSJ sí ha autorizado ese tipo de refuerzos, por lo que el abogado está estudiando solicitarlo formalmente.
El abogado ha manifestado también sus discrepancias con la manera en que se está llevando a cabo la instrucción, ya que en su opinión, no se está investigando en profundidad las posibles responsabilidades de la administración local, que no ejecutó la orden de cese de actividad que tenían las discotecas siniestradas.
Por ello, Muñoz Ortín ha presentado una petición al juzgado de instrucción para que tome declaración como investigados al actual concejal de Urbanismo, Antonio Navarro (PP), y a su antecesor, Andrés Guerrero (PSOE), ya que ambos tuvieron esas competencias durante el tiempo en que se abrió un expediente contra una de las discotecas siniestradas, Teatre.
También solicita la declaración como investigados de los funcionarios municipales que han sido apartados de sus funciones por su posible responsabilidad en la tramitación de ese expediente, así como la del alcalde de Murcia, José Ballesta, en este caso, en calidad de testigo.
viernes, 3 de noviembre de 2023
La jueza levanta el secreto de las actuaciones abiertas por la muerte de 13 personas en el incendio de Atalayas
En su día, recuerda la resolución, se decretó el secreto de las actuaciones para que la Unidad de Policía Judicial actuante "pudiera desarrollar acciones pertinentes en aras a investigar cual fue la causa del incendio en el que consta que fallecieron trece personas, así como los posibles responsables", según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) en un comunicado.
Si bien, al principio el secreto de las actuaciones se acordó "para evitar obstaculizar la investigación", explica la juez, "dada la complejidad del siniestro en que tuvieron lugar los referidos presuntos delitos", actualmente, "no se estima justificado suficientemente la necesidad de prorrogar el secreto de las actuaciones".
Y ello, según se detalla en el auto, "habida cuenta, de que obra que policía ya ha recabado datos objetivos tras inspeccionar los inmuebles donde tuvo lugar el incendio, ha obtenido información sobre la identidad de las personas responsables de los locales, ha tomado declaración a diversos testigos, y solo penden diversas diligencias complementarias de naturaleza jurídica para que la Unidad policial actuante-Grupo de Homicidios pueda llegar a la conclusión de sus investigaciones".
Por otro, lado la magistrada, por sendos autos, susceptibles de recurso, ha denegado la solicitud de personación en las actuaciones de la asociación de empresas de ocio nocturno Spain Nightlife y Podemos.
lunes, 23 de octubre de 2023
El TSJMU obliga a ESAMUR a facilitar información sobre la desaladora de Escombreras para que no se zafe
El interesado solicitó información sobre las actuaciones administrativas llevadas a cabo para la ejecución del acuerdo de Consejo de Gobierno de la Comunidad de fecha 5 de diciembre de 2016 sobre la extinción de DESAU mediante la cesión global de activo y pasivo a ESAMUR; los negocios jurídicos ejecutados desde la Comunidad Autónoma en relación a los contratos de aprovisionamiento de agua procedente de la desaladora de Escombreras entre el extinto Ente Público del Agua (EPA) y 26 ayuntamientos de la Región; así como cualquier información en relación a actuaciones previstas en el futuro sobre la gestión de DESAU, usos ajenos a la conducción de agua y entidades con qué se tienen concertados, y reuniones mantenidas en relación a la desaladora por los altos cargos.
Según ha informado este lunes el TSJ, la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente remitió a ESAMUR la solicitud, aunque esta empresa no dictó resolución alguna, motivo por el que el solicitante formuló reclamación.
Es en ese expediente, por vía de alegaciones, cuando ESAMUR ofrece datos sobre lo solicitado inicialmente, según detalla la sentencia. Sin embargo, la Sala considera, coincidiendo con el razonamiento de CTRM, que la respuesta “es claramente insuficiente”.
Subrayan las magistradas que ESAMUR es una entidad regional de derecho público y que DESAU tiene carácter de sociedad mercantil regional, participada íntegramente por capital público, por tanto, “ESAMUR no puede desconocer cuáles son las actuaciones que se han llevado a cabo para la extinción de DESAU”.
Recuerdan, también, que dicha entidad asumió las competencias del EPA en materia de gestión, producción y explotación de recursos hídricos destinados al abastecimiento de agua en la Región de Murcia y obtenidos por el procedimiento de la desalación de aguas marinas; y que, “precisamente por esta asunción de competencias, la Consejería remitió la solicitud de información del reclamante”.
Tampoco aceptan la alegación de ESAMUR de que la documentación o información solicitada puede vulnerar la garantía de confidencialidad en las relaciones con terceros, y en este sentido apuntan que “no parece, en principio, que haya terceros particulares que puedan verse perjudicados por la entrega de la información. De haberlo considerado en estos términos la demandante debió alegarlo, y esos terceros podían haberse personado en el procedimiento administrativo si así les interesaba”.
Añaden que la información o documentación que se pide no puede considerarse complementaria o auxiliar, sin más consideraciones, pues, como razona el acuerdo recurrido, al no proporcionarse la información se desconoce lo que pueda tener o no esa naturaleza.
No aprecian causa de inadmisión “pues las peticiones de información del codemandado no fueron abusivas ni repetitivas”. La solicitud estaba destinada a conocer determinados extremos relativos a la gestión de la desaladora de Escombreras, “cuestión de evidente interés”, detallan.
Y, por último, la Sala también considera insuficientes los datos que sobre usos del agua se proporcionan. La resolución impone la obligación de pagar las costas del proceso a la entidad pública actora, limitando el importe máximo a 2.000 euros, más IVA si procediere.
La sentencia es susceptible de recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, siempre y cuando el asunto presente interés casacional.
viernes, 20 de octubre de 2023
Un juez ordena una vista pública sobre las vacunas Covid 19, según el Código de Nuremberg
Es la mayor noticia del OIJ (Organismo de Investigación Judicial de Costa Rica) en la lucha contra los experimentos con falsas vacunas contra el Covid-19 hasta el momento. El mes pasado, el 13 de septiembre de 2023, el juez de apelación ordenó una fecha para una audiencia oral sobre un recurso de parte para suspender las vacunas.
Sólo tomó unos meses presentarlo ante el tribunal de apelaciones correspondiente luego de que se perdió en el sistema costarricense. La objeción tiene como objetivo retirar completamente del mercado la vacuna Covid-19.
Temían los interesados que la apelación fuera rechazada por problemas técnicos al cargar los documentos y la desaparición de los documentos de apelación (¿Cyber Polygon?). Así que tuvieron que llamar y pedir a los empleados que resolvieran el problema. Los empleados les dieron una dirección a la que enviar, así que imprimieron un montón de páginas y entregaron tarde la documentación.
Han pasado algunos meses y la semana pasada casi habían perdido la esperanza de que la apelación se hubiera perdido, pero esta semana apareció en su sistema en línea con una orden para que fuera autenticada por un abogado.
Eso hicimos y fue aprobado en lugar de rechazado
por llegar tarde. El tribunal no sólo admitió la objeción tardía, sino
que también ordenó una audiencia oral por iniciativa propia debido a la
importancia del caso. La audiencia se llevará a cabo el 9 de noviembre
de 2023.
Las decisiones y los hechos que se discutirán en los
tribunales sobre la ilegalidad de la vacuna no-vacuna Covid-19 afectarán
a todos los países y también a la FDA, la OMS, etc.
Descargar abajo la orden judicial para una audiencia pública de la OMS, la FDA y
CR sobre ensayos con seres humanos y violaciones del Código de Nuremberg
(en vigor en Costa Rica).
martes, 17 de octubre de 2023
Denuncian posibles irregularidades y filtraciones en las oposiciones de auxiliar administrativo de la CARM
A esta oposición para cubrir 111 plazas de auxiliar administrativo de la Región de Murcia, concurrieron unas 6.500 personas, de las que apenas 450 personas aprobaron. En ese grupo, aún un número más reducido, obtuvo una puntuación de 4 puntos sobre 6.
Éste fue uno de los hechos que llamó en primer lugar la atención de muchos de los interinos, sorprendidos por la dureza del examen que se encontraron.
Es el hecho de que algunas de las personas que obtuvieron las notas más altas trabajen casi "pared con pared" -según han explicado algunos de los denunciantes a Radio Murcia- con la presidenta del tribunal lo que les ha llevado a pedir su recusación.
Aseguran que es el primer paso antes de plantearse un contencioso administrativo con la Comunidad Autónoma.
domingo, 15 de octubre de 2023
Familiares de las víctimas de Atalayas se oponen a la personación del Ayuntamiento de Murcia: "No puede ser, es responsable de los hechos"
MURCIA.- Familiares de la tragedia de Atalayas se oponen a que el Ayuntamiento de Murcia se persone en la causa judicial que investiga los 13 fallecimientos que causó este incendio. Consideran que el Ayuntamiento es responsable de los hechos y no puede ser ni acusación particular ni popular, según Radio Murcia.
En el escrito remitido al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Murcia, que abrió un procedimiento penal para esclarecer la tragedia de las discotecas Teatre y Fonda Milagros, el abogado que representa a cuatro de esas 13 víctimas ha mostrado "su total oposición a la personación del Ayuntamiento de Murcia en las diligencias en la condición de acusación particular o popular, puesto que no puede ser parte de la acusación quien es responsable de los hechos".
Lo dice el escrito y lo ha explicado también a la Cadena SER este letrado, José Manuel Muñoz Ortín.
Apunta que "existen indicios claros y contundentes de la responsabilidad del Ayuntamiento en la comisión de los hechos". Esos indicios, dice el escrito "surgen desde el momento en que las autoridades municipales manifestaron que el local estaba funcionando sin licencia y que el Decreto de 10 de febrero de 2022 que ordenaba el cese de la actividad no se había ejecutado por el Servicio de Inspección de actividades, a pesar de existir una orden expresas de 11 de octubre".
Cree Muñoz Ortín que esto lleva no sólo a que se aclare lo ocurrido en Fonda Milagros y Teatre, sino también a que se abra "una investigación judicial e la corporación municipal al completo con la finalidad de determinar la causa por la que no se ejecutó la orden de cierre y precinto del local".
Dice la representación legal de las familias que "la participación del Ayuntamiento como acusación particular no sería una acusación más, sino que tendría graves perjuicios procesales".
La vicealcaldesa y portavoz municipal, Rebeca Pérez, ha manifestado “respeto” hacia la opinión manifestada por el abogado de varias de las víctimas, que considera que el Consistorio no debería personarse en el proceso, pero ha insistido en que la decisión se ha tomado “a instancias de los servicios jurídicos”, y será la jueza instructora del caso la que determine los “perfiles procesales” cuando llegue el momento.
martes, 10 de octubre de 2023
Las demandas por ruptura matrimonial caen un 12,3% en el segundo trimestre en la Región de Murcia
Esta reducción contrasta con la estabilización en el ámbito nacional respecto al volumen de demandas registradas, lo que puede explicarse, en parte, por la especial incidencia de la huelga de funcionarios de la Administración de Justicia en la Región durante este periodo, informa el Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) en un comunicado.
Entre el 1 de abril y el 30 de junio de este año se registraron disminuciones interanuales del 8% en la incoación de demandas de divorcio de mutuo acuerdo, con 396 demandas, y del 19% en los contenciosos, con 295 demandas. Sin embargo, las separaciones consensuadas, 17 en total, crecen un 13%, mientras que las 11 contenciosas suponen un 10% más.
En la relación entre las demandas de disolución matrimonial del total del año y la población a 1 de enero de 2023, el CGPJ apunta que la Región está entre las que registraron un menor número de demandas de disolución por cada 100.000 habitantes, por delante de Asturias, Cantabria, Castilla y León, País Vasco y Madrid, situándose todas ellas por debajo de la media nacional de 50,8.
También mostró una disminución del 20% interanual las demandas de modificación de medidas no consensuadas, tanto matrimoniales como no matrimoniales, con un total de 454. Por el contrario, las demandas de modificación de medidas consensuadas, de las que se han incoado 299, han crecido un 3,5%.
Vox rechaza la renuncia de la alcaldesa del PP en Puerto Lumbreras de ejercer acciones legales contra su antecesor
Desde el Grupo Municipal de Vox en el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, "rechazamos de forma contundente está actuación unilateral del Partido Popular, con la que no podemos estar de acuerdo. Entendiendo que tiene que ser el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Lorca, el que en el proceso correspondiente determine la existencia de ilícito penal y/o civil por el que se haya perjudicado al Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, además del daño a la imagen y reputación de nuestro municipio".
No entendemos la precipitación de la alcaldesa de Puerto Lumbreras de apartar a nuestro Consistorio de este proceso, al desistir del legítimo ejercicio de acciones civiles y penales en su caso, más aún si tenemos en cuenta que tal y como ha planteado la Fiscalía que, es necesario aclarar el destino de las subvenciones públicas por más de 600.000 euros que siendo alcalde Pedro Antonio Sánchez recibió el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras para la construcción de esos inmuebles dudando de la legalidad de los contratos de licitación y adjudicación de las obras".
"Parece que la Alcaldesa María Ángeles Túnez, ha querido utilizar las Fiestas Patronales de Puerto Lumbreras, como cortina de humo para tapar esta injustificada actuación que, no tiene el apoyo mayoritario de la mayoría de los representantes de los lumbrerenses en el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras".
La concejal por Vox en Puerto Lumbreras, Jerónima María Reinaldos, que tiene las competencias de Comercio, Seguridad Ciudadana y Emergencias, Pedanías y Desarrollo Económico, ha sido ajena a dichas declaraciones y afirma que "desmentimos la noticia, la decisión no está tomada y la estamos estudiando, toda vez que nuestros servicios jurídicos están trabajando en las posibles medidas"
jueves, 5 de octubre de 2023
El empresario jumillano José García Carrión investigado en la Audiencia Nacional por varios presuntos delitos
La empresa García-Carrión defiende la legalidad de sus actuaciones a la hora de comercializar sus vinos con la Denominación de Origen Valdepeñas.
La empresa de origen jumillano rechaza así los delitos por los que está siendo investigada en la Audiencia Nacional, que la acusa de comercializar como crianza, reserva y gran reserva unos caldos que, según se investiga, no cumplían los requisitos de elaboración, ni en periodo de envejecimiento ni en la permanencia en barrica de roble.
"García Carrión cuenta con la trazabilidad de todos sus vinos y con las auditorias legalmente exigibles y certificadas por organismos independientes que acreditan la correcta elaboración y comercialización de sus vinos bajo la Denominación de Origen Valdepeñas", asevera la empresa.
De hecho, la compañía vinícola afirma que fue ella quien denunció, junto con los agricultores, estos hechos que ahora investiga la Audiencia Nacional donde García Carrión aparece como investigada junto a la bodega Félix Solís.
En este sentido, la firma jumillana incide en que "lleva proponiendo desde hace más de cuatro años de manera reiterada medidas de transparencia para la Denominación de Origen Valdepeñas que los Tribunales de Justicia han respaldado e implantado", y cita tanto el auto del 19 de noviembre de 2020 del Juzgado de Primera Instancia de Valdepeñas como la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de fecha 17 de abril de 2023.
"García Carrión niega cualquier participación y responsabilidad en los hechos investigados", concluye.
Acusaciones por estafa y publicidad engañosa
Será el 4 de diciembre de este 2023 cuando José García Carrión tendrá que acudir a declarar en la Audiencia Nacional ante el juez José Luis Calama, que está investigando estos presuntos delitos de publicidad engañosa, estafa y falsedad documental.
Cabe recordar que fue en abril de 2021 cuando el magistrado admitió a trámite mediante un auto una denuncia presentada por la Fiscalía para investigar si las bodegas de la Denominación de Origen Protegida (DOP) de Valdepeñas Félix Solís, García Carrión, Bodegas Navarro López y Bodegas Fernando Castro -así como sus administradores- comercializaron como crianza, reserva y gran reserva vinos que "no cumplían los requisitos de elaboración, ni en periodo mínimo de envejecimiento, ni en la permanencia en barrica de roble ni en botella".
Desde entonces, apunta el juez, ha recibido informes policiales, documentación de las mercantiles investigadas y de otras entidades e instituciones.
El juez señala que, al igual que con el anterior grupo de investigados, la documentación presentada, así como obtenida a través del Consejo Regulador, de la entidad certificadora Liec Agroalimentaria y de trece mercantiles compradoras, "pone indiciariamente de manifiesto que García Carrión SA y Grupo Vinartis SA y José García Carrión también habrían comercializado vinos tintos de Denominación de Origen Valdepeñas sin cumplir con los requisitos de elaboración, ni en periodo mínimo de envejecimiento, ni en la permanencia en barrica de roble, ni en botella".
Apunta además que la comparación entre los datos de declaración de aptitud proporcionados por estos investigados y la cantidad de vino comercializado a trece sociedades del territorio nacional pone de manifiesto que, en relación con los caldos con mención gran reserva 2018, se habrían comercializado más litros de los declarados como aptos, existiendo una discrepancia de más de seis millones de litros entre los datos de declaración de aptitud del Consejo Regulador y los litros comercializados por la bodega en el periodo de 2017 a 2019.
En cuanto a su capacidad productiva, los datos evidencian, advierte el magistrado, un insuficiente número de barricas para el necesario envejecimiento del vino comercializado, "lo que constituye otro importante indicio de la comisión de los hechos imputados, ya se parta de los dispares datos facilitados por el consejo regulador, entidad certificadora, e investigados".
Una guerra entre dos familias
Primero acabó con el consejo regulador y luego con la Asociación Interprofesional que heredó sus funciones. Y ahora, el presunto fraude masivo en la venta de vino con Denominación de Origen de Valdepeñas, en Ciudad Real (Castilla-La Mancha), ha acabado con los máximos ejecutivos de Félix Solís y García Carrión citados a declarar en la Audiencia Nacional.
Un informe interno del consejo regulador calculaba ya en 2020 que había casi 14 millones de litros que se habían comercializado como crianzas o reservas en el mercado por parte de las distintas bodegas más de los que realmente se habían declarado. Estaban mal etiquetados y la calidad no se correspondía con la real. Era vino del año.
Pero, ¿cuál fue el origen del problema?, se pregunta elEconomista. Todo comenzó como una batalla entre las dos grandes familias del mundo del vino en Castilla-La Mancha: los García Carrión y los Solís.
Los primeros encabezados por José García Carrión y los segundos por Felíx Solís, ambos presidentes y propietarios con una presencia muy destacada en el sector pero con personalidades completamente contrapuestas, que suman continuas denuncias, demandas y querellas cruzadas entre si, acusándose de querer controlar tanto el consejo regulador, ya desaparecido, como a la propia denominación de origen, una de las mayores de toda España, que ha quedado ahora con la imagen muy deteriorada.
El grupo bodeguero García Carrión, muy conocido por ser el dueño de la marca Don Simón, fue el primero, junto a las organizaciones agrarias, en denunciar una situación de irregularidad y denunciar a su competidor, lo que hizo estallar por los aires al propio consejo regulador.
El problema es que la denuncia acabó volviéndose también en su contra. La Fiscalía de Ciudad Real dio traslado mediante un escrito a la Audiencia Nacional en el que se aseguraba que "durante la investigación preprocesal se ha podido acreditar que las irregularidades que se denuncian no sólo han podido ser cometidas por el operador directamente denunciado, D. Félix Solís o sus bodegas o empresas de comercialización" y que "los expedientes de investigación de la Consejería de Agricultura han puesto de relieve que se dan irregularidades en más bodegas".
El informe del consejo regulador, de hecho, así lo acreditaba. "Existen diferencias muy significativas que indican (...) que habría vinos que han salido al mercado, bajo las indicaciones crianza, reserva y gran reserva, que han sido declarados a la Denominación de Origen de Valdepeñas como vinos embotellados sin mención de envejecimiento".
Por tanto, decía el consejo, "cabe suponer que ha existido un incumplimiento de lo establecido en la Ley del Vino y en el pliego de condiciones de la DO Valdepeñas, sobre los periodos de envejecimiento".
Así, en abril de 2021 el juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama admitió a trámite la denuncia presentada por la Fiscalía y decidió investigar si las bodegas de la Denominación de Origen Protegida (DOP) de Valdepeñas Félix Solís, García Carrión, Bodegas Navarro López y Bodegas Fernando Castro -así como sus administradores- habían comercializado como crianza, reserva y gran reserva vinos que "no cumplían los requisitos de elaboración, ni en periodo mínimo deenvejecimiento, ni en la permanencia en barrica de roble ni en botella".
En definitiva, que como mucho eran vino joven o del año.
La implicación de la Junta
Calama tomará declaración este 23 noviembre al consejero de Agricultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Francisco Martínez Arroyo, como testigo. Además, según el auto se le pedirá que entregue "el expediente que se hubiera podido realizar en cuanto a la producción y elaboración de los vinos de la Denominación de Origen Valdepeñas en sus distintas categorías entre los años".
Un mes más tarde, el 4 y el 11 de diciembre, será el turno de José García Carrión y de Félix Solís.
La gravedad del caso acabó no solo con la propia liquidación del consejo regulador, sino también con su heredera, la Asociación Interprofesional. Los productores decidieron en 2021 abandonarla y su presidente, Carlos Nieto, mano derecha de Félix Solís, contra el que García Carrión se había querellado por manipulación de documentos. Aunque la DO Valdepeñas no desapareció quedó bajo el control de la consejería de Agricultura y, eso sí, herida de muerte.
Subvenciones bajo sospecha
Y por si fuera poco, todo ello salpica, además, al Gobierno autonómico. Y es que Félix Solís puso en marcha el mayor almacén de barricas del mundo con el apoyo financiero de la Junta de Castilla-La Mancha, a pesar de la investigación abierta contra la compañía.
Las obras fueron denunciadas por García Carrión ante el Ayuntamiento de Valdepeñas y la Consejería de Medio Ambiente de la región, "por no contar con el informe previo de evaluación ambiental, que es obligatorio conforme a la legislación autonómica y estatal en esta materia", aunque todo quedó finalmente archivado.
Las dos compañías, tanto García Carrión como Félix Solís, han emitido ahora sendos comunicados en los que muestran su disposición a colaborar en todo con la justicia, pero niegan las acusaciones.
Las empresas se defienden
García Carrión recuerda así que fue ella quien "denunció, junto con los agricultores, los hechos que investiga la Audiencia Nacional" e insiste en que "cuenta con la trazabilidad de todos sus vinos y con las auditorías legalmente exigibles y certificadas por organismos independientes que acreditan la correcta elaboración y comercialización de sus vinos bajo la DO Valdepeñas".
La compañía que preside José García Carrión insiste en que "desde hace más de cuatro años lleva proponiendo de manera reiterada para la Denominación de Origen medidas de transparencia que los tribunales han respaldado e implantado".
De hecho, un auto de 19 de noviembre de 2020 de un juzgado de primera instancia de Valdepeñas y una sentencia de 17 de abril de este año del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha le dieron la razón.
Félix Solís asegura, por su parte, que "como miembro de la DO Valdepeñas durante sus más de 70 años de historia, la empresa ha estado firmemente comprometida con el cumplimiento de los requisitos del pliego de condiciones de la denominación de origen, que garantizan la alta calidad y trazabilidad de nuestros vinos".
"Las supuestas
discordancias que se investigan entre las cantidades de vino
comercializadas entre 2017 y 2019 y lo reflejado en las declaraciones de
aptitud de dicho periodo, se justifican, entre otros motivos por no haber tenido existencias de vino en almacenes, extremo que será acreditado en este proceso de instrucción", concluye la bodega.
martes, 3 de octubre de 2023
El Fiscal Superior de Murcia afirma que las penas a los responsables del incendio podrían alcanzar los 9 años de cárcel
Los responsables se enfrentarían a penas de hasta cuatro años de cárcel, según ha explicado a La Opinión el fiscal superior de la Región, José Luis Díaz Manzanera.
Al haberse producido un elevado número de víctimas, la condena podría llegar incluso a los nueve años, aunque la legislación no concreta cuántas víctimas deben producirse para que se imponga esta pena máxima.
Las diligencias de la Fiscalía también se orientarán a averiguar si «ha habido omisión de medidas de prevención» destinadas a evitar el fuego. «Vamos a ver en qué queda todo. También podría haberse producido un cortocircuito que no estuviera provocado por una omisión», apuntó.
Díaz Manzanera recuerda que el Juzgado de Instrucción nº 7 de Murcia abrió diligencias este domingo para investigar lo ocurrido, aunque da por hecho que los resultados definitivos tardarán en conocerse. Señala que «son tres locales», dado que el fuego llegó a una tercera discoteca, además de devorar el techo y el interior de Teatre y Fonda Milagros, por lo que prevé que «va a ser pesado» llegar a las conclusiones definitivas.
De confirmarse que ha habido negligencia o falta de medidas de prevención, los responsables del delito de homicidio imprudente se enfrentan a penas de hasta cuatro años de cárcel, según recoge el artículo 142 del Código Penal.
El fiscal superior ha precisado que la legislación establece entre uno y cuatro años de prisión para los responsables de una actuación negligente que acaba provocando la muerte de una persona, pero no contempla una condena por cada una de las víctimas mortales, sino que fija la pena en función de los delitos más graves. No obstante, al tratarse de un caso en el que hay un elevado número de personas fallecidas, puede llegar a los nueve años, aclara Díaz Manzanera.
«En este caso se supone que la gravedad es la misma en los 13 fallecimientos», ha indicado.
Ha avanzado igualmente que cuando sea posible entrar en los locales incendiados «habrá que hacer un trabajo exhaustivo. Habrá que ir centímetro a centímetro, moviéndolo todo».
Además de los trabajos de reconocimiento que han realizado los bomberos rastreando por cuadrículas para poder detectar la presencia de posibles restos humanos bajo los escombros, en las pesquisas participan la Policía Judicial, Policía Científica, la Policía Local y los expertos en investigación de incendios e identificación de víctimas enviados por el Ministerio del Interior.
Paralelamente, deberán revisarse los expedientes administrativos para recabar toda la información posible sobre las autorizaciones de los establecimientos incendiados. Según las últimas informaciones municipales, Fonda Milagros y Teatre carecían de licencia y tenían una orden de cierre desde 2022.
La tercera vía de las diligencias deberá encaminarse hacia los testigos. La información aportada por las personas que se encontraban en los locales será vital para que los investigadores averigüen el punto en el se inició el fuego y las causas por las que se desencadenó.
Díaz Manzanera apuntó que las reclamaciones que presenten las familias también se incluirán en la causa penal. Solo si el proceso penal no establece responsabilidades, se abriría una causa civil en la que se tramitarían.
José Luis Díaz Manzanera confía en que las investigaciones sobre el
incendio de las discotecas de Las Atalayas que ha dejado 13 muertos
permitan descubrir a los responsables Espera que «no ocurra en
Murcia lo mismo "que pasó tras el siniestro de la sala Alcalá 20 de
Madrid, que únicamente dio lugar a una condena de dos años de cárcel
para uno de los implicados, a pesar de se registraron 81
muertos, mientras que en Zaragoza, con 43 fallecidos, «no se ha
establecido ninguna responsabilidad».
El Juzgado nº 3 incoa diligencias por 13 presuntos homicidios imprudentes tras el incendio en Murcia
La titular de este órgano será la que dirija la investigación para el esclarecimiento de los hechos y depuración, en su caso, de eventuales responsabilidades penales.
Las primeras diligencias fueron practicadas por el juzgado de Instrucción nº 7, en funciones de guardia, cuya comisión judicial desplazada procedió al levantamiento de los 13 cadáveres recuperados por los miembros del Cuerpo de Bomberos de Murcia de las instalaciones afectadas por el fuego, el mismo domingo.
Actualmente, se está a la espera de que se completen las labores de identificación, una vez concluida la autopsia por los médicos forenses del Instituto de Medicina Legal de la Región de Murcia, con el fin de informar al juzgado sobre las causas y circunstancias de las muertes.
El juzgado, además de los cuatro equipos médicos forenses destinados en los Institutos de Medicina Legal, cuenta para la obtención de estos resultados con la asistencia del Instituto Nacional de Toxicología Ciencias Forenses y la Comisaría General de Policía Científica.
Durante la jornada de ayer, los equipos médico-forenses completaban las autopsias, recabando los datos necesarios para la identificación y determinación de las causas y circunstancias de la muerte, y procedían a la obtención de muestras para la realización de análisis complementarios.
Esta labor comprende, además del examen externo, un estudio radiológico, con el fin de obtener datos identificativos, tales como malformaciones congénitas y o cualquier hallazgo que contribuya a establecer la causa de la muerte, y examen interno, si fuera necesario.
En este caso, también se tomaron muestras de sangre para determinar la posible existencia de tóxicos, como la carboxihemoglobina -un compuesto tóxico resultante de la unión de la hemoglobina con el monóxido de carbono- que impide el aporte de oxígeno a la célula.
Las muestras para la obtención de perfiles genéticos (ADN) fueron remitidas al Laboratorio de la Comisaria General ayer por la tarde por los miembros de la Policía Científica, junto a las recogidas de familiares y allegados, para su identificación. Labor para la que cuentan, si fuera necesario, con la asistencia del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
El presidente del TSJMU, Miguel Pasqual del Riquelme, quiso reconocer personalmente el esfuerzo realizado y la diligencia con la que están desarrollando su trabajo tanto los equipos forenses y psicólogos del IMLCF de Murcia y autoridades judiciales y funcionarios de los juzgados.
El Instituto de Medicina Legal contó con la colaboración del Servicio de Anotomía Patológica del Hospital Reina Sofía, que cedió parte de sus equipos e instalaciones, lo que agilizó mucho los trabajos, como explicaba su director, Juan Pedro Hernández del Rincón, agradeciendo su ayuda al equipo.
El juzgado de Instrucción nº 3, competente para la investigación, mantiene el secreto de sumario decretado de las diligencias abiertas para el esclarecimiento del siniestro. Y está a la espera de recibir la autopsia preliminar, una vez plenamente identificados los 13 fallecidos, para hacer su entrega a las familias y librar las licencias de enterramiento.
lunes, 2 de octubre de 2023
El juez decreta secreto de sumario en la investigación del incendio de Atalayas
Tras el aviso del incendio, la autoridad judicial se desplazó, junto con dos médicos-forenses del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Región de Murcia (IMLCF), al lugar del siniestro, donde se efectuaban por el Cuerpo de Bomberos de Murcia las labores de recuperación de restos humanos, enfriamiento y aseguramiento de las estructuras afectadas por el fuego.
La comisión judicial, formada por el magistrado, la letrada de la Administración de Justicia y las dos médicos forenses, procedía al levantamiento de cadáveres, junto al equipo de especialistas de la Policía Científica de la Policía Nacional, que iniciaban los trabajos para la posterior identificación.
Según explicó a última hora el magistrado de guardia, José Fernández Ayuso, estos equipos no darán por cerrada su actuación mientras las labores de desescombro y aseguramiento de los inmuebles afectados no permitan una completa inspección ocular técnico-policial de toda la superficie siniestrada.
Fernández Ayuso, es uno de los dos magistrados de la Región designados por el TSJMU como coordinador para emergencias y sucesos con múltiples víctimas.
Esta mañana, según informaron al juez instructor, cuatro
equipos médico-forenses de la Región de Murcia han comenzado, de forma
coordinada, las autopsias para la identificación de los restos humanos, tras el traslado de los cadáveres a la sede del IMLCF.
Hasta el momento, de los trece cuerpos recuperados, en cuatro casos se han podido cotejar huellas dactilares,
aunque, según explica el director del IMLCF, Juan Pedro Hernández del
Rincón, también se han obtenido muestras para realizar el análisis de
ADN, al igual que en los nueve casos restantes, para su remisión al
Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Hoy un equipo médico forense se ha
desplazado a la zona de asistencia, instalada en la Jefatura Superior de
Policía, para obtener muestras biológicas de familiares directos y/o
«ante mortem» de los fallecidos para el análisis de ADN. Junto a ellos
están dos psicólogas del IMLCF encargadas de atender a los familiares y
allegados de los desaparecidos.
La entrega de cadáveres a
familiares o personas allegadas se realizará cuando lo autorice la
autoridad judicial competente, una vez se reciba el informe preliminar
de autopsia en el juzgado y los cadáveres estén plenamente
identificados.
miércoles, 27 de septiembre de 2023
El Constitucional avala la reforma de la ley del Mar Menor que afectaba a los regadíos ilegales
La protección jurídica del Mar Menor, en la Región de Murcia, lleva varios años en manos de los tribunales y el Constitucional acaba de dar la razón al Ejecutivo regional frente al Gobierno central.
El pleno, según acaba de hacer público el tribunal de garantías, ha desestimado el recurso del Gobierno central contra la reforma que el Ejecutivo murciano puso en marcha para modificar la ley de recuperación del Mar Menor y, en su opinión, rebajar el nivel de protección en algunos aspectos clave como la restitución de explotaciones de regadío ilegales a su estado natural.
La ley de protección y recuperación del Mar Menor salió adelante a mediados de 2020 en la Asamblea regional con el apoyo de PSOE, PP y Ciudadanos. Una norma que, entre otras cosas, ampliaba a 1.500 metros la prohibición de utilizar fertilizantes químicos y obligaba a restituir regadíos ilegales.
En plena alarma por el deterioro del Mar Menor y los vertidos a la laguna, la nueva norma afectaba los regadíos ilegales que suponen el 20% del total de los cultivos de la zona: esos regadíos deben volver a secano o a “un estado natural compatible con el uso forestal” eliminando infraestructura de riego, cultivos e implantando masa forestales para retener nitratos.
La segunda reforma del Ejecutivo de la Región de Murcia llegó poco más de un año después. Una norma que, igualmente, reconocía la “situación crítica” del estado ecológico de la zona pero que, según el Gobierno central, reducía la protección otorgada al Mar Menor, sobre todo en materia de regadíos. Lo hacía porque, según el recurso, exigía la existencia de una actuación administrativa previa de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) de prohibir y sancionar el regadío para obligar a su restitución.
La agilización de “la tramitación de los expedientes de restitución de cultivos” -una de las herramientas fundamentales de la política autonómica de protección del Mar Menor frente al vertido de nutrientes de origen agrario- está supeditada a “la previa existencia de una resolución firme en vía administrativa” de la CHS, señala el Tribunal Constitucional.
Según el razonamiento de la demanda del Gobierno central las “vulneraciones” del Ejecutivo murciano “resultarían, en síntesis, del hecho de que la norma autonómica estaría atribuyendo a las decisiones adoptadas por un órgano del Estado –el organismo de cuenca– efectos adicionales a los previstos en la legislación estatal”, argumentos que han sido rechazados por este tribunal de garantías.
En lo que respecta “a los motivos de impugnación de carácter competencial”, el Tribunal ha decidido que, tal y como habían sido formulados, debían ser desestimados “por basarse sobre una lectura incorrecta y descontextualizada de los preceptos e incisos impugnados”.
Ahora el Constitucional avala esta segunda reforma del Ejecutivo de la Región. Los magistrados entienden que sí existía una “concreta coyuntura medioambiental que exige una rápida respuesta”, citando entre otras cosas los graves episodios de hipoxia de 2021. También descartan que la normativa invadiera competencias estatales.
“No afecta a las competencias estatales, sino que se limita a disciplinar la actuación administrativa de la propia comunidad autónoma”, dice el Constitucional.
Desde la 'sopa verde' -tal y como se denominó la proliferación de algas en la laguna que impedía ver a más de medio metro de distancia las aguas- en el verano de 2016, se han sucedido crisis muy graves en el Mar Menor, como las dos anoxias -falta de oxígeno en el agua- de 2019 y 2021, en las que toneladas de peces muertos aparecieron en la orilla durante varios días por dicha falta de oxígeno.
Este 'ecocidio', tal y como lo han descrito las organizaciones ecologistas, se debe en un 80%, según la mayor parte de los estudios científicos, a los nutrientes procedentes de la agricultura y la ganadería en el entorno de la laguna. Tanto el Gobierno nacional como el regional se han enfrentado durante estas crisis culpando al otro de la responsabilidad del estado de la laguna, aunque la mayoría de las competencias le corresponden al Gobierno regional.
Finalmente, la ley no ha cambiado y las competencias de Agricultura han recaído en la consejera del PP Sara Rubira, primera mujer en presidir una comunidad de regantes en la Región, mientras que el vicepresidente del Gobierno regional, José Ángel Antelo (Vox), también se ha quedado con las competencias de Ordenación del Territorio que pueden afectar al estado de la laguna.
Una victoria a manos de la sociedad fue la aprobación definitiva en septiembre del año pasado en el Senado de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que recogió más de 600.000 firmas para dotar de personalidad jurídica a la laguna, aunque todavía no se ha formado el Comité de Representantes contemplado en el artículo 3 de la citada ley debido a que el Consejo de Ministros no ha aprobado el reglamento que desarrolla esta norma.
La Oficina Técnica del Mar Menor, que nació de la colaboración de la CHS con la Dirección General del Agua que depende del Ministerio de Transición Ecológica, ha emitido recientemente un informe en el que se afirma que en 2022 entraron al Mar Menor 456 toneladas de nitratos directamente a través de las ramblas.
También entraron 18,5 toneladas de fosfatos, llegados a través de avenidas u originados por arrastres de tierras de cultivo o lavados de suelos en los que se encuentran elevadas concentraciones debido a los fertilizantes orgánicos, según este mismo informe.